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REGLAMENTO INTERNO


Enviado por   •  19 de Abril de 2014  •  4.023 Palabras (17 Páginas)  •  367 Visitas

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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA COMPAÑÍA

“WILERCONST CÍA.LTDA.”

CAPITULO I

AMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

Art.1.- Reglamento Interno de Trabajo.- En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 64 del Código del Trabajo y para los fines previstos en el numeral 12 del Art. 42 ibídem, y en general para el mejor cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, la compañía “WILERCONST CÍA.LTDA.”, con domicilio principal en el cantón Santo Domingo provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, y cuyo objeto social principal es la planificación, diseño , administración, fiscalización, construcción y comercialización de lotizaciones, urbanizaciones, viviendas, obras viales, obras civiles, proyectos habitacionales, proyectos hidroeléctricos, agua potable, alcantarillado, saneamiento ambiental y todo lo relacionado con la construcción civil e infraestructura básica; dicta el presente Reglamento Interno de Trabajo con ámbito de aplicación a nivel nacional.

Art. 2.- Definiciones.- En este reglamento se utilizarán indistintamente los términos empleador, empleadora, empresa o compañía, para designar a la parte empleadora; y, trabajadores para designar tanto a empleados como a trabajadores en general. Los términos reglamento o presente reglamento, se utilizarán para referirse indistintamente al Reglamento Interno de Trabajo de la compañía “WILERCONST CÍA.LTDA.”, contenido en este reglamento.

Art. 3.- Publicidad.- Para los fines de publicidad que establece la Ley para el conocimiento de los trabajadores, una copia auténtica del presente Reglamento certificada por la Dirección Regional del Trabajo se fijará permanentemente en los lugares visibles donde se realicen las labores de la empresa.

Art. 4.- Sujeción.- Tanto la parte empleadora como los trabajadores quedan sujetos al estricto cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento, las cuales se entenderán incorporadas a todos los contratos individuales de trabajo celebrados y por celebrarse entre la compañía “WILERCONST CÍA.LTDA.” y sus trabajadores, por lo tanto el desconocimiento de este reglamento no podrá ser alegado por ninguna de las partes, empleador o trabajadores, como excusa para la inobservancia.

Art. 5.- Representación Legal.- La representación legal de la empleadora compañía “WILERCONST CÍA.LTDA.” la ejerce su Gerente. Ningún empleado o trabajador podrá hacer declaraciones en la prensa, en público u otros espacios a nombre del empleador, sino únicamente el representante o representantes del mismo debidamente acreditados mediante instrumento público.

Art.6.- Se consideran tácitamente incorporadas a este reglamento las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo, en la Ley de Seguridad Social, así como también en el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo expedido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

CAPITULO II

CONTRATACION DE PERSONAL

Art. 7.- Contratos de Trabajo.- Entre la empresa empleadora y los trabajadores que sean seleccionados podrán celebrarse cualquier modalidad de contrato de trabajo establecida en el Código del Trabajo. En caso de terminación de relaciones laborales se procederá de acuerdo a lo establecido en la Ley.

Art. 8.- Vacantes.- Cuando se produzcan vacantes o nuevas necesidades de personal, la empresa empleadora buscará la persona más idónea para su reclutamiento, reservándose el derecho de seleccionar a quien reúna las destrezas y competencias requeridas.

Art. 9.- Requisitos.- Dentro de la etapa previa a la contratación de un trabajador el empleador podrá requerir del aspirante lo siguiente:

a) Ser mayor de edad;

b) Presentar hoja de vida; cédula de ciudadanía o pasaporte y certificado de votación (original y copia); carné de afiliación al IESS, si lo tuviere (original y copia); dos fotografías tamaño carné; certificados de honorabilidad; certificados de referencias profesionales de trabajos anteriores; certificados de estudios o títulos obtenidos; visa de trabajo actualizada (extranjeros); llenar una hoja de datos informativos en los formularios elaborados por el empleador bajo la responsabilidad absoluta del trabajador sobre la veracidad de los datos e información que se consignen en el documento. El postulante a trabajador declarará que todos los datos entregados son verdaderos y que no se ha omitido u ocultado ninguno que pueda ser relevante para la decisión de su contratación por parte del empleador. La inexactitud o falsedad de los datos o información proporcionada por el trabajador al llenar la solicitud de empleo, así como la presentación de documentos falsos o adulterados constituyen faltas graves a este Reglamento Interno y son causa para la terminación del contrato de trabajo de conformidad con lo establecido en el Código del Trabajo, independientemente de las acciones penales o civiles a que haya lugar y sin importar el tiempo transcurrido desde que empezó la relación laboral, previo el trámite de Ley. Según el caso, y a discreción del empleador, se podrá solicitar otros documentos además de los anteriormente detallados. El postulante deberá permitir y facilitar el proceso de confirmación de la información sobre sus antecedentes laborales y personales.

Art.10.- Suscripción y terminación de contratos de trabajo.- Únicamente el o los representantes legales del empleador o quien cuente con poder expreso para tal efecto debidamente otorgado, podrán suscribir contratos de trabajo o darlos por terminado con arreglo a la Ley.

Art. 11.- Los empleados están obligados a informar al área de Talento Humano de la compañía empleadora, hasta cuarenta y ocho horas después de haberse producido o suscitado el cambio, referente a: estado civil; dirección domiciliaria ; números de teléfono de referencia; dirección electrónica. En estos casos el empleado debe entregar los documentos que certifiquen el cambio de condiciones originalmente informadas.

CAPITULO III

JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO

Art. 12.- Horario de Trabajo.- Es obligación del trabajador cumplir puntualmente con el horario de trabajo. Los trabajadores prestarán sus servicios en distintas jornadas y horarios de trabajo en razón de la actividad del empleador, por tanto se establecerán por parte del empleador distintos horarios de trabajo de ocho horas diarias, con un máximo de cuarenta horas semanales de conformidad y con arreglo a las disposiciones del Código del Trabajo. Los horarios de trabajo se sujetarán a las normas del Código del Trabajo y este Reglamento.

La empleadora se reserva el derecho

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