Protección de la Propiedad Intelectual
Enviado por Noviembre_05 • 25 de Junio de 2014 • 1.222 Palabras (5 Páginas) • 197 Visitas
Protección de la Propiedad Intelectual
La legislación costarricense reconoce los derechos y aplica regulaciones en lo que en Propiedad Intelectual se refiere. Estas leyes abarcan cuatro tipos distintos y separados de propiedad intangible, a saber: patentes, marcas registradas, derechos de autor y secretos comerciales, todo lo cual se conoce en forma colectiva como la "propiedad intelectual".
La propiedad intelectual tiene muchas de las características que se asocian con los bienes raíces y con la propiedad personal. Por ejemplo, la propiedad intelectual es un bien y como tal, puede ser comprada, vendida, otorgada en licencia, intercambiada o entregada gratuitamente, igual que cualquier otro tipo de propiedad. Es más, el dueño de la propiedad intelectual tiene derecho de impedir la venta o el uso no autorizado de la misma.
En nuestro caso particular nos interesa lo que se refiere a los derechos de autor, los cual es consisten en el derecho exclusivo de reproducir una obra original de un autor identificado, por cualquier medio de expresión tangible; de elaborar otros trabajos derivados, a partir de la obra original; y de interpretar o exhibir la obra, si se trata de composiciones musicales, dramáticas, coreográficas o escultóricas.
En Costa Rica contamos con la Ley (N°6683) de Derecho de Autor y Derechos Conexos, conjuntamente con su reglamento, así como sus reformas en la ley N° 6935 de febrero de 1984, N°7397 del 10 de mayo de 1994 y No. 8039 de procedimientos de observancia de los derechos de propiedad intelectual, los cuales nos protegen , por el solo hecho de la creación, los derechos sobre todas las obras del ingenio, de carácter original, ya sean literarias o artísticas, cualesquiera sea su género, forma de expresión, mérito o destino.
Objetivo de la Ley
Su principal objetivo es proteger la inventiva, la habilidad y el trabajo del creador, así como las obras individuales de creación intelectual de carácter artístico, musical, científico y literario, sin que sea necesaria la publicación de las obras para que la ley ampare la propiedad intelectual. Este derecho no es aplicable a las ideas, a los principios, a los sistemas ni a los métodos.
Características principales
Es un derecho de origen intelectual.
Es protegido por la ley, como manifestación de la individualidad creativa de la persona.
Confiere beneficios patrimoniales que se manifiestan.
esfera económica.
Es merecedor de protección moral.
La ley sanciona penal y civilmente la violación del derecho de autor.
Es un derecho que se puede oponer a todos, pues su valor es equiparable a cualquier otro referente a la personalidad.
Es perpetuo e imprescribible.
Es intransmisible. Se puede ceder por causa de fallecimiento, el disfrute del derecho pecuniario, pero no cabe ceder el derecho moral; el derecho a introducir cualquier modificación de forma o modo en el texto.
Es inembargable, pueden ser embargables los derechos pecuniarios de explotación, pero no el derecho moral.
Alcances de la protección legal
La importancia de esta ley es que permite la introducción de ideas, conocimientos, experiencias y logros de otra gente, facilita la observación constante del trabajo que realizan otros y por lo tanto reduce el riesgo de duplicación, de plagio, de falsificación, de fotocopiado, de reprografía y de la piratería comercial.
El Derecho de Autor es un derecho que se otorga a los autores, donde los autores son titulares de derechos patrimoniales y reales sobre sus obras literarias y artísticas, el autor tiene la facultad de escribir su obra y, una vez escrita, tiene el derecho exclusivo de utilizarla, de divulgarla y defenderla contra cualquier atentado a su integridad, también puede ceder los derechos a terceros, según ciertas condiciones que regulan las leyes.
La ley protege las obras de autores costarricenses domiciliados o no en el territorio nacional, y las de autores extranjeros domiciliados en el país (Art.2).
Vigencia de los derechos
Los derechos de Autor son permanentes (durante toda la vida de este). Después de su fallecimiento, disfrutarán
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