Terminos En Seguros
Enviado por Rodrineitor98 • 11 de Abril de 2013 • 1.858 Palabras (8 Páginas) • 296 Visitas
GLOSARIO DE TÉRMINOS DE SEGURO
ACCIDENTE: Acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad
ACTUARIO: Profesional titulado especializado en cálculos matemáticos y conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, cuya función primordial es el asesoramiento a las entidades Aseguradoras en todas aquellas materias de índole técnica, esenciales para la determinación de las tarifas, primas del seguro, cálculo de reservas, etc.
AGRAVACIÓN DEL RIESGO: Modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o Asegurado deberá, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador, todas las circunstancias que agraven el riesgo. Solo se debe denunciar la agravación del riesgo que obedezca a motivos específicamente previstos en el contrato.
ARBITRAJE: Sistema mediante el cual se acude a peritos imparciales para determinar el valor de los daños, en aquellas pólizas en la que existe disparidad en la valorización del siniestro, y cuya decisión suele ser vinculante con las partes.
ASEGURABLE: Persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.
ASEGURADO: Persona, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro. En el sentido estricto, es la persona sobre la cual recae la cobertura del seguro.
ASEGURADOR: Empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
AUDITOR: Persona especializada en el análisis de la situación y evolución de las Aseguradoras, mediante cuyos conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, evalúa el estado de las entidades en un momento determinado, cuya función primordial es el asesoramiento y certificación de los documentos (Balances, Declaraciones Juradas, etc.), que las aseguradoras tienen obligadamente que elaborar de acuerdo a la normativa vigente.
BENEFICIARIO: Persona a cuyo favor se toma el seguro. Técnicamente se denomina así a la persona que ostenta el derecho a percibir la prestación indemnizatoria del Asegurador.
CAPITAL ASEGURADO: Se llama así al máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.
CARENCIA: Período durante el cual el Asegurado paga primas pero no recibe la cobertura prevista en la póliza. Se extiende desde la fecha de inicio del contrato hasta una fecha posterior determinada. Solo se aplica en los Seguros de Vida y enfermedades para evitar posibles fraudes y antiselección.
CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN / CERTIFICADO INDIVIDUAL DE SEGURO: Documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, como ser: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc.
CONTRATO DE SEGURO: Documento por el cual el Asegurador se obliga, mediante el pago de una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
EDAD LÍMITE: Edad máxima o mínima necesaria para poder estar Asegurado en determinados seguros. Así, en los Seguros de Vida la edad mínima es de 14 años (determinada por Ley), y la máxima depende de cada Entidad Aseguradora, pero generalmente oscila entre los 60 o 65 años.
ESPERANZA DE VIDA: Promedio de los años de vida restantes para un grupo de personas de cierta edad según una tabla particular de mortalidad
EXCLUSIONES DE RIESGOS: Aquellos riesgos o circunstancias expresamente excluidos en la póliza, los cuales se encuentran taxativamente enunciados en el Anexo I de la misma.
FRANQUICIA: Monto que se encuentra a cargo del Asegurado en caso de producirse el siniestro.
INDEMNIZACIÓN: Contraprestación a cargo del Asegurador en caso de producirse el siniestro.
INTERÉS ASEGURABLE: Interés económico, legal y substancial de quien desee contratar una póliza a los fines de cubrir un riesgo . Es el objeto del contrato.
INTERÉS TÉCNICO: Porcentaje mínimo de rentabilidad que un Asegurador garantiza en las bases técnicas de cada modalidad del Seguro de Vida.
LIQUIDADOR: Persona especializada en la evaluación y cálculo de los costos de los Daños y Averías ocurridos durante Siniestros, cuya función primordial es el asesoramiento a las entidades Aseguradoras, o mediante su participación en juicios y otro tipo de conflictos judiciales.
PARTICIPACIÓN EN UTILIDADES: Característico en algunos Seguros de Vida. Reconoce al Asegurado una participación en los beneficios de la Entidad Aseguradora obtenidos en un determinado período.
PLAZO DE GRACIA: Período durante el cual están en vigor las coberturas de la póliza, aunque no se hayan pagado las primas correspondientes, por lo general es de un mes a partir de la fecha de vencimiento de pago de la prima.
PÓLIZA: Instrumento probatorio por excelencia del contrato celebrado entre el Asegurado y el Asegurador. Es aconsejable, antes de celebrarlo, leer todas las cláusulas contenidas en el mismo para tener una información completa de sus términos y condiciones. En él se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan la relación contractual convenida entre el Asegurador y el Asegurado.
PREMIO: Monto compuesto por la prima pura, más una suma determinada para gastos y utilidad del Asegurador, gastos especiales de emisión y de administración (derechos de emisión y recargos administrativos), coeficientes de financiación del pago del premio, comisión del productor y los importes destinados al pago de las tasas, impuestos y contribuciones que grava el contrato y a la operación de seguros.
PRIMA DE RIESGO: En los Seguros de Vida es aquella parte de la prima que está destinada a cubrir exclusivamente la posibilidad de muerte del Asegurado.
PRIMA NIVELADA O CONSTANTE: En los Seguros de Vida es la que permanece inalterable durante toda la vigencia del contrato.
PRIMA PURA: Costo real del riesgo asumido, sin incluir gastos de gestión externa o interna del Asegurador.
PROPUESTA
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