• Ley Sobre Sociedades Anónimas
Enviado por jolaks • 3 de Mayo de 2014 • 517 Palabras (3 Páginas) • 287 Visitas
Los puntos más relevantes de esta ley son:
o Título I: De la Sociedad y Su constitución.
La Sociedad Anónima (S.A.) es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables.
La S.A. es siempre mercantil.
Las sociedades anónimas (S.A.) pueden ser de dos clases: Abiertas o Cerradas.
Son S.A. abiertas aquellas que:
1. Hacen oferta pública de sus acciones en conformidad a la Ley
de Mercado de Valores (Ley 18.045/81);
2. Tienen 500 o más accionistas;
3. A lo menos el 10% de su capital suscrito pertenece a un
mínimo de 100 accionistas.
Son S.A. cerradas las que no cumplen los requisitos para ser calificadas de abiertas.
Las S.A. abiertas quedan sometidas a la fiscalización de la Superintendencias de Valores y Seguros (S.V.S.) y deberán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y cumplir todas las disposiciones legales que les sean aplicables.
o Título II: Del nombre y del objetivo.
El nombre de la sociedad deberá incluir las palabras “Sociedad Anónima” o la abreviatura “S.A.”
La sociedad anónima podrá tener por objeto u objetos cualquiera actividad lucrativa que no sea contraria a la ley, a la moral, al orden público o a la seguridad del Estado.
o Título III: Del capital social, de las acciones y de los accionistas.
El capital de la S.A. deberá ser fijado de manera precisa en los estatutos y sólo podrá ser aumentado o disminuido por reforma de los mismos.
El capital inicial deberá quedar totalmente suscrito y pagado en un plazo no superior a tres años.
Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes.
Los saldos insolutos (pendientes) de las acciones suscritas y no pagadas serán reajustadas en la misma proporción en que varía la unidad de fomento (U.F.)
o Título IV: De la administración de la sociedad.
La administración de la sociedad anónima la ejerce un directorio elegido por la junta de accionistas.
No podrán ser directores de una S.A.:
1. Los menores de edad;
2. Los que hubiesen sido revocados según lo dispuesto en el Art.77° (por rechazo sucesivo de balances);
3. Las personas encargadas reos o condenados por delitos que merezca pena aflictiva (3 años y un día) o de inhabilitación perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos;
4. Ciertos funcionarios fiscales de empresas u organismos del Estado (etc.).
Tampoco podrán ser directores de una S.A. los senadores, diputados, ministros (y similares), funcionarios de la S.V.S. y los corredores de bolsa.
o Título V: de la fiscalización de la administración.
Las sociedades
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