Vocabulario seguros
Enviado por jimmyalx • 11 de Octubre de 2015 • Tarea • 1.634 Palabras (7 Páginas) • 278 Visitas
VOCABULARIO
Indemnización.- Es la compensación por un daño que se haya recibido. El término se emplea principalmente en el ámbito del Derecho y permite a través de él referirnos a la transacción que se realiza entre un acreedor o víctima y un deudor o victimario, es decir, es la compensación que un individuo puede exigir y eventualmente recibir como consecuencia de haber sufrido un daño, o en su defecto por alguna deuda que mantenga con él otra persona o entidad.
Menoscabo.- Este verbo refiere a deteriorar o deslustrar algo al quitarle parte de la estimación que antes tenía; disminuir algo al reducirlo o acortarlo; o causar descrédito en la fama o en la honra.
Inherentes.- El concepto se utiliza para nombrar a aquello que, debido a sus condiciones naturales, resulta imposible separarlo de algo ya que está unido de una manera indivisible a eso.
Nulidad.- Se conoce como nulidad a todo aquello que posee el carácter de nulo (tal como se define a algo que no posee valor). La nulidad, por lo tanto, puede entenderse como el vicio, la declaración o el defecto que minimiza o directamente anula la validez de una determinada cosa.
Testimonio.- Un testimonio es una afirmación de algo. El término proviene del latín testimonium y está vinculado a una demostración o evidencia de la veracidad de una cosa. Por ejemplo: “Un testigo se acercó voluntariamente a brindar su testimonio con el objetivo de contribuir a la causa”, “En el próximo programa tendremos el testimonio exclusivo del empresario acusado de corrupción”, “Espero que mi testimonio ayude a aclarar este asunto”, “Discúlpeme, pero no voy a dar testimonio”.
PAGO DE PRIMAS
Asegurado dispone de un plazo de 8 DÍAS calendario para el Pago de las Primas correspondientes a la cuota inicial caso contrario se anulará automáticamente la Póliza y no habrá cobertura en caso de suscitarse un siniestro.
AMPLIACIÓN DE AVISO DE SINIESTRO
En la Póliza queda entendido, convenido y claramente establecido que el Asegurado podrá reportar a la Compañía de Seguros todo siniestro ocurrido dentro de los 5 días hábiles siguientes a la ocurrencia del siniestro.
CANCELACIÓN DE PÓLIZA
La Compañía queda facultada para cancelar la Póliza en cualquier tiempo y deberá dar aviso al Asegurado por escrito con una anticipación de 30 días por medio de una carta certificada. Y se devolverá al Asegurado la Prima correspondiente al tiempo que faltare para el vencimiento de la Póliza.
ADHESIÓN
Queda entendido y convenido en la Póliza; que si durante la vigencia de esta póliza legalmente aprobada se presenta modificaciones a las Condiciones Generales, se consideran automáticamente incorporadas a la Póliza.
Licitud
COBERTURAS
Defender al Asegurado en cualquier pleito que contra él se promueva o inicie a pagar los gastos en que incurra la compañía, por todos los costos impuestos al Asegurado en tales pleitos gastos que incurran por concepto de primeros auxilios médicos y quirúrgicos.
EXCLUSIONES
Daño corporal sufrido, en el curso de su empleo por cualquiera persona dependiente del Asegurado bajo un contrato de servicio o aprendizaje.
DAÑO A LA PROPIEDAD
Pertenecientes a, u ocupada por, o al cuidado custodia o control del Asegurado o de cualquier sirviente del Asegurado.
DECLARACIONES
Mediante la aceptación de esta Póliza, el citado Asegurado, conviene en que las declaraciones constituyen la Base del contrato, que esta Póliza se emite en fe de la verdad.
PRESCRIPCIÓN
Las acciones y derechos emergentes caducan a los 2 años de producido el siniestro.
JURISDICCIÓN
En caso de litigios a consecuencia o relación con el contrato se someterán las partes a la jurisdicción ecuatoriana. Las acciones en contra de la Compañía o el Asegurado se llevaran a cabo en el domicilio de estos.
CESIÓN DE PÓLIZA
El traspaso o cesión de intereses bajo esta póliza solo se dará si el Asegurado falleciere durante la vigencia de la misma y amparará al sucesor legal.
SUBROGACIÓN
El Asegurado no podrá renunciar en ningún momento durante la vigencia de la póliza a sus derechos contra terceros responsables del siniestro en perjuicio de la Compañía. Reducción y restablecimiento de Suma Asegurada Al haber ocurrido una pérdida parcial sujeta de indemnización, la suma asegurada será reducida a una cantidad igual al valor indemnizado a consecuencia del siniestro.
INCREMENTO EN EL COSTO
La suma asegurada se reducirá desde el momento de la ocurrencia del siniestro, si ésta no ha sido indemnizada.
SEGURO INSUFICIENTE
Cuando, en el momento de un siniestro, los bienes garantizados por la presente Póliza tengan en conjunto un valor total superior a la cantidad por la que hayan sido Asegurados.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
La póliza de Responsabilidad Civil está destinada a proteger al Asegurado en su patrimonio, ante reclamos de terceros a consecuencia de tales afectaciones.
Se trata de una cobertura que puede abarcar desde protección contra reclamos por lesiones o datos a terceras personas derivados en forma directa del ejercicio de su actividad, hasta, por ejemplo, aquellos derivados del uso o consumo de los productos fabricados por su empresa.
La Póliza de Responsabilidad Civil General y de Productos mantiene indemne al asegurado por cuanto éste deba a un tercero como consecuencia de la Responsabilidad Civil en que incurra por el ejercicio de su actividad y por el uso y/o consumo de productos entregados a terceros, con los alcances y límites establecidos en el contrato de seguro.
Puede estar definida en base a riesgos nominados, por ejemplo cubriendo la responsabilidad por incendio, explosión, descargas eléctricas, escapes de gas, carteles, ascensores, etc.; o bien puede estar diseñada en base a un espectro más amplio donde se cubre la responsabilidad por los riesgos que no estén expresamente excluidos de la cobertura. Esto dependerá de las características de la actividad y de las necesidades del cliente en cada caso.
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