ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Coodigo Comercio


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2014  •  338 Palabras (2 Páginas)  •  324 Visitas

Página 1 de 2

digo de Comercio[1].

El Código de Comercio fue aprobado por Decreto del 26 de mayo 1865. Por Decreto del 24 de enero de 1866 se aprobaron los trabajos de la Comisión Revisora que modificó más de 250 artículos y se dispuso que el Código de Comercio entrara en vigencia el 1 de julio de 1866.

El Código Civil fue promulgado el 23 de enero de 1868 y su vigencia fue fijada para el 1 de enero de 1869 por Ley del 4 de agosto de 1868.

Por lo tanto, desde el 1 de enero de 1869, el país tiene dos códigos con disposiciones paralelas y semejantes, pero no iguales, en materia de obligaciones y contratos. Se ha planteado, entonces, la interrogante de si existe dualidad en estas materias o si el Código Civil derogó las disposiciones del Código de Comercio.

I. Sobre la vigencia del Código de Comercio

A. Posición de Pérez Fontana

Pérez Fontana, sostenía que el Código Civil habría derogado las disposiciones sobre obligaciones y contratos del Código de Comercio[1].

1. En favor de su posición argumentaba, en primer lugar, que la disciplina de las obligaciones y contratos siempre constituyó materia propia de la legislación civil. Las ordenanzas y códigos dictados para regir la materia comercial, tradicionalmente, no se han ocupado de ella[2].

2. En segundo lugar, Pérez Fontana argumentaba que la razón de ser de la inclusión de las disposiciones sobre obligaciones y contratos, resultaría de la insuficiencia de las normas sobre Derecho civil existentes a la fecha de entrada en vigor del Código de Comercio[3]. Consecuentemente, con la entrada en vigencia del Código Civil, habrían quedado derogadas las disposiciones del Código de Comercio porque, desaparecida la causa que motivó la inclusión de aquellas normas en el Código de Comercio, no se justificaría la dualidad de legislación sobre las mismas materias.

3. Finalmente, Pérez Fontana fundaba su opinión en el artículo 2.390 del Código Civil que establece: “Quedan absolutamente derogadas todas las leyes y costumbres que han regido hasta aquí sobre las materias que forman el objeto del presente código”.

B. Nuestra posición

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com