Preaviso Y Calculo De Prestaciones Sociales
Enviado por paolasancheziuty • 12 de Junio de 2014 • 448 Palabras (2 Páginas) • 309 Visitas
Preaviso y Calculo de Prestaciones de Trabajo
Indice
1. Introducción
2. Preaviso
3. Calculo de prestaciones sociales.
4. Conclusión
1. Introducción
El informe correspondiente trata de dar información de manera muy resumida sobre el PREAVISO y los beneficios que tienen los trabajadores en una relación de trabajo; además el calculo de sus prestaciones sociales en caso de un despido injustificado .
Aquí se señalan algunos Artículos de la Ley Orgánica del Trabajo en la cual puede tener información mas profunda dependiendo de su caso.
2. Preaviso
Es el acto mediante el cual cualesquiera de las partes involucradas en una relación de trabajo por tiempo indeterminado, notifica a la otra su deseo de dar por finalizado el vinculo laboral.
La forma de dar el preaviso del patrono al trabajador debe ser por escrito explicando las causas, y no podrá después invocar otras causas. ART 105. (L.O.T).
• Preaviso Dado Por El Patrono
Cuando el patrono decide que finalice la relación de trabajo bien sea por tiempo indeterminado o por despido injustificado, éste tendrá un derecho a un preaviso según al período de trabajo que haya tenido. ART. 104 (L.O.T.).
PERÍODO DE TRABAJO LE CORRESPONDE:
1 MES 7 DIAS
6 MESES 15 DIAS
1 AÑO 30 DIAS
5 AÑOS 60 DIAS
10 AÑOS 90 DÍAS
• Preaviso Dado Por El Trabajador.
De la misma forma si el trabajador decide finalizar la relación de trabajo bien sea por tiempo indeterminado o por despido voluntario, éste deberá también dar un preaviso al patrono según sea su período de trabajo. ART. 107 (L.O.T.).
PERÍODO DE TRABAJO LE CORRESPONDE:
1 MES 7 DIAS
6 MESES 15 DIAS
1 AÑO 30 DIAS
• Omision legal del preaviso: indemnizacion sustitutiva.
El preaviso puede ser omitido por cuales quiera de las partes, para las cuales deberán cumplirse las siguientes normas:
a- Preaviso omitido por el patrono
"el preaviso previsto en el Artículo 104 (L.O.T.). puede omitirse pagando al trabajador una cantidad igual al salario del p
Leer Ensayo Completo Suscríbase
eriodo correspondiente" ART 106 (L.O.T.).
b- Preaviso omitido por el trabajador
"el trabajador deberá pagar al patrono como indemnización una cantidad equivalente al salario que le habría correspondido en el lapso del preaviso" ART 107 (L. O. T.).
• Despido o retiro justificado: indemnización por preaviso.
De acuerdo al Articulo
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