TAREA I DE LEGISLACIÓN COMERCIAL
Enviado por stb25 • 13 de Marzo de 2015 • 755 Palabras (4 Páginas) • 580 Visitas
a) Concepto de comerciante.
Son aquellos entes que tienen capacidad para contratar y que hacen del comercio una actividad habitual, es decir, es su profesión. Cuando decidimos que el sujeto debe tener capacidad no es más que, la aptitud para contraer obligaciones y a la vez exigir el cumplimiento de ellas.
Según el Art. 1 del código de Comercio. “Son comerciantes todas las personas que ejercen el comercio, y hacen de él su profesión habitual”
El concepto de comerciante comprende a las personas que se dedican a negociar comprando y vendiendo distintas mercaderías como actividad económica, negocio, oficio o profesión. Se asume que los comerciantes son aquellas personas que compran productos a un determinado precio, para luego venderlo a un precio mayor y así obtener una diferencia, que constituye la ganancia. Puede suceder que antes de venderlo se le haya aplicado al bien alguna transformación que le provea un valor agregado, o que directamente sea vendido de la misma forma en la que se compró, caso en el que la función se limita a acercar a los clientes productos que, de otra manera, probablemente no conseguirían.
b) Obligaciones requeridas a los comerciantes.
1. Matricularse en el registro mercantil;
2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad.
3. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
4. Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.
5. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
• Condiciones estipuladas por el Código de Comercio.
Para ser comerciante en la República Dominicana se debe ser mayor de edad, sin embargo, un menor con 17 años cumplidos pueden ser comerciante si está debidamente emancipado o autorizado por su padre a ejercer el comercio o ha sido emancipado.
• Condiciones estipuladas por la jurisprudencia y la doctrina.
La constitución consagra como uno de los tantos derechos inherentes a la personalidad humana, la libertad del trabajo, en la cual está comprendida la capacidad de goce del derecho de hacer comercio. Tal pues, la regla parto todo el mundo, extranjeros y nacionales. Con dos restricciones: una a ciertas personas y otra a determinados negocios.
c) Condiciones exigidas para que un menor sea comerciante
Art. 2. - (Mod. por el art. 2 de la Ley No. 4999 del 19 de septiembre de 1958. G. O.
Todo menor emancipado, del uno o del otro sexo, de diecisiete años de edad cumplidos, que quiera usar de la facultad que le concede el art. 487 del Código Civil de ejercer el comercio, no podrá comenzar las operaciones comerciales, ni ser reputado mayor en cuanto a las obligaciones que haya contraído por acto de comercio:
Si no ha sido previamente autorizado por
...