REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO. CALZADO Y CALCETINES DE CALIDAD L.T.D.A
Enviado por Diego Caceres • 11 de Mayo de 2021 • Trabajo • 4.058 Palabras (17 Páginas) • 2.752 Visitas
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
TÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
- El presente Reglamento Interno, constituye un conjunto de normas y disposiciones de observancia obligatoria para todos los Empleados de la empresa CALZADO Y CALCETINES DE CALIDAD L.T.D.A, entendiéndose como tales, a los empleados de carácter permanente de ésta; lo anterior, en relación a la función de sus servicios, para la cual fueron nombrados.
- Para los efectos del presente Reglamento, las leyes de trabajo y todo lo que derive de la relación de servicio, el Empleador es la empresa CALZADO Y CALCETINES DE CALIDAD L.T.D.A; Los Empleados, será la persona natural que presta sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, mediante el pago de una remuneración y en cumplimiento a una relación de servicio permanente, contraída mediante un contrato de trabajo. El personal temporal o por Contrato, se regulará exclusivamente por las Cláusulas del respectivo Contrato suscrito entre el Empleador contratante y el contratista, y deberán cumplirse al tenor de las mismas y se le aplicarán las disposiciones del presente Reglamento.
TÍTULO II
ORGANIZACIÓN
La Organización Interna en la empresa será de la siguiente manera:
- Representante legal o gerente de empresa
- Ejecutivos de la empresa
- Empleados de manufactura
- Empleados de construcción de calzado y calcetines
- Empleados de aseo o servicios de limpieza
- Representante legal o gerente de empresa: este ejercerá las labores de jefe directo de todo el personal y será el que dirija la empresa.
- Los demás empleados en relación cumplirán su ejercicio o labor a cabalidad y seguirán ordenes de su empleador con el fin de proporcionar funcionalidad a la empresa.
TÍTULO III
ADMISIÓN DE PERSONAL
Toda persona que desee ingresar como Empleado a la CALZADO Y CALCETINES DE CALIDAD L.T.D.A deberá presentar obligatoriamente los siguientes requerimientos:
a) Hoja de vida debidamente actualizada
b) Fotocopia de documentos personales
c) Una fotografía tamaño carné
d) Acompañar la documentación que acredite el oficio, las habilidades, las calificaciones o el grado académico que requiera el puesto o cargo a desempeñar.
e) Certificado de Salud
g) Constancia de Antecedentes Penales
h) Presentar referencias escritas de empleos anteriores o personales.
i) Las demás que específicamente requiera el representante legal.
- Las personas que hubieren sido seleccionadas para prestar sus servicios a la empresa CALZADO Y CALCETINES DE CALIDAD L.T.D.A, como Empleados, previo a sus nombramientos, deberán firmar y cumplir con el Código de Ética y Conducta y la demás documentación que le señale el representante legal. Si la persona seleccionada se negare a firmar y obligarse a cumplir el Código de Ética y Conducta, Convenio de Exclusividad Laboral y los demás documentos a que se hace referencia en el párrafo anterior de este Artículo, inmediatamente quedará descartada su selección y no se efectuará su nombramiento o se dejará sin valor el que se haya efectuado.
TÍTULO IV
PERIODO DE PRUEBA
- El Período de Prueba tendrá por objeto, apreciar por parte del Empleador las aptitudes del Empleado, y por parte de éste, estimar la conveniencia de las condiciones del trabajo. El Período de Prueba no excederá de Sesenta (60) días calendario, será estipulado por escrito, y en caso contrario, los servicios se entienden regulados por las normas generales del Código de Trabajo.
- El período de prueba será remunerado. sí al terminar el período de prueba, ninguna de las partes manifiesta su voluntad de dar por terminada la relación de servicio, continuará ésta por tiempo indefinido; sin embargo, antes de que venza dicho período, cualquiera de las partes puede ponerle término, por su propia voluntad, con justa causa o sin ella, sin incurrir en responsabilidad alguna.
TÍTULO V
JORNADA DE TRABAJO, HORARIO
- La jornada diaria de trabajo será de ocho (8) horas laborables y de cuarenta (40) horas a la semana, las que se remunera mensualmente y en esta remuneración ya se incluye el período de descanso semanal.
- Las horas de entrada y salida se sujetarán al siguiente horario: de 8:00 a.m. a 12.00 p.m. y de 2.00 pm a 6.00 pm, excepto aquellos casos calificados, que por razón de sus puestos de trabajo deben sujetarse a un horario diferente cuando hubiese necesidad, cuando así se requiera o lo determine el representante legal. Los empleados estarán obligados a cumplir con lo ordenado al respecto; es responsabilidad de la empresa velar por la correcta aplicación de este control.
- Las modificaciones o reformas al horario, se hará según las circunstancias y necesidades para las cuales el Empleador haya sido contratado o nombrado, por lo que algunos Empleados tendrán horario diferente, de acuerdo a lo establecido anteriormente.
TÍTULO VI
DESCANSOS GENERALES, VACACIONES Y LICENCIAS.
DESCANSOS GENERALES
El tiempo de almuerzo será de una hora, de 12:00 a.m. a 2:00 p.m., ya sea dentro de la Institución o fuera de ella, siempre y cuando no exceda del tiempo establecido en este Reglamento.
VACACIONES
Se darán vacaciones de 15 días al cumplir el año de trabajo en la empresa
La empresa reconoce el pago del Bono Vacacional de sus Empleados de conformidad a su antigüedad laboral tomando en consideración la siguiente determinación en ese concepto:
a) Después de 1 año de servicios continuos: 15 días
b) Después de 2 años de servicios continuos: 16 días.
c) Después de 3 años de servicios continuos: 17 días.
d) Después de 4 años de servicio continuos: 18 días
LICENCIAS.
-Tendrá derecho a gozar de licencia con goce de sueldo en los casos siguientes:
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