Sistema de no violencia mujeres
Enviado por maritzagodinez90 • 15 de Agosto de 2022 • Informe • 918 Palabras (4 Páginas) • 87 Visitas
REGLAMENTO PARA EL FUNCINAMIENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL MUNICIPIO DE IGUALA, GUERRERO.
CAPÍTULO I.
DISPOCISIONES GENERALES
CAPITULO II.
DE LA ORGANIZACIÓN Y DEL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
CAPITULO III.
DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA
CAPITULO IV.
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE TRABAJO
TRANSITORIOS
EL SISTEMA MUNICIPAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL MUNICIPIO DE IGUALA GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 39 Y 59 DE LA LEY 553 DE ACECESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO Y EN EL ARTICULO 69 DE LA LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE GUERRERO.
CONSIDERANDO
Que el primero de febrero de 2007, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en la que se establece que las legislaturas de los estados promoverán las reformas necesarias en las leyes locales para asegurar a las mujeres el derecho a vivir sin violencia.
Que, en concordancia con esta disposición, el 11 de octubre de 2007 en sesión ordinaria del H. Congreso del Estado de Guerrero se presento la iniciativa de Ley 553 de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero.
Que la mencionada Ley, fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero, No. 12 el 08 de febrero de 2008, Ultima reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 95, el 26 de noviembre de 2013.
Que en el articulo 59 de la Ley 553 de Acceso de las mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero, se establece que corresponde a los municipios, instalar el Sistema Municipal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Que el 14 de agosto de 2018, fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 65 Alcance III, el Decreto Numero 772, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, en las que se establecen las facultades y obligaciones de los Ayuntamientos en materia de Igualdad de Genero y de Acceso de las mujeres a una vida libre de Violencia.
Que una vez instalado el Sistema Municipal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres de Iguala, Guerrero, de conformidad con el articulo 109 Bis 1. Fracción III de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal, llevó a cabo diversas reuniones, contando con la participación de sus integrantes, con el propósito de estipular las disposiciones del siguiente reglamento.
Que establecidas las funciones y la organización del sistema municipal, de acuerdo con lo señalado en la Ley 553 de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, se precedió a elaborar el siguiente reglamento.
Por lo anteriormente expuesto y fundado se expide el siguiente:
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL MUNICIPIO DE IGUALA GUERRERO.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. El presente Reglamento es de orden público, de interés social y observancia en el Municipio de Iguala Guerrero. Tiene por objeto, reglamentar el funcionamiento y operación del Sistema Municipal para Prevenir, Atender, Sancionar, y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, de conformidad con las disposiciones de la Ley 553 de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero.
...