Rol del E° sobre las reformas tributarias.
Enviado por Rodrigo Olfos • 8 de Agosto de 2018 • Resumen • 1.459 Palabras (6 Páginas) • 133 Visitas
Rol del E° sobre las reformas tributarias.
D° tributarios, regulan el comportamiento del Fisco y el contribuyente (fisco activo, contribuyente pasivo) Fisco tiene la potestad tributaria para cobrar los tributos, es la única forma que tiene el E° para ejercer el gasto público, mientras mayores ingresos fiscales tengas hay mayor amplitud de toma decisiones para dirigir el gasto público.
*¿Cuál sería el objetivo que tiene el Estado?
Satisfacción del bien común.
Cuando hablo que el E asegura el éxito, lo hace única y exclusivamente para llevar a cabo el desarrollo del gasto público para satisfacer el bien común.
Hoy en día el Fisco se encuentra tratando de ver la forma de cobrar más tributos y una de ella es el cobro de tributos de impuestos de AFP, Netflix, aplicaciones computacionales, si a todos les cobra impuestos ingresan más recursos.
*Sobre la Reforma tributaria tiene varias aristas, uno de los principales postulados es llevar a cabo el aumento del impuesto de primera categoría que grava el capital de la empresa.
*El E con Bachelet, lo que pretendió fue generar una mayor cantidad de ingresos aumentando lo que es la renta de las empresas, la renta de capitales de las empresas grava el impuesto de primera categoría, grava sobre las utilidades de las empresas, mientras más utilidades obtenga en el año, más impuestos va a pagar. Esto fue de manera progresiva, hoy estamos en el 27%.
Cada vez que se habla de renta de capital es el impuesto de primera categoría.
Hoy día la OCDE es el verdadero gobernante a nivel nacional, si le dice a Chile hacer tal cosa, Chile lo tiene que hacer en la medida de lo posible. Chile cobra un impuesto a las empresas en sus utilidades que está en el 27%, versus Irlanda que tiene un 12,3%, que también es parte de la OCDE (Chile es el único país sudamericano). Entonces ¿los empresarios extranjeros dónde van a querer invertir? En Irlanda. Esa es la razón del caso Maersk que quebró.
*Existe otro tipo de impuesto que grava de manera pacífica los actos jurídicos, aun cuando D° tributario se estudia como una ciencia aparte, son todas vinculantes. Existe el impuesto que grava de manera específica los timbres y estampillas.
Hoy día ya no se emiten muchas cartas, sin embargo, todo lo que es mercadería, importaciones y exportaciones tienen que ir con timbres y estampillas que validen el lugar de origen y el lugar al que van para saber qué impuesto se gravó.
Es un acto jurídico porque detrás de ese timbre o estampilla hay una operación mercantil hacia adentro o afuera del país, eso es derecho comercial. Todo lo que nos diga el código de comercio de operaciones mercantiles, tiene que ver con el código civil. El Fisco siempre quiere tener alguna participación cuando los empresarios se enriquecen, por eso cobran su “peaje”, “cuota”.
*Para el Código civil cuando uno habla de un bien inmueble, que no pueden ser trasladadas de un lugar a otro, las casas, los terrenos, sitios, reciben el nombre de bienes raíces. ¿Cuál es el tipo de impuesto que se verifica?, son los impuestos territoriales, tienen relación con la gravación de los bienes raíces.
Existe el impuesto a las herencias, lo que primero tiene que acontecer para que se lleve a cabo una herencia, tiene que haber un causante de bienes (un muerto), pero además que esté muerto, que tenga un bien raíz. ¿Existen herencias de deudas? Sí y existe un plazo de 5 o 6 días de delación, aceptar o no aceptar la herencia de deuda, por ejemplo, cuando se firma un pagaré en una clínica. Eso es anticonstitucional, si la persona no quiere firmar un pagaré, no lo paga.
*El impuesto a la herencia, que grava las herencias son las donaciones, si recibiste como herencia un bien raíz y no quieres vivir ahí, puedes hacer un contrato de compra y venta, la sesión de derechos (todo paga impuestos) y donar la herencia también paga un impuesto y bastante alto, casi el 40% del valor del bien.
SII
¿Qué hace?
Fiscaliza que las empresas paguen los impuestos. El principal elemento, la principal institución que es derecho público que depende del ministerio de hacienda.
Probidad: asociado a la moralidad, actuar correctamente, ética.
Todo funcionario público tiene que actuar bajo la ley de probidad y transparencia administrativa. Ningún funcionario público puede actuar en la administración pública y usar la información privilegiada que ahí se otorga.
Art. 160 falta de probidad, sin indemnización.
La probidad es un valor jurídico que no necesariamente tiene que tenerlo aquella persona que trabaja en la empresa privada, pero aquí hablamos de la empresa pública porque el SII depende del Fisco y eso significa que por el puro hecho de ser del SII tiene que actuar correctamente.
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