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Seminario De Contaduria


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  5.783 Palabras (24 Páginas)  •  348 Visitas

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REGISTRO Y APERTURA DE UNA EMPRESA

PROTOCOLIZACION DE ACTA CONSTITUTIVA

Las Sociedades Mercantiles tienen como fundamento legal un contrato de sociedad, en el cual los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos y/o esfuerzos para la realización de un objetivo común.

Dentro del contrato o acta constitutiva deben incluirse los siguientes datos:

1. Nombre, nacionalidad, domicilio, ocupación, lugar y fecha de nacimiento, registró federal de contribuyentes, en su caso y copia de identificación con fotografía de los socios;

2. El nombre de la empresa;

3. El objeto o sector de la sociedad;

4. El domicilio de la sociedad;

5. El importe del capital social;

6. La aportación de cada uno de los socios, ya sea en dinero u otros bienes;

7. La duración de la sociedad;

8. La manera en que se va a administrar la sociedad y las facultades de sus administradores;

9. El mecanismo de reparto de utilidades, y

10. Las causas de disolución de la compañía.

El acta, además de estos datos en su caso, puede llevar la Cláusula de Extranjería, con la cual se acepta a los extranjeros en la empresa, o la Cláusula de Exclusión de Extranjeros, en la que por ninguna razón podrían ser admitidos en la empresa, ni podrán tener acciones de la misma. El mínimo de socios para establecer una sociedad mercantil es de dos.

Costo del trámite: De $5,000 a $8,500

Tiempo de trámite: De dos a cinco días hábiles

FORMATO DE CONSTITUCION

- VOLUMEN NUMERO CUATROCIENTOS VEINTICINCO

- INSTRUMENTO VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS *

- En la ciudad de La Paz, capital del Estado de Baja California Sur, Estados Unidos Mexicanos, a los 17 días del mes de enero del año dos mil diez. Yo, el Licenciado Alejandro Cota Espinoza, Notario Público Número Dos y del Patrimonio Inmueble Federal en esta Entidad Federativa, en ejercicio en esta Jurisdicción, por el presente instrumento hago constar: EL CONTRATO DE SOCIEDAD que bajo la denominación de , SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, otorgan ante mi presencia los señores. Conforme al antecedente y cláusulas siguientes:

- A N T E C E D E N T E U N I C O:

- PERMISO DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES: Marcado con la letra "A" y bajo el número de este instrumento agrego al apéndice el permiso expedido por la Delegación La Paz, Baja California Sur, de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para constituir la presente sociedad, que a continuación transcribo literalmente y dice:

- "Al Margen superior derecho: Sello con el Escudo Nacional y Leyenda que dice: Secretaria de Relaciones Exteriores SRE-Al Rubro: DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS - DIRECCIÓN DE PERMISOS ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL- DELEGACIÓN DE LA S.R.E.-PERMISO 0860410 EXPEDIENTE 20120300560 FOLIO 120516031012.-Al centro: De conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción I de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 15 de la Ley de Inversiones Extranjeras, 13, 14 y 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, y en atención a la solicitud presentada por el (la) Sr. (a), con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46 fracción I inciso a) del Reglamento Interior de la Secretaria de Relaciones Exteriores en vigor, se concede el permiso para constituir una SA DE CV bajo la denominación:- - - - Este permiso, quedará condicionado a que en los Estatutos de la Sociedad que se Constituya, se inserte la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la Fracción I del Artículo 27 Constitucional, de conformidad con lo que establecen los Artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Cabe señalar que el

presente permiso se otorga sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Propiedad industrial. - - - Este permiso quedará sin efectos si dentro de los 90 días hábiles siguientes a la fecha de otorgamiento del mismo, los interesados no acuden a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la Constitución de que se trata, de conformidad con lo que establece el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. - - - Asimismo, el Interesado, deberá dar aviso del uso de de la denominación que se autoriza mediante el presente permiso a la Secretaria de Relaciones exteriores dentro de los seis meses siguientes a la expedición del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de inversiones extranjeras. - - - Al calce. - LA PAZ, B.C.S., a 07 de ENERO de 2010- - - EL SUBDELEGADO - Firma ilegible. – C. MARISA ADRIANA IBARRA OBANDO. - Sello con el Escudo Nacional y Leyenda que lo circunscribe y dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - Secretaría de Relaciones Exteriores - DELEGACIÓN BAJA CALIFORNIA, SUR".

- Expuesto lo anterior son de otorgarse las siguientes:

- C L A U S U L A S:

- PRIMERA. DENOMINACIÓN: Los otorgantes constituyen una Sociedad Mercantil que se denomina, seguida siempre de las palabras SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE o de su abreviatura S.A. DE C.V.

- SEGUNDA. DURACIÓN: Noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de firma de esta escritura. Los ejercicios sociales correrán del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

- TERCERA. DOMICILIO: La ciudad de La Paz, Baja California Sur, sin perjuicio de establecer Oficinas o Sucursales, en cualquier otro lugar de la República o del Extranjero, sin que por ello se entienda cambiado dicho domicilio.

- CUARTA. OBJETO, tendrá por objeto:

a. Comercialización de gasolinas y diesel suministrados por Pemex Refinación , así como la comercialización de aceites lubricantes marca Pemex.

b. La construcción o adquisición de los bienes muebles e inmuebles convenientes para la realización de su objeto social.

- QUINTA. NACIONALIDAD: La sociedad es mexicana con:

- CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE EXTRANJEROS, por lo que: "La sociedad no admitirá directa o indirectamente como socios o accionistas a inversionistas extranjeros y sociedades sin cláusula de exclusión

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