Reclamacion De Mexico A China
Enviado por TERMINATOR • 3 de Diciembre de 2012 • 411 Palabras (2 Páginas) • 410 Visitas
China — Donaciones, préstamos y otros incentivos
Hechos fundamentales
Título abreviado:
Reclamante: México
Demandado: China
Terceros:
Acuerdos invocados:
(según figuran en la solicitud de celebración de consultas) Agricultura: Art. 3, 9, 10
GATT de 1994: Art. III:4
Subvenciones y medidas compensatorias: Art. 3
Protocolo de Adhesión: Parte I, para. 1.2, Parte I, para. 12.1
Fecha de recepción de la solicitud de celebración de consultas:
19 de diciembre de 2008
Consultas
Reclamación presentada por México.
El 19 de diciembre de 2008, México solicitó la celebración de consultas con China con respecto a determinadas medidas que ofrecen donaciones, préstamos y otros incentivos a empresas en China.
México señaló que estas donaciones, préstamos y otros incentivos se encuentran plasmados en varias medidas, así como en cualquier modificación o cualquier medida relacionada o de implementación, incluidas las medidas relacionadas con el Programa China World Top Brand y el Programa ChineseFamousExport Brand.
México considera que estas medidas parecen otorgar a empresas en China donaciones, préstamos y otros incentivos supeditados a resultados a la exportación. Por tal motivo, dichas medidas parecen ser incompatibles con el artículo 3 del Acuerdo SMC. Adicionalmente, en la medida que otorgan subsidios sobre productos agrícolas, parecen ser incompatibles con los artículos 3, 9 y 10 del Acuerdo sobre la Agricultura. Las medidas también parecen ser incompatibles con las obligaciones de la RPC conforme al párrafo 1 de la sección 12 de la Parte I de su Protocolo de Adhesión, así como con el párrafo 2 de la sección 1 de la Parte I del Protocolo de Adhesión (en la medida en que incorpora el párrafo 234 del informe del Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de China), que forma parte de las condiciones de adhesión acordadas entre la RPC y la OMC, y que es parte integrante del Acuerdo sobre la OMC. Finalmente, las donaciones, préstamos y otros incentivos parecen ser incompatibles con el párrafo 4 del artículo III del GATT de 1994, en la medida en que benefician a los productos de origen chino y no a los productos importados.
El 15 de enero de 2009, el Canadá, las Comunidades Europeas y Turquía solicitaron ser asociados a las consultas. El 16 de enero de 2009, Australia, Colombia y los Estados Unidos solicitaron ser asociados a las consultas. El 19 de enero de 2009, el Ecuador, Guatemala y Nueva Zelandia solicitaron ser asociados a las consultas. Posteriormente, China informó al OSD de que había aceptado las solicitudes de asociación a las consultas presentadas por Australia, el Canadá, Colombia, las Comunidades Europeas, el Ecuador, los Estados Unidos, Guatemala, Nueva Zelandia y Turquía.
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