Tipos De Informes De Auditoria
Enviado por victor0192marval • 13 de Mayo de 2013 • 1.811 Palabras (8 Páginas) • 10.565 Visitas
INFORME CORTO
Tratándose de trabajos importantes, generalmente se utiliza el informe corto. Va dirigido a la Junta Directiva o los accionistas de la empresa, dependiendo de quien haya contratado los servicios.
Anteriormente el Informe Corto, contenía una aseveración en el sentido de que el auditor había examinado el sistema de control interno y una advertencia de que no había llevado a cabo una auditoria detallada de las transacciones.
Estos puntos ahora quedan omitidos al mencionar simplemente, que el examen se realizó de acuerdo a las “Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas”. Esto ha constituido un avance importante, ya que indicaba que las normas de auditoria se encontraban suficientemente bien entendidas y definidas, como para que se hiciese necesario hacer mención de los procedimientos específicos utilizados.
Actualmente el informe corto consta de dos párrafos; el primero, también llamado párrafo de “contenido”, se mencionan los estados financieros que han sido examinados y se hace mención de que dicho examen se realizó de acuerdo a las normas de auditoria generalmente aceptadas, así como también, que se aplicaron las técnicas de auditoria de acuerdo a las circunstancias. Si durante el examen fueron omitidos procedimientos requeridos, el auditor debe expresarlo en este párrafo; si la omisión es seria debe expresar salvedades o negar una opinión.
El segundo párrafo, llamado comúnmente párrafo de “opinión” es un enunciado resumen de los hallazgos del auditor, donde expresa su opinión sobre los resultados del examen realizado, aquí se hace mención de la consistencia de los estados financieros. En este, si no se han hecho excepciones, el auditor expresa su opinión en el sentido de que los estados financieros presentan, correctamente, la situación financiera, los resultados de las operaciones, y los cambios en las utilidades retenidas, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados, sobre una base consistente con la del año anterior.
Auditoria I pág. 68-69
INFORME LARGO
Este tipo de informe contiene más información detallada, acerca de los estados financieros, que el informe corto. La información adicional es suministrada por medio de cedulas que muestran comparaciones y análisis.
El objetivo que persigue el auditor, con este tipo de informe, no es el de explicar los procedimientos para verificar las cifras y tampoco formular críticas en la forma de dirigir el negocio. Se trata de dar las explicaciones que hagan más expresivas, si es posible, las cifras de los estados financieros.
El informe largo puede contener una opinión o no, mientras que el informe corto es casi siempre la expresión de una opinión. La objetividad y la imparcialidad para redactar el informe largo es muy necesaria y no debe nunca dejar de medir las repercusiones de sus comentarios, ya que el lector de estos informes no siempre está familiarizado con los problemas mostrados y esta circunstancia puede provocar alarmas, quizás infundadas, si las apreciaciones son imprudentes o si se generaliza peligrosamente. Este tipo de informe es considerado a veces como un documento confidencial, al cual sólo tiene acceso la administración de la empresa, y en algunas ocasiones le facilita una copia al banco con el cual opera.
En la preparación de este documento no existe uniformidad de criterios en cuanto a la disposición del contenido del informe, por tal motivo el mismo quedara a disposición del auditor. Entre uno de los más utilizados está el siguiente:
• Índice de materias.
• Dictamen del auditor.
• Estados financieros.
• Cedulas complementarias a los estados financieros.
• Comentarios a los estados.
• Apéndice.
Opinión parcial:
La opinión debe redactarse en forma tal que considere los estados financieros en conjunto, cuando por alguna circunstancias se vea obligado a emitir opinión parcial por razones que no sean restricciones impuestas por el cliente; sino por el alcance de las pruebas efectuadas en determinado rubro, deberá de abstenerse de emitirla, y en su lugar emitirá una opinión sobre la totalidad de los estados financieros indicando la salvedad que corresponda en cada caso.
Puede ser apropiada una opion parcial en situaciones donde se ha efectuado una auditoria, de acuerdo a las normas generalmente aceptadas para estas, pero debe abstenerse de expresar una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto, debido a la incertidumbre inusitada con respecto al futuro. No es apropiado emitir una opinión parcial, cuando la incertidumbre principal se identifica con la duda relativa a la continuación de la empresa como negocio en marcha.
Para estar en condición de emitir la opinión el auditor en forma objetiva y profesional, el auditor tiene la responsabilidad de reunir los elementos de juicio suficientes que le permitan tener la convicción de.
La autenticidad de los hechos que reflejan los estados financieros.
Que los estados financieros están de acuerdo a los principios de contabilidad, aplicados sobre bases consistentes.
Que los sistemas y métodos aplicados para registrar las operaciones en la contabilidad son adecuados y reflejan los hechos y cambios en la contabilidad y los estados financieros
PAG.79,80
AUDITORIA I / INIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA;
SEXTA REIMPRESIÓN ,1997
Opinión parcial
El auditor que hubiera emitido un dictamen adverso sobre los estados
Contables en su conjunto o se hubiera abstenido de opinar sobre ellos, puede
Emitir una opinión parcial sobre algunos aspectos de la información que
Contienen dichos estados, siempre que ocurra lo siguiente:
1. Considere que esa opinión es de utilidad para los interesados en el
Informe.
2. El alcance de su trabajo, medido con respecto a la significación de los
Rubros parciales sobre los que dictamina, fuera suficiente, y cuando estos
Fueran suficientemente importantes en conjunto.
La opinión parcial debe ser redactada cuidadosamente para evitar que se cree
una confusión en los interesados en el informe con respecto al juicio adverso
sobre los estados contables en conjunto o a la abstención de emitirlo.
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