Un nuevo Acuerdo ntre rep. dominicana y panama
Enviado por yennyfperez • 31 de Octubre de 2015 • Ensayo • 1.384 Palabras (6 Páginas) • 178 Visitas
Acuerdo de alcance parcial entre la república dominicana y panamá
En julio del año 1985 la República Dominicana suscribe el Acuerdo de Alcance Parcial con la República de Panamá, el cual fue ratificado en el año 1987 por el Congreso Nacional. Por medio de lo convenido en el AAP RD- PA, se crea la Comisión Mixta Permanente, la cual concluyó la negociación del Reglamento de Aplicación y sus anexos, en el año 2003. Finalmente, en noviembre del año 2003 entró en vigencia el Acuerdo.
Por su carácter de alcance parcial, circunscribe el libre comercio a las mercancías definidas durante la negociación. Teniendo éstas 4 clasificaciones para los que cumplan con las Normas de Origen y que estén especificadas en una de las siguientes listas: Lista de productos de doble vía, lista de productos de la República Dominicana incluidos en una vía, lista de Productos de la República de Panamá incluidos en una vía y lista de productos establecidos en las Zonas Francas.
En este Acuerdo Comercial se contempla la lista de 120 productos de Doble Vía, 24 productos de una vía desde República Dominicana, 26 productos de parte de la República de Panamá y 29 productos elaborados en las Zonas Francas. Para su aplicación es necesario presentar el certificado de origen predeterminado y los demás documentos requeridos para la declaración aduanera (Factura Comercial, lista de empaque, Conocimiento de Embarque o Guía Aérea, Certificado Fitosanitario o Zoosanitario).
Hacia Panamá, el país exporta: alambres galvanizados, cemento, cacao en grano, harina de maíz, cerveza de malta, hierro, acero, huacales plásticos, otros. Importa desde ese país: Filete congelados, alcohol etílico, puerta y sus marcos, medicinas, jabón de tocador, entre otros.
Acuerdo de la Republica Dominicana y la Comunidad del Caribe.
En agosto del año 1998 la República Dominicana firmó, el Acuerdo ALC RD-CARICOM, comprendiendo entre otros temas, libre acceso de mercancías, eliminación de obstáculos no arancelarios al comercio, establecimiento de reglas de origen, armonización de medidas sanitarias y fitosanitarias; desbloqueo escalonado del comercio de servicios, y, resguardo y fomento de la inversión.
Desde su entrada en vigor, en diciembre del año 2001, los productos originarios de la República Dominicana se benefician de libre acceso en los países más desarrollados de CARICOM (PMDs -Jamaica, Barbados, Trinidad & Tobago, Guyana y Surinam-). De estos países sólo Surinam está pendiente por ponerlo en vigencia. A excepción de aquellos que fueron negociados supeditados a un programa de reducción sobre la tasa arancelaria de Nación Más Favorecida (NMF), que pertenezcan a los países menos desarrollados de CARICOM o que hayan sido producidos en Zonas Francas.
Acuerdo de libre comercio entre la Republica Dominicana y Centro América.
El Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana y los Gobiernos de las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, y Honduras fue firmado en la ciudad de Santo Domingo el 16 de Abril de 1998. El mandato negociador fue establecido con una Declaración y Acuerdo Marco de Cooperación durante la 3ra Reunión Extraordinaria de Presidentes Centroamericanos celebrada en Noviembre de 1997; el Protocolo que contiene los acuerdos alcanzados fue firmado el 28 de noviembre de 1998.
Con la firma de este Tratado se buscó alcanzar un mejor equilibrio en las relaciones comerciales de las Partes, elevar la competitividad del sector servicios, requisito para la facilitación del comercio de mercancías y el flujo de capitales y tecnologías, contribuyendo de manera determinante a consolidar la competitividad sistémica de los países en el área de libre comercio; estimular la expansión y diversificación del comercio de bienes y servicios, reducir las distenciones en el comercio recíproco, promover condiciones de libre competencia, establecer un ordenamiento jurídico con reglas claras, transparentes y de beneficio mutuo para la promoción y protección de las inversiones, así como del intercambio comercial de sus bienes y servicios.
Una vez concretado el Tratado se otorgó recíprocamente libre comercio inmediato al universo arancelario, con la excepción de un número limitado de productos que estarían sujetos a un proceso de desmonte arancelario.
El Tratado tiene como principales objetivos:
- Estimular la expansión y diversificación del comercio de bienes y servicios entre las Partes.
- Promover condiciones de libre competencia dentro del área de Libre Comercio.
- Eliminar recíprocamente las barreras al comercio de bienes y servicios originarios
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