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Resolucion De Conflictos. Derecho Interacional


Enviado por   •  27 de Mayo de 2012  •  5.109 Palabras (21 Páginas)  •  646 Visitas

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Introducción

Las relaciones internacionales entre los sujetos del Derecho Internacional Público son de índole económicas, políticas, sociales, culturales, religiosas. En muchas ocasiones estas relaciones presentan marcadas diferencias que son necesarias controlar y conciliar para que la comunidad internacional cumpla con sus fines comunes de garantizar "la paz y seguridad internacional".

En este sentido, debe acotarse que han sido precisamente las diferencias irreconciliables interestatales las que en muchas oportunidades contribuyen a que el ser humano pierda su sensatez, y por ello surgen los conflictos internacionales lo cual resquebraja el normal desenvolvimiento de las relaciones internacionales entre sus miembros.

Cuando se origina un conflicto internacional siempre se teme por las consecuencias que se desencadenan, entre las cuales se encuentra la violación de los derechos humanos, como la más frecuente y trascendente.

Es por ello que el Derecho Internacional Público prevé formas para solucionar las controversias internacionales a través de los medios pacíficos diplomáticos (negociación, buenos oficios, mediación, investigación y conciliación); de los medios pacíficos jurídicos (arbitraje y arreglo judicial) y los medios violentos o coactivos (retorsión, ruptura de relaciones diplomáticas, represalia, bloqueo, ultimátum y la guerra) para la solución del conflicto que se presente.

Lo deseable es que cuando se presente un conflicto entre los Estados éste se resuelva conforme a los medios pacíficos de solución de conflicto. Sin embargo, el mismo dinamismo de las relaciones y las irreconciliables diferencias entre los pueblos conllevan a tomar decisiones más drásticas para tratar de solucionar la controversia y allí se encuentra el fenómeno dañino de la guerra que atenta contra los derechos humanos de las víctimas. Es por ello que, el Derecho Internacional Humanitario contiene un conjunto de normas jurídicas convencionales y consuetudinarias destinadas a proteger a las personas y a los bienes por razón de humanidad cuando existe un conflicto bélico.

En la actualidad se observa que cada día son más los conflictos que se presentan dentro de la comunidad internacional, así como las graves violaciones de los derechos humanos de las victimas de los mismos.

1. Conflicto Internacional

En la doctrina internacional existen numerosas concepciones sobre lo que se considera como un conflicto internacional, debido a ello se expondrá el criterio de diversos doctrinarios especialistas en la materia.

La Corte de la Haya en el caso de las concesiones Mavrommatis en Palestina en el año 1924 señaló que un conflicto "es una controversia o un desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, una contradicción, una oposición de tesis jurídicas o de intereses entre dos Estados" (citado por Brotons, 1997).

Según (Guerra, 1988) los conflictos internacionales versan sobre hechos-su sentido y su alcance- que después se traducen en apreciaciones jurídicas o bien versan sobre cuestiones de derecho, y en este caso versan sobre interpretación de una norma de Derecho Internacional o bien de una cláusula convencional, libremente consentida por el estado respectivo.

Para el autor (Camargo, 1995) un conflicto armado internacional "es una lucha armada entre Estados, o sea entre sus fuerzas armadas (combatientes) de dos o más Estados contendores, a diferencia de los conflictos armados internos en que participan, por una parte, las fuerzas armadas regulares y, por la otra, las fuerzas armadas rebeldes, irregulares o insurgentes".

Ahora bien, la doctrina internacional está conteste en definir a los conflictos internacionales como desacuerdos o divergencias sobre temas determinados, lo que es ampliamente compartido por las autoras; toda vez que cuando exista una contraposición, yuxtaposición de intereses u opiniones diferentes sobre un mismo tópico que genere una polémica puede culminar en un conflicto internacional.

De igual modo debe señalarse que para que exista un conflicto es necesario la presencia de, por lo menos, dos entes (sujetos de Derecho Internacional Público), de lo contrario resultaría absurdo pensar que pudieran tener cabida conflictos unipersonales, es decir, con un solo ente, puesto que no podría surgir nunca el desacuerdo en cuestión.

Estos conflictos que interesan al Derecho Internacional Público como disciplina jurídica encargada de luchar por establecer y mantener un estándar normativo mínimo en aras del fortalecimiento de la paz, armonía y orden público mundial, puede tener diversos campos de acción: -Campo Internacional: Si el conflicto transciende las fronteras de los Estados, lo que implica la intervención de varios sujetos (Estados, Organizaciones Internacionales) en el mismo, -Campo Interno: Sería para aquellas fricciones que se desarrollan en un solo ente sin la intervención de terceros; ocurre mucho en las guerras civiles, o cuando se sublevan las fuerzas armadas del Estado de que se trate, entonces existen dos bandos de combatientes: las fuerzas rebeldes y las leales al gobierno del Estado.

En nuestra opinión, ambos conflictos aunque con dimensiones geográficas, políticas, económicas, sociales, culturales, religiosas distintas, interesan a toda la comunidad internacional, incluso para los que no sean parte del mismo, porque la paz de la comunidad mundial depende de las relaciones armónicas entre los sujetos que la conforman, y bastaría la conflictividad en uno de sus miembros para que el resto del mundo se encuentre en situación de intranquilidad, alerta al desarrollo de los acontecimientos, por supuesto habrá quienes se aprovechen del problema y traten políticamente de lograr ventajas, otros tratarán de paliar y mediar en el mismo, etc.

Asimismo, se hace necesario distinguir y precisar los diferentes tipos de conflictos internacionales que se pueden suscitar entre los miembros o sujetos de la comunidad internacional y que se analizan a continuación.

1.1. Tipos de Conflictos Internacionales

La doctrina internacional distingue dos tipos de Conflictos Internacionales:

•Conflictos de Orden Jurídico: Para el autor (Rousseau, 1966) estos conflictos "son aquellos en los cuales las partes están en desacuerdos sobre la aplicación o la interpretación del derecho existente (1).

Para (Guerra, 1988) estos conflictos provienen de: a) la violación de un tratado o convención, y b) violación de un derecho o norma internacional que se traduce en un daño a un sujeto de Derecho Internacional. La característica predominante de estos conflictos es que son susceptibles de ser solucionados por los medios del derecho.

Dentro de éstos pueden enmarcarse los conflictos generados por

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