Sociedad Anonima
Enviado por fabis23 • 11 de Marzo de 2015 • 739 Palabras (3 Páginas) • 185 Visitas
CARACTERÍSTICA SOCIEDAD COLECTIVA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SOCIEDAD ANÓNIMA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
Constitución Escritura Pública. Escritura Pública. Escritura Pública o documento privada (ley de emprendimiento). Escritura Pública o documento privada (ley de emprendimiento). Escritura Pública o documento privada
Razón Social Y compañía, hermanos, e hijos. Limitada o Ltda. Sociedad Anónima o S.A. Y compañía, & Cia. – S. en C., Sociedad Comanditaria por acciones, o S.C.A. Y compañía, & Cia. – S. en C. Sociedad por Acciones Simplificada o SAS.
Socios Pueden ser otras sociedades. Mínimo 2 Máximo 25. Personas naturales o jurídicas. Mínimo 5. Ni mínimos ni máximos. Ni mínimos ni máximos. Ni mínimo ni máximo.
Títulos de participación Aportes. Cuotas Sociales. Las acciones pueden ser 1) ordinarias, 2) con dividendo preferencial y sin derecho a voto, 3) privilegiadas.
Aportes en interés y en capital – Acciones. Aportes en interés y en capital – Cuotas. Cualquiera.
Cesión de cuotas o acciones. Autorización de todos los consocios. Ofrecimiento previo a los socios de las cuotas, 15 días (interés),
perito, aprobación tercero, 60 días (presentación tercero), 20 días (exclusión o disolución). Escritura pública. Acciones libremente negociables:
Privilegiadas, Comunes – preferencia, Industria no liberadas – Autorización de la junta directiva o asamblea general, prenda. Las partes de capital pueden negociarse libremente, a excepción del derecho de preferencia.
Gestores- Sociedad colectiva.
Comanditarios: Limitadas o anónimas. Las partes de capital pueden negociarse libremente, a excepción del derecho de preferencia.
Gestores- Sociedad colectiva.
Comanditarios: Limitadas o anónimas. Cualquiera.
Capital Pagarse íntegramente al constituirse la compañía.
Reserva como anónima. Deberá suscribirse no menos del 50% del capital autorizado y pagarse no menos de la tercera parte del valor de cada acción de capital que se suscriba, el resto debe pagarse en 1 año.
Todo: Capital da más derechos que acciones de goce o de industria.
Reserva legal – 50% del capital suscrito, formada con el 10% de las utilidades líquidas de cada ejercicio. No lo conforma el aporte industrial de los socios gestores.
Deben suscribirse por lo menos el 50% de las acciones en que se divida el capital autorizado. Pagarse siquiera la tercera parte del valor de cada acción suscrita. Plazo de pago total no podrá ser mayor a 1 año.
Reserva legal – 50% del capital suscrito, formada con el 10% de las utilidades líquidas de cada ejercicio. Todo. No tiene mínimo al momento de la suscripción, sin embargo debe cubrirse en su totalidad el patrimonio que se fije en un plazo máximo de 2 años.
Capacidad Determinada
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