TRABAJO DE INVESTIGACIÓN GRUPAL - DERECHO Y EMPRESA
Enviado por javi02 • 15 de Noviembre de 2017 • Trabajo • 2.020 Palabras (9 Páginas) • 309 Visitas
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN GRUPAL
DERECHO Y EMPRESA
Profesora:
Alejandra Carrasco
Integrantes:
Camila Cárcamo Valencia
Javiera Celedón Labbé
Tomás Díaz Navarrete
Jose Luis Galassi Pizarro
Fecha:
Martes 13, junio de 2017
ÍNDICE
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (SAC) CON DIRECTORIO 5
¿Cómo fue constituída la Sociedad? 5
Escritura de Constitución de la Sociedad 5
INTRODUCCIÓN
En el presente informe se investigara y luego describirá sobre los distintos tipos de sociedades de chile y regímenes que la regulan. Las sociedades a investigar serán las vistas en clases: Sociedad colectiva, de responsabilidad limitada, de sociedad en comandita, sociedad anónima abierta y cerrada y sociedades por acciones.
Los distintos tipos de sociedades serán comparados entre si mediante un paralelo señalando diferencias y similitudes.
Finalmente, luego del análisis de cada sociedad se escogerá una y será creada una empresa ficticia, con todos los pasos a seguir luego del análisis realizado.
Tipos de sociedades
Una sociedad es: “Asociación de personas creada para desarrollar una actividad común, en busca de sus propios intereses o con el propósito de ayudar a la comunidad”.[1]
Para términos de esta investigación las sociedades son organizaciones con personalices jurídicas diferentes a la de los socios y que persiguen fines de lucro.
A continuación se detallan los tipos de sociedades:
Sociedades colectivas:
Su responsabilidad es ilimitada y son poco comunes ya que depende de cada socio y entre ellos se reparten las obligaciones sociales. También ante cualquier problema que se presente si el valor de los bienes no cubre la deuda, entran en juego el capital aportado y los bienes privados de los socios( su patrimonio).el numero de socios puede ser limitado. Son negocios en su mayoría pequeños a los cuales no les está permitido constituirse en entidades de financiamiento, bancos seguros, etc.,
Sociedades de responsabilidad limitada:
Se constituyen por escritura pública. Se caracteriza por que los socios responden imitadamente por el monto aportado, pueden haber entre 2 y 50 socios ( si excede el numero de personas se transforma en sociedad colectiva). Sea comercial o civil es siempre solemne, es administrada por todos los socios en común acuerdo, sin embargo se puede elegir a un socio que administre todo. No tiene responsabilidad patrimonial por las deudas sociales.
Sociedades en comandita:
Es poco utilizada actualmente. Se constituye a través de una escritura pública. En su razón social debe indicar el nombre de uno o más de los socios, basta solo uno. Los socio comanditario son quienes aportan capital, y socios gestores que, administran la sociedad. La administración de la sociedad cae completamente en los gestores y para la cesión de los derechos de los socios se puede hacer siempre y cuando estén de acuerdo todos los socios.
Sociedades por acción:
Se constituye por escritura pública o bien por instrumento privado autorizado ante notario. También se inscribe un extracto en el Registro de Comercio y se publica en el Diario oficial. En esta debe aparecer el nombre de la sociedad que debe terminar con SpA, el objeto de la sociedad y el capital de la sociedad y el número de acciones en que el capital está dividido. También debe aparecer la forma en cómo se ejercerá la administración de esta y los representantes designados. La duración de la sociedad si no está establecida será indefinida. Se debe llevar registro de accionistas, cualquier diferencia o conflicto entre los socios deberá ser resuelto a través de un arbitraje, si no se especifica el arbitraje será mixto y el árbitro designado por la justicia ordinaria. La responsabilidad de los accionistas se ve limitada por el monto de sus aportes igual que en las sociedades anónimas.
Sociedades anónimas abiertas:
Debe inscribirse en el Registro de Valores de la SVS y es fiscalizada por esta misma. La oferta de sus acciones se hace de manera publica
Esto último implica:
Pertenecer a un registro público, obligándose a proporcionar información sobre aspectos históricos, legales, financieros, contables y administrativos que son de interés para cualquier inversionista.
Debe cumplir con las leyes y reglas establecidas para una sociedad anónima abierta.
La información de la sociedad es pública y de total transparencia. Todas las Sociedades Anónimas Abiertas tiene que estar inscritas en la Bolsa de Comercio. Para ser constituida debe tener al menos 500 accionistas o 100 accionistas en el 10% de su capital. Deben que tener un directorio elegido por la Junta de Accionistas
Sociedades anónimas cerradas:
Se constituyen y funcionan de la misma manera que una sociedad anónima abierta con la diferencia de que sus acciones no se ofertan de manera pública salvo que estén sometidas a la fiscalización del SVS voluntariamente. No se rigen por la bolsa de valores SVS, pueden funcionar sin directorio además tienen un mínimo de 2 accionistas y un máximo de 20 accionistas.
Para constituir una sociedad anónima cerrada básicamente se requiere el nombre de la sociedad
En cuanto al capital social no hay mínimo y puede ser en efectivo o en bienes.
Designar un gerente general y establecer sus facultades y su duración es indefinida.
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (SAC) CON DIRECTORIO
La Sociedad creada es una Sociedad Anónima Cerrada con Directorio (con aportes en bienes dinerarios), llamada “CÁRCAMO CELEDÓN DÍAZ GALASSI CONSULTORA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA”, la cual puede utilizar la abreviatura “CCDG S.A.C”, con domicilio común pasaje cuarto centenario n°56 departamento 51.
La Empresa está constituída por cada uno de los integrantes del grupo, los cuales son los cuatro socios accionistas igualitarios de ésta:
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