Seguro De Desempleo
Enviado por rbn.hdz.mx • 15 de Mayo de 2015 • 3.444 Palabras (14 Páginas) • 278 Visitas
INTRODUCCION
En México hemos vivido crisis económica durante mucho tiempo, hoy en día no ha cambiado la situación financiera del país. El desempleo ha aumentado por diversas causas tales como la inestabilidad política y económica de nuestro país que causas grandes estragos en la población, la falta de inversiones en industrias que generen empleos a la sociedad, la crisis por la que atravesamos es uno de los factores principales que generan despidos masivos del personal, debido a la falta de recursos para laborar y continuar pagando los salarios a los empleados; así como la mala planeación financiera y estratégica, fuga de capitales hacia otros países, cierre de empresas generadoras de empleos, etc. El objetivo del programa de seguro de desempleo es ayudar a las familias a sobrevivir en períodos de desempleo inesperado. Los beneficios deberían ayudar a los individuos y a las familias a satisfacer sus necesidades básicas, tales como alimentos y vivienda, mientras que buscan un nuevo empleo. La economía como un todo, y por lo tanto la sociedad, se beneficia también con los beneficios por desempleo. Estos beneficios que se pagan a los desempleados, ayudan a que se mantenga el flujo de dinero hacia los negocios locales, los acreedores, comerciantes y minoristas. Este flujo de efectivo es importante en un nivel local y global.
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO
La iniciativa ya fue aprobada en segundo debate en noviembre por el legislativo y fue llevado a plenarias de Senado y Cámara en el primer semestre de 2013.
En su Primer Informe de Gobierno ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en funciones para el periodo 2006-2012, anunció la instrumentación del "Seguro de Desempleo" en el ámbito local del Distrito Federal, para instituirlo como un programa de gobierno, en tanto se promovía la iniciativa para convertirlo en una Ley a favor de los desempleados residentes en la Ciudad.
El 28 de agosto de 2008 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal, la cual se publicó el 8 de octubre del mismo año en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Estas acciones del Gobierno del Distrito Federal formaron parte de la estrategia del Programa General de Desarrollo del Gobierno del Distrito Federal 2007-2012, cuyo compromiso fue expandir los derechos sociales y una nueva política laboral democrática que revalorice el trabajo y los derechos que nacen de él para lograr una Ciudad con equidad y justicia social. Enfocando su quehacer de acuerdo con la perspectiva de equidad de género de tal forma que oriente el conjunto de su actividad.
¿QUE ES EL SEGURO DE DESEMPLEO?
Es el derecho de cobrar una cantidad determinada cuando se dé la circunstancia del desempleo esto es dependiendo de las cotizaciones hechas y del tiempo trabajado. El seguro de desempleo generalmente es parte de la estructura general de la seguridad social y se considera uno de los reguladores automáticos de la economía.
¿En qué consiste el seguro de desempleo?
El seguro de desempleo busca ser un apoyo para personas que han perdido su trabajo, mientras se reinsertan en el mercado laboral. Así, se busca incentivar que regresen a las actividades productivas, al mismo tiempo que se evita su caída en la pobreza.
De acuerdo con el dictamen, su administración y operación quedarían en manos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Tendrán derecho al seguro de desempleo los trabajadores que por disposición de ley deban estar afiliados al régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social o de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Políticas
Los requisitos para acceder al seguro serían:
• Haber cotizado por lo menos 24 meses en un periodo no mayor a 36 meses
• Haber permanecido como desempleado por lo menos 45 días naturales
• No percibir otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, apoyo por desempleo u otro de naturaleza similar
• Acreditar el cumplimiento de los requisitos de los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
El seguro de desempleo consistiría en un máximo de seis pagos mensuales divididos en dos etapas. El primer pago corresponderá al 60% del ingreso promedio percibido en las últimas 24 cotizaciones en el seguro social, el segundo pago será del 50% y los cuatro pagos restantes serán del 40 por ciento.
Para aquellos que se encuentran bajo contrato por tiempo determinado, por temporada, para obra determinada, sujeto a prueba, capacitación inicial, eventual y estacional, se deberá cumplir con el tiempo de desempleo establecido y haber cotizado por lo menos seis de los últimos 12 meses bajo el nuevo esquema de cotizaciones al seguro de desempleo.
El pago del seguro de desempleo terminará cuando:
• El desempleado haya agotado los seis pagos mensuales
• El desempleado se reincorpore a una relación laboral
• El desempleado perciba algún tipo de ingreso económico por concepto de jubilación, pensión, apoyo por desempleo, u otro de naturaleza similar
• El desempleado incumpla con las obligaciones establecidas en los programas de promoción, colocación y capacitación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
• El desempleado fallezca
El financiamiento se hará con una aportación de 3% sobre el salario por parte del patrón y, de no contar con recursos suficientes, un subsidio del Gobierno Federal con cargo al Presupuesto.
Este 3% saldrá del 5% que el patrón actualmente está obligado a transferir al Infonavit a la subcuenta de vivienda de los trabajadores. De ese 3%, dos puntos porcentuales se depositarán en una subcuenta mixta; mientras que el otro punto iría a un fondo solidario.
En caso de que el trabajador adquiera un crédito del Infonavit, podrá hacer uso del saldo en la subcuenta mixta destinada al seguro de desempleo y las aportaciones subsecuentes se destinarán al pago del saldo insoluto de dicho crédito.
Sin embargo, en caso de necesitar del seguro de desempleo, y contar con un crédito y haber hecho uso del saldo de la subcuenta mixta, el trabajador sólo recibirá un monto fijo de un mes de salario mínimo hasta por seis meses.
El beneficio del seguro de desempleo sólo podrá recibirse
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