Principios De Contabilidad
Enviado por SACERDOTIZA • 10 de Julio de 2011 • 1.533 Palabras (7 Páginas) • 1.442 Visitas
3.2. Principios de Contabilidad Generalmente aceptados dentro de la
legislación colombiana
En este apartado presentamos los artículos del Decreto 2649 de 1993
(diciembre 29), por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se
expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en
Colombia referentes al los principios.
TÍTULO PRIMERO
Marco conceptual de la contabilidad
CAPÍTULO I
De los principios de contabilidad generalmente aceptados
Art. 1o. Definición. De conformidad con el Artículo 68 de la Ley 43 de 1990, se
entiende por principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en
Colombia, el conjunto de conceptos básicos y de reglas que deben ser
observados al registrar e informar contablemente sobre los asuntos y
actividades de personas naturales o jurídicas.
Apoyándose en ellos, la contabilidad permite identificar, medir, clasificar,
registrar, interpretar, analizar, evaluar e informar, las operaciones de un ente
económico, en forma clara, completa y fidedigna.
Art. 2o. Ámbito de aplicación. El presente decreto debe ser aplicado por todas
las personas que de acuerdo con la ley estén obligadas a llevar contabilidad.
Su aplicación es necesaria también para quienes sin estar obligados a llevar
contabilidad, pretendan hacerla valer como prueba.
CAPÍTULO II
Objetivos y cualidades de la información contable
Art. 3o. Objetivos básicos. La información contable debe servir
fundamentalmente para:
1. Conocer y demostrar los recursos controlados por un ente económico, las
obligaciones que tenga de transferir recursos a otros entes, los cambios que
hubieren experimentado tales recursos y el resultado obtenido en el período.
2. Predecir flujos de efectivo.
3. Apoyar a los administradores en la planeación, organización y dirección de
los negocios.
4. Tomar decisiones en materia de inversiones y crédito.
5. Evaluar la gestión de los administradores del ente económico.
6. Ejercer control sobre las operaciones del ente económico.
7. Fundamentar la determinación de cargas tributarias, precios y tarifas.
8. Ayudar a la conformación de la información estadística nacional, y
9. Contribuir a la evaluación del beneficio o impacto social que la actividad
económica de un ente represente para la comunidad.
Art. 4o. Cualidades de la información contable. Para poder satisfacer
adecuadamente sus objetivos, la información contable debe ser comprensible y
útil. En ciertos casos se requiere, además, que la información sea comparable.
La información es comprensible cuando es clara y fácil de entender.
La información es útil cuando es pertinente y confiable.
La información es pertinente cuando posee valor de realimentación, valor de
predicción y es oportuna.
La información es confiable cuando es neutral, verificable y en la medida en la
cual represente fielmente los hechos económicos.
La información es comparable cuando ha sido preparada sobre bases
uniformes.
Art. 5o. Definición. Las normas básicas son el conjunto de postulados,
conceptos y limitaciones, que fundamentan y circunscriben la información
contable, con el fin de que esta goce de las cualidades indicadas en el Artículo
anterior.
Art. 6o. Ente económico. El ente económico es la empresa, esto es, la actividad
económica organizada como una unidad, respecto de la cual se predica el
control de los recursos. El ente debe ser definido e identificado en forma tal que
se distinga de otros entes.
Art. 7o. Continuidad. Los recursos y hechos económicos deben contabilizarse y
revelarse teniendo en cuenta si el ente económico continuara o no funcionando
normalmente en períodos futuros. En caso de que el ente económico no vaya a
continuar en marcha, la información contable así deberá expresarlo.
Al evaluar la continuidad de un ente económico debe tenerse en cuenta que
asuntos tales como los que se señalan a continuación, pueden indicar que el
ente económico no continuara funcionando normalmente:
Tendencias negativas (pérdidas recurrentes, deficiencias de capital de trabajo,
flujos de efectivo negativos).
2. Indicios de posibles dificultades financieras (incumplimiento de obligaciones,
problemas de acceso al crédito, refinanciaciones, venta de activos importantes)
y,
3. Otras situaciones internas o externas (restricciones jurídicas a la posibilidad
de operar, huelgas, catástrofes naturales).
Art. 8o. Unidad de medida. Los diferentes recursos y hechos económicos
deben reconocerse en una misma unidad de medida.
Por regla general se debe utilizar como unidad de medida la moneda funcional.
La moneda funcional es el signo monetario del medio económico en el cual el
ente principalmente obtiene y usa efectivo.
CAPÍTULO III Normas Básicas
Art. 9o. Período. El ente económico debe preparar y difundir periódicamente
estados financieros, durante su existencia.
Los cortes respectivos deben definirse previamente, de acuerdo con las
normas legales y en consideración al ciclo de las operaciones.
Por lo menos una vez al año, con corte al 31 de diciembre, el ente económico
debe emitir e stados financieros de propósito general.
Art. 10. Valuación o medición. Tanto los recursos como los hechos económicos
que los afecten deben ser apropiadamente cuantificados en términos de la
unidad de medida.
Con sujeción a las normas técnicas, son criterios de medición aceptados el
valor histórico, el valor actual, el valor de realización y el valor presente.
Valor o costo histórico es el que representa el importe original consumido u
obtenido en efectivo, o en su equivalente, en el momento de realización de un
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