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Sociedades Por Acciones Simplificadas


Enviado por   •  10 de Junio de 2012  •  1.042 Palabras (5 Páginas)  •  1.229 Visitas

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Sociedades por Acciones Simplificadas:

Es el nuevo tipo de forma societaria conocido como “Sociedades por Acciones Simplificadas”,

creada con la ley 1258 del 5 de diciembre de 2008 promete convertirse en el modelo societario que

se impondrá en los siguientes años, tal como ha sido anotado por el mismo impulsor de la ley.

La Ley 1258 se inspiró en el modelo de SAS. Existente en Francia desde el año 1994 y, además, en

la tendencia mundial de aceptar que en las sociedades cerradas prevalezca la autonomía

contractual y no sean obligatorias muchas de las reglas y limitaciones de orden público que rigen

para las sociedades abiertas.

Las ventajas de constituir una empresa bajo este modelo societario son muchas y varían de

acuerdo a las necesidades que el empresario puede aprovechar de su flexibilidad. Aquí algunas de

ellas:

Permite la unipersonalidad y no exige un número mínimo o máximo de accionistas.

Se constituye por documento privado inscrito en la Cámara de Comercio del domicilio, teniendo

claridad que si se aportan bienes inmuebles en la constitución debe hacerse por escritura

pública.

Su objeto social puede ser indeterminado siempre y cuando realice cualquier actividad lícita, es

decir, es opcional.

El término de duración podrá ser indefinido, es opcional.

La responsabilidad se limita exclusivamente al monto de los aportes de los accionistas, salvo

fraude a la ley o abuso en perjuicio de terceros.

A diferencia de los demás permite el pago de los aportes difiriéndolo hasta por un plazo

máximo de dos años.

En esta sociedad se pueden crear diversas clases y series de acciones.

Posibilidad de restringir la cesión o venta de acciones hasta por 10 años o de sujetarla a

autorización de la asamblea.

Es mucho más flexible, pues existe libertar para diseñar la estructura de administración.

Es voluntaria la creación de la junta directiva y de la revisoría fiscal Simplemente deja a criterio

del empresario o de la sociedad crear el cargo, cuando la sociedad no tiene activos brutos a

diciembre 31 del año anterior por encima de los 5 mil salarios mínimos o cuyos ingresos brutos

durante el año anterior excedan los 3 mil salarios mínimos.

Imposibilidad de negociar valores en el mercado público. Las acciones y los demás valores que

emita la SAS. no podrán inscribirse en el registro nacional de valores y emisores ni negociarse

en bolsa.

Se considera que la Sociedades Por Acciones Simplificadas., cuya sigla es SAS, va a utilizarse

principalmente en estos casos:

1. Para constituir sociedades unipersonales pues, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 1258, la

sociedad unipersonal solo puede crearse y funcionar como SAS, Sin embargo, continúa vigente la

empresa unipersonal regulada en la Ley 222 de 1995. El interesado deberá escoger, según las

circunstancias, cuál estructura le conviene más. Una de las ventajas de la SAS es que no tiene la

prohibición para el empresario de contratar con su sociedad, prohibición vigente en la empresa

unipersonal.

2. Las sociedades de familia seguramente encontrarán en la SAS la forma asociativa preferida para

funcionar, pues la simplicidad en su funcionamiento y la posibilidad de pactar figuras como el voto

múltiple, la prohibición y restricción en la negociación de acciones, las acciones con dividendo fijo anual

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