Riesgo País (Perú)
Enviado por gggggggggggggg • 19 de Mayo de 2014 • 6.347 Palabras (26 Páginas) • 797 Visitas
ÍNDICE
RESUMEN……………………………………………………………………………..4
ÍNDICE………………………………………………………………………………….5
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………6
I
1. CONCEPTO 7
2. DEFINICIÓN 8
3. IMPORTANCIA, FACTORES QUE LO INFLUYEN Y LO MODIFICAN 11
3.1 Importancia del Riesgo País: 11
3.2 Factores que Influyen en el Nivel de Riesgo País 11
3.3 Factores que Modifican el Riesgo País 12
4. SURGIMIENTO DEL VALOR DEL RIESGO PAÍS 18
5. MECANISMO DE CÁLCULO DEL RIEGO PAÍS 19
6. CLASIFICADORAS DE RIESGO 20
7. TIPOS DE RIESGO 21
7.1 EL RIESGO POLÍTICO 21
7.1.1 El riesgo político estricto 21
7.1.2 El riesgo administrativo 23
7.2 EL RIESGO ECONÓMICO-FINANCIERO 24
7.3 EL RIESGO PAÍS ESTRICTO 26
ANEXO……………………………………………………………………………..…28
CONCLUSIÓN………………………………………………………………………..29
BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA……………………………………………………30
RESUMEN
El riesgo país (country risk) hace referencia a la incertidumbre asociada al rendimiento de la inversión que surge al negociar con las empresas o instituciones de un Estado determinado. Es decir, trata de las posibles consecuencias negativas referentes al valor de los activos situados en dicho Estado o a los derechos de los residentes en el mismo, como consecuencia de alteraciones en las estructuras políticas, económicas y sociales del país en cuestión.
No existe unanimidad entre los políticos, los directivos de las empresas multinacionales y los economistas sobre lo qué es el riesgo país, ni sobre cómo medirlo. Tradicionalmente, se utilizan dos aproximaciones. La primera toma como punto de partida el país (enfoque macro, o análisis del riesgo país), mientras que la otra lo analiza desde el punto de vista de la empresa que lo sufre (enfoque micro).
Dentro del concepto general de riesgo país podemos encontrar varios tipos de riesgo que conviene distinguir. El riesgo político, el riesgo económico-financiero y el riesgo país estricto. Todos ellos serán analizados seguidamente.
INTRODUCCIÓN
Cada país, de acuerdo con sus condiciones económicas, sociales, políticas o incluso naturales y geográficas, genera un nivel de riesgo específico para las inversiones que se realizan en él. Este riesgo es específico de ese grupo de condiciones y se lo conoce como Riesgo País, el cual es evaluado de acuerdo con el conocimiento que cada inversionista tenga de dichas condiciones.
Cualquier evaluación de riesgo expresará el nivel de probabilidad de sufrir una pérdida, ante lo cual existirá una mayor o menor necesidad de reducir o evitar las consecuencias de dicha pérdida.
Cuando el riesgo se refiere a un país, y quien lo mide es una entidad que busca colocar su dinero allí, ya sea como inversión financiera (préstamos) o productiva, dicha entidad buscará reconocer, a través de la rentabilidad, el nivel de riesgo en ese país. Si la rentabilidad que espera obtener al invertir no supera a la recompensa por asumir el riesgo de no poder recuperar su inversión, entonces la entidad buscará otra alternativa para invertir.
1. CONCEPTO
1) El riesgo país es todo riesgo inherente a operaciones transnacionales y, en particular, a las financiaciones desde un país a otro. La importancia de tener en cuenta el riesgo país, en las operaciones crediticias, creció rápidamente con el desarrollo del comercio exterior, de las compañías multinacionales y, sobre todo, de las operaciones bancarias internacionales. Los banqueros pronto descubrieron que financiar a los clientes en otros países significa enfrentar una serie de problemas nuevos y distintos. Para hacerlo, deben estudiar las características políticas, económicas, sociales e incluso psicológicas de los países con los que intenta establecer relaciones. Asimismo deben estudiar los aspectos legales y fiscales existentes en otras naciones.
El peligro más común de operaciones de crédito transnacional surge de la posibilidad de que el deudor extranjero, en el momento del vencimiento de las transacciones, le sea imposible, por razones reglamentarias u otras fuera de su control o responsabilidad, transferir al prestamista los fondos correspondientes. En vista de esto, el término a veces se considera erróneamente sinónimo de riesgo de transferencia. Este último, sin embargo, se refiere tan sólo a uno de los aspectos del riesgo país. El concepto general incluye otros riesgos, como los de expropiación y de nacionalización.
2) El riesgo país es el riesgo de una inversión económica debido sólo a factores específicos y comunes a un cierto país. Puede entenderse como un riesgo promedio de las inversiones realizadas en cierto país. Mide en el tono político, económico, seguridad pública, etc. (Si hay alguna guerra, hay seguridad, tipos de impuestos, etc.)
3) El riesgo país se entiende que está relacionado con la eventualidad de que un estado soberano se vea imposibilitado o incapacitado de cumplir con sus obligaciones con algún agente extranjero, por razones fuera de los riesgos usuales que surgen de cualquier relación crediticia.
2. DEFINICIÓN
Antes de formalizar una definición del Riesgo País y de su más usual forma de medirlo, hay que tener claro que ambos son simplificaciones de fenómenos muy complejos de características económicas, financieras y políticas; todas ellas además influenciadas por el amplio concepto de expectativas.
Con esta aclaración en mente, podemos definir Riesgo País como:
Término asociado a Riesgo País es el de Riesgo Soberano, que da lugar a calificaciones crediticias (rating crediticio) que Agencias Calificadoras de Riesgo internacionales elaboran respecto a las deudas públicas de los países. Estos ratings crediticios están usualmente designados por un conjunto de letras, y signos o números, que indican la graduación de dicho rating o calificación.
Por ejemplo, Perú, de acuerdo a la nomenclatura crediticia de una de las Agencias Calificadoras de Riesgo, es Ba3. El rango completo de esta escala específica es:
El rating indicará a los potenciales inversionistas la "calidad" de la deuda de cada país, y eventualmente es un elemento para la determinación del rendimiento exigible a esa inversión.
Dada la tasa de interés especificada en los instrumentos de deuda
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