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Sistema Tributario Chile


Enviado por   •  6 de Octubre de 2013  •  2.586 Palabras (11 Páginas)  •  498 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En todas estas reflexiones parece como si el sistema tributario no hubiese tenido ningún efecto, ni para bien ni para mal, en el desarrollo de la crisis, como si la estructura, composición y distribución de las cargas tributarias en las diferentes economías mundiales no tuviese efecto alguno en la crisis económica

En un contexto de creciente globalización económica, social y cultural, donde las bases imponibles e, incluso, las personas (cualificadas o no) se mueven libremente a la búsqueda de recursos y oportunidades, resulta que no hay armonía entre los tributos nacionales, sino una competencia desaforada, apareciendo “free riders”( paraísos fiscales y regímenes de baja tributación) que se aprovechan de la libre circulación de factores productivos y de esta competencia fiscal dañina, para detraer sin coste alguno recursos productivos y capital humano de otros Estados, vía reducción de impuestos, lo que fuerza, a su vez, a los Estados nacionales a minorar sus recaudaciones, en una competencia a la baja (“race to the bottom”).

Al final, se ha producido un elenco de sistemas tributarios nacionales descoordinados, de baja capacidad recaudatoria, escasa flexibilidad y enormemente complejos que potencian los costos indirectos para los ciudadanos y empresarios e incrementan la presión tributaria sobre determinadas actividades, permitiendo la huida de factores móviles.

Tal competencia internacional, además, conlleva una creciente inestabilidad que ha agudizado la inestabilidad de los mercados y su volatilidad; sin duda, uno de los fenómenos que está detrás de la crisis financiera internacional.

En el presente trabajo llevara a cabo toda la coyuntura que implica para las empresas el sistema Tributario en donde desarrollan sus actividades.

Capítulo I: Marco legal

1.1 País Chile

Como consecuencia del carácter unitario del Estado de Chile, no existe una potestad federativa y local, de tal suerte que se opera con un sistema tributario de esquema unitario y de potestad tributaria única.

En cuanto a las fuentes legales del sistema tributario, podemos primeramente encontrar a la Constitución Política de la República, la que establece, a grandes rasgos, la existencia y funcionamiento de los órganos del Estado, sus potestades, así como también los derechos y garantías consagradas a las personas. Del mismo modo, podemos encontrar a las leyes de incidencia tributaria.

Las principales leyes tributarias son:

• El DL 824 sobre Ley de Impuesto a la Renta;

• El DL 825 sobre Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios

• El DL 828 sobre Impuesto a los Tabacos Manufacturados

• El DL 830 sobre Código Tributario

• El DFL 3 sobre Sistema de Rol Único Tributario

• La Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial;

• La Ley 16.271 sobre Impuesto a las Herencias y Donaciones

• El DL 3475 sobre Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas

• El DFL 30 sobre Ordenanza General de Aduanas

Por otro lado, están los tratados o convenios de doble imposición, que buscan evitar o aminorar los efectos derivados de la doble tributación internacional, mediante el establecimiento de un sistema de exención de impuestos, o bien la adopción de un sistema de créditos por impuestos pagados en el extranjero.

Además de la existencia de las leyes tributarias y tratados internacionales de relevancia tributaria señalados, el Servicio de Impuestos Internos tiene a su cargo la interpretación administrativa de las normas legales, lo que se traduce en la emisión de circulares, oficios, y/o resoluciones sobre diversos aspectos de índole tributaria. Estas normas administrativas son sólo vinculantes para los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, y no para el contribuyente.

Es importante destacar que por mandato expreso de los artículos 2 y 4 del Código Tributario, la legislación tributaria es un caso excepcional de la legislación común chilena. En caso de lagunas al interior de la legislación tributaria, puede rellenarse con el derecho común, pero las disposiciones de derecho tributario chileno sólo tienen validez fuera del mismo sólo cuando la ley común expresamente se refiera a ella. Esto debe relacionarse con el artículo 1º del Código Tributario, que señala como su ámbito de aplicación, y el de sus leyes complementarias, a las materias de tributación fiscal interna que sean de competencia del Servicio de Impuestos Internos.

El principio de la legalidad de los impuestos exige que los órganos vinculados a la creación de la ley intervengan en su imposición, modificación o derogación, lo que implica al Congreso y al Presidente de la República. Además de eso, a nivel administrativo, hay dos órganos relacionados específicamente con materias tributarias; el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República

Capítulo II: Características Principales

2.1 País Chile

La estructura tributaria chilena presenta tres características que la distinguen de la de otros países.

La primera es la integración de todos los ingresos de las personas naturales en una sola base en el impuesto global complementario (IGC), independientemente de la fuente. Además, el impuesto a las empresas está integrado con el impuesto a las personas, pues el impuesto de primera categoría pagado por las utilidades distribuidas constituye un crédito para el global complementario de los dueños.

La segunda característica es la brecha de 30% entre la tasa del impuesto que grava a las empresas y la tasa máxima del impuesto las personas. Este diferencial se explica porque, a grandes rasgos, el sistema tributario chileno supone que los sujetos de impuesto son los dueños de las empresas y no estas últimas. De esta manera el impuesto de primera categoría es un pago provisional a cuenta de las obligaciones tributarias de sus dueños.

La tercera característica es la baja participación de los impuestos a la renta en la recaudación total. En efecto, como se mencionó anteriormente, los impuestos a la renta representan un 27,1% de la recaudación total. Esta situación es particularmente llamativa si se considera que la tasa máxima del impuesto a la renta es relativamente alta a nivel internacional. La principal explicación son los diversos mecanismos que permiten excluir de la base imponible ingresos provenientes de los ahorros o ingresos que se ahorran.

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