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• Ley Sobre Sociedades Anónimas


Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  517 Palabras (3 Páginas)  •  287 Visitas

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Los puntos más relevantes de esta ley son:

o Título I: De la Sociedad y Su constitución.

La Sociedad Anónima (S.A.) es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables.

La S.A. es siempre mercantil.

Las sociedades anónimas (S.A.) pueden ser de dos clases: Abiertas o Cerradas.

Son S.A. abiertas aquellas que:

1. Hacen oferta pública de sus acciones en conformidad a la Ley

de Mercado de Valores (Ley 18.045/81);

2. Tienen 500 o más accionistas;

3. A lo menos el 10% de su capital suscrito pertenece a un

mínimo de 100 accionistas.

Son S.A. cerradas las que no cumplen los requisitos para ser calificadas de abiertas.

Las S.A. abiertas quedan sometidas a la fiscalización de la Superintendencias de Valores y Seguros (S.V.S.) y deberán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y cumplir todas las disposiciones legales que les sean aplicables.

o Título II: Del nombre y del objetivo.

El nombre de la sociedad deberá incluir las palabras “Sociedad Anónima” o la abreviatura “S.A.”

La sociedad anónima podrá tener por objeto u objetos cualquiera actividad lucrativa que no sea contraria a la ley, a la moral, al orden público o a la seguridad del Estado.

o Título III: Del capital social, de las acciones y de los accionistas.

El capital de la S.A. deberá ser fijado de manera precisa en los estatutos y sólo podrá ser aumentado o disminuido por reforma de los mismos.

El capital inicial deberá quedar totalmente suscrito y pagado en un plazo no superior a tres años.

Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes.

Los saldos insolutos (pendientes) de las acciones suscritas y no pagadas serán reajustadas en la misma proporción en que varía la unidad de fomento (U.F.)

o Título IV: De la administración de la sociedad.

La administración de la sociedad anónima la ejerce un directorio elegido por la junta de accionistas.

No podrán ser directores de una S.A.:

1. Los menores de edad;

2. Los que hubiesen sido revocados según lo dispuesto en el Art.77° (por rechazo sucesivo de balances);

3. Las personas encargadas reos o condenados por delitos que merezca pena aflictiva (3 años y un día) o de inhabilitación perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos;

4. Ciertos funcionarios fiscales de empresas u organismos del Estado (etc.).

Tampoco podrán ser directores de una S.A. los senadores, diputados, ministros (y similares), funcionarios de la S.V.S. y los corredores de bolsa.

o Título V: de la fiscalización de la administración.

Las sociedades

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