: Pueden ser asociados alumnos del 9B del colegio Jorge volio. Actuaran por sí mismos y serán ayudados y asesorados por los profesores.
Enviado por Dario Monestel • 6 de Junio de 2016 • Resumen • 373 Palabras (2 Páginas) • 225 Visitas
Titulo I
Art.1: Con la denominación de dokings del colegio Jorge Volio de Cartago que constituye una cooperativa escolar que se regirá por este estatuto.
Art.2: La duración de la cooperativa será de 2 trimestres.
Art.3: La cooperativa excluirá de todos sus actos temas discriminatorios.
Art.4: La cooperativa tiene como objetivo vender donas a la población estudiantil.
Título II
Art.5: Pueden ser asociados alumnos del 9B del colegio Jorge volio. Actuaran por sí mismos y serán ayudados y asesorados por los profesores.
Art.6: No aplica-
Art: 7: son derechos de los asociados:
- Participar en los temas de decisión en la cooperativa
- Aspirar a cargos en la cooperativa
Art.8: Son deberes de los asociados:
- Promover la cooperativa
- Vender donas
- Participar activamente
Art.9: Apenas acabe el ciclo escolar todos los estudiantes dejan de ser asociados.
Art.10: Las asambleas podrán resolver todos los problemas que ocurran en la cooperativa.
También para tomar decisiones de la misma.
Título III
Capital cooperativo y cuotas sociales
Art.11: El capital cooperativo es limitado y está constituido por cuotas sociales individuales de pesos de 1500 colones cada una.
Art.12: El informe de las ganancias tendrá que ser firmados por el presidente, secretaria y tesorero.
Art.13: Al iniciar cooperativa debe pagar una cuota social de 1000 colones.
Art.14: se debe integrar al contado
Art.15: En caso de rembolso se devolverá el 50% del dinero
Art.16. No aplica-
Art.17: los alumnos tienen derecho a rembolso.
Título IV
De la contabilidad y el ejercicio social
Art.18: Además de los archivos que serán necesarios documentar adecuadamente sobre las operaciones de la cooperativa, deberán llevar los siguientes:
- Registro de asociados
- Actas de asambleas
- Actas de reuniones del consejo de administración
Art.19: Estos archivos estarán a cargo de la dirección de establecimiento.
Art.20: Se deberá poner una fecha del año para el cierre del ejercicio social.
Art.21: Se deberá entregar documentos sobre la cooperativa con no menos de 10 días de anticipación a la asociación de asamblea que los considerara.
Art.22: Serán excedentes repartibles solo aquellos que provengan de la diferencia entre el costo y el precio de la venta de donas. Las donaciones recibidas por excedentes se destinaran a una cuota de reserva.
Art.23: La asamblea podrá resolver que los retornos se distribuyan total o parcialmente en efectivo o en cuotas sociales.
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