Requisitos Para Poder Cotizar En La Bolsa De Valores
Enviado por FelicianoG • 25 de Abril de 2013 • 3.661 Palabras (15 Páginas) • 1.501 Visitas
Sistemas Financieros
Bolsa Mexicana De Valores
- Requisitos para poder cotizar en la bolsa de valores
- Empresas que cotizan en la bolsa de valores
¿Cómo listarse en la Bolsa Mexicana de Valores?
Para que una empresa pueda emitir acciones que coticen en la Bolsa Mexicana debe, antes que nada, contactar una casa de bolsa, que es el intermediario especializado para llevar a cabo la colocación. A partir de ahí empezará un proceso para poder contar con las autorizaciones de la Bolsa Mexicana y de la CNBV.
1.- Las empresas interesadas deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Valores (RNV)
2.- Presentar una solicitud a la Bolsa Mexicana, por medio de una casa de bolsa, anexando la información financiera, económica y legal correspondiente
3.- Cumplir con lo previsto en el Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana
4.- Cubrir los requisitos de listado y mantenimiento de inscripción en Bolsa
Una vez alcanzado el estatuto de emisora, la empresa debe cumplir una serie de requisitos de mantenimiento de listado (como la obligación de hacer pública, en forma periódica, la información sobre sus estados financieros).
Requisitos
1.- Circulares de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:
- Requisitos mínimos de inscripción y mantenimiento
- Documentación que debe presentarse con la solicitud de inscripción (El listado de documentos que se debe presentar de acuerdo al instrumento a inscribir)
- Eventos relevantes
- Información financiera y corporativa
2.- Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (Título 4º. – Valores Inscritos en Bolsa)
3. - Código de Mejores Prácticas Corporativas.
4. - Código de Ética Profesional de la Comunidad Bursátil Mexicana.
Guía de Inscripción de Valores
La documentación requerida comprenderá los siguientes aspectos:
Información Legal
Información Corporativa
Información Financiera
La documentación definitiva en original, deberá ser enviada e integrada de acuerdo a la normatividad vigente en los términos requeridos por las circulares aplicables de la CNBV y a la Solicitud de Inscripción de la Bolsa Mexicana
Las solicitudes deberán estar firmadas en original, por el representante legal de las Empresas interesadas, por el representante del Intermediario Colocador y en los casos que así se requiera, por el Representante Común de los tenedores de los valores a ofertar en el mercado.
Sistema Electrónico de Captura (SECAP)
La normatividad vigente requiere que la información necesaria para la inscripción y listado de valores en el Registro Nacional de Valores y la BMV se capture en el Sistema Electrónico de Captura "SECAP". Este sistema facilitará el manejo de la información a todos los participantes en el trámite por lo que el archivo con la información capturada deberá enviarse junto con la información citada anteriormente.
Prospecto de Colocación
El Prospecto de Colocación es el documento fuente de toda la información corporativa, legal y financiera relacionada con la Empresa y los valores a listar, que requiere ser revelada con anticipación a la oferta pública. Este documento es indispensable para el listado de acciones, CPO’s sobre acciones y deuda, CPI´s, CKDes, títulos opcionales, obligaciones, certificados bursátiles y pagarés de mediano plazo siendo de importancia fundamental en este proceso, ya que será el Prospecto de Colocación el documento con el que contará el Gran Público Inversionista para tomar una decisión y adquirir los valores objeto de Oferta Pública.
La información contenida en los prospectos puede variar dependiendo del tipo de valor, los instructivos se encuentran como anexos de la circular correspondiente.
Los documentos adicionales requeridos por la normatividad vigente en el Prospecto de Colocación deben estar debidamente firmados por el o los funcionarios responsables y acompañar a la solicitud en el apartado correspondiente.
Guía genérica de Inscripción.
Las Empresas que deseen inscribir sus valores en el listado de la BMV, deberán:
Enviar por medio de Emisnet Inscripción la Solicitud de Inscripción e información requerida a la Bolsa Mexicana.
Capturar la información en el "SECAP", archivo que deberá incluirse en el envío de EmisnetInscripción.
Cumplir con los requisitos básicos y normas que señala la normatividad vigente de la CNBV y Bolsa Mexicana de acuerdo al tipo de instrumento que deseen listar.
La Empresa o el Intermediario Colocador presentará simultáneamente a la BMV (por medio de EmisnetInscripción) y a la CNBV en los horarios definidos por dichas instituciones la solicitud de inscripción debidamente integrada y firmada, así como sus anexos, el archivo de captura electrónica de la CNBV y, en su caso, el prospecto preliminar de colocación en el formado preestablecido.
La Bolsa Mexicana revisa que la información esté completa y, en caso de que no cumpla con todos los requisitos de acuerdo a la normatividad vigente, la rechazará notificando al responsable del trámite vía electrónica.
La Bolsa Mexicana divulgará en los medios electrónicos que determine que se recibió una solicitud, citando el nombre de la Empresa y el tipo de valor que desea colocar en el Mercado de Valores.
La Bolsa Mexicana elabora un Estudio Técnico, de acuerdo a la información presentada, para decretar la autorización de inscripción.
La divulgación del Prospecto Preliminar en la Sección Trámites de Inscripción en página de la BMV en Internet se realiza automáticamente al momento de aceptar la solicitud enviada por Emisnet Inscripción. En caso de que el trámite sea de carácter confidencial el representante legal deberá solicitar la difusión con un mínimo de diez días hábiles anteriores a la Oferta Pública para el caso de acciones, certificados de participación y obligaciones; y cinco días hábiles para el caso de instrumentos de deuda aplicables.
La Bolsa Mexicana divulga en los medios electrónicos que determine que el Prospecto y/o suplemento Preliminar de la Empresa solicitante, se encuentra a su disposición en la página de la BMV en Internet. Se deberá mencionar que la inscripción de los títulos y la aprobación de la Oferta Pública se encuentran en trámite y que el contenido del mismo está sujeto a cambios.
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