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Segundo examen teórico Proporción de IVA


Enviado por   •  19 de Abril de 2017  •  Apuntes  •  3.043 Palabras (13 Páginas)  •  318 Visitas

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Segundo examen teórico

 

1.           ¿Qué se considera importación de bienes para efectos de la Ley del IVA?

R: * Introducción de bienes al país

* Adquisición por personas residentes en el país de bienes intangibles enajenados por personas no residentes en él.

* Uso o goce temporal en territorio nacional de bienes intangibles proporcionados por personas no residentes de él.

2.           ¿Qué se considera importación de servicios para efectos de la Ley del IVA?

R: Aprovechamiento en territorio nacional de los servicios que se refiere al artículo 14 (prestación de servicios independientes: prestación de obligación de hacer que realiza una persona a favor de otra, transporte de personas o bienes, seguro afianzamiento y refinanciamiento, asistencia técnica y transferencia de tecnología, obligaciones de dar de no hacer o permitir asumida por una persona en beneficio de otra).

3.           ¿En qué consiste el régimen de exportación temporal?

R: la salida de mercancías del país por un tiempo limitado y con una finalidad específica, en este régimen no se pagan los impuestos al comercio exterior, pero se deben cumplir las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

Si el bien exportado temporalmente retorna al país con algún valor extra obtenido en el extranjero este pagara el impuesto por dicho valor. 

4.           ¿Cuál es el tratamiento del retorno al país de bienes en el mismo estado?

R: Son exentos al pago de IVA ya que no sufrieron ninguna transformación 

 

5.           ¿Cuál es el tratamiento del retorno al país de bienes que fueron objeto de reparación en el extranjero?

L. Aduanera. Artículo 117. Se autoriza la salida del territorio nacional de mercancías para someterse a un proceso de transformación, elaboración o reparación hasta por dos años. Este plazo podrá ampliarse hasta por un lapso igual, mediante rectificación al pedimento que presente el exportador, o por agente aduanal cuando el despacho se haga por su conducto, o previa autorización cuando se requiera de un plazo mayor, de conformidad con los requisitos que establezca el Reglamento.
Al retorno de las mercancías se pagará el impuesto general de importación que correspondan al valor de las materias primas o mercancías extranjeras incorporadas, así como el precio de los servicios prestados en el extranjero para su transformación, elaboración o reparación, de conformidad con la clasificación arancelaria de la mercancía retornada.

6.           ¿Qué se entiende por importación temporal?

R:Es cuando las mercancías que entran al país permanecen en él por tiempo limitado y con un fin en específico. La mercancía importada temporalmente, tendrá las siguientes características: (No pagan IVA)
1.        No se pagarán los impuestos al comercio exterior ni a las cuotas compensatorias, excepto en algunos casos previstos.
2.        Cumplirán las demás obligaciones en regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas en este régimen.
 

 

7.           ¿Qué regímenes aduaneros, aún considerándose Programas de Diferimiento de Aranceles, están sujetos al pago del IVA?

R: *Importación Fiscal. *Depósitos Automotrices.

8.           Explique el artículo 28-A de la Ley del IVA.

Nos habla de que los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación, reparación en programas de maquila o exportación de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o exportación de depósito fiscal para someterse a procesos de ensamble o fabricación de vehículos, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico pagaran impuestos en las importaciones con carácter provisional cuando tenga el pedimento para sus trámites.

9.           ¿Qué es la Certificación de IVA, en qué casos y con qué propósitos se debe obtener esa autorización?

R: Es un programa que se utiliza para cubrir el 100% de IVA y IEPS obteniendo un crédito fiscal que será destinado a los regímenes de aduaneros de importación temporal y en un plazo futuro obtener la devolución de IVA.

10.        ¿Cuáles son las modalidades de la Certificación? Explique beneficios y requisitos.

R:Son 3 modalidades y son:

A: Sus requisitos son contar con control de inventarios, opinión positiva de obligaciones fiscales, no estar en el listado de empresas incumplidas publicadas por el SAT, contar con sellos digitales vigentes, tener constancia del personal registrado y pago de cuotas ante el IMSS, acreditar la inversión territorial, presentar listado de clientes y proveedores del extranjero y permitir el acceso de la AGACE para realizar la visita de inspección correspondiente. Así también la empresa deberá contar con un programa IMMEX vigente, domicilios vinculados registrados, infraestructura necesaria, acreditar que durante los últimos 12 meses los materiales retornados representen al menos el 60% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período, acreditar el uso o goce del inmueble, describir el proceso productivo desde arribo hasta retorno y contar con un contrato de maquila, compraventa u órdenes de compra vigentes. En caso de empresas IMMEX sensibles se deberán cumplir requisitos adicionales.

Sus beneficios son: obtendrán un crédito fiscal en sus operaciones destinadas a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación y obtendrán la devolución de IVA en un plazo que no excederá de 20 días contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud respectiva.

 

AA: sus requisitos son además de cumplir con los requisitos de la certificación A, se requiere que al menos el 40% del valor de sus operaciones realizadas en territorio nacional vinculadas a su actividad preponderante del ejercicio inmediato anterior se realizaron con proveedores que cuentan con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales; que hayan operado su programa IMMEX por lo menos durante los últimos 5 años, o que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 1,000 empleados registrados ante el IMSS, o que su maquinaria y equipo es superior a los $50,000,000 de pesos; que no se les haya determinado ningún crédito por parte del SAT en 12 meses y que no se les haya emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses.

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