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Leyes De Educacion Y Psicologia


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2013  •  5.601 Palabras (23 Páginas)  •  413 Visitas

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Principios Fundamentales del Sistema Educativo Venezolano

Los principios fundamentales del Sistema Educativo Venezolano están contemplados en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de Educación. Estos principios constitucionales se expresan en la Ley Orgánica de Educación, al fijar como objetivos de la educación, el pleno desarrollo de la personalidad, la formación de ciudadanos aptos para la vida, el ejercicio de la democracia, el fomento de la cultura y el espíritu de solidaridad humana. Además, se considera a la educación como un servicio público y como una función primordial e indeclinable del Estado, así como un derecho permanente e irrenunciable de la persona.

En las Disposiciones Generales de la Ley Orgánica de Educación, Titulo II, Capitulo I, se define al Sistema Educativo "como un conjunto orgánico, integrador de políticas y servicios que garanticen la unidad del proceso educativo, tanto escolar como extra-escolar y su continuidad a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de educación permanente. Asimismo, el sistema educativo se fundamenta en principios de unidad, coordinación, factibilidad, regionalización, flexibilidad e innovación".

La educación en Venezuela es gratuita y obligatoria entre los 7 y los 14 años de edad; asimismo, el Estado garantiza la gratuidad de la enseñanza pública secundaria y universitaria. La evolución de la alfabetización ha sido creciente y especialmente acelerada durante el periodo 1950-1990; la tasa de alfabetización en los habitantes de más de 10 años pasó del 51,2% en 1950 al 92,7% en 1994.

El Sistema Educativo Venezolano (según el Artículo 16 de la L.O.E.) está comprendido por niveles y modalidades. Los niveles se refieren a: la Educación Preescolar, la Educación Básica, la Educación Media Diversificada y Profesional y la Educación Superior. En cuanto a las modalidades del Sistema Educativo se tiene: la Educación Especial, la Educación para las Artes, la educación Militar, la Educación para la Formación de Ministros de Culto, la Educación para Adultos y la Educación Extra-escolar.

Reglamento

El reglamento de la Ley Orgánica de Educación tiene por objeto establecer normas y directrices complementarias sobre el sistema, el proceso y los regímenes educativos. Este reglamento rige para todos los niveles y modalidades del sistema educativo, excepto para el nivel de enseñanza superior. El sistema educativo venezolano comprende cuatro niveles: educación preescolar, educación básica, educación media diversificada y profesional, y educación superior.

La Educación preescolar o inicial constituye el primer nivel obligatorio del sistema educativo y dura un año escolar. La Educación Inicial es el primer nivel del Sistema Educativo, cuya finalidad es facilitar y mediar la formación integral del niño o niña, apoyando su desarrollo y crecimiento a través de distintos programas y estrategias convencionales y no convencionales que involucran a la familia y la comunidad, con la orientación docente especializada, en función de las áreas de desarrollo. Comprende las siguientes fases: maternal (niños de 0 a 3 años) y la preescolar obligatoria (niños de 3 a 6 años). Misión: La Dirección de Educación Preescolar tiene como propósito fundamental formular y evaluar las políticas educativas y los lineamientos curriculares del nivel inicial, que garanticen una atención integral de calidad a la población infantil de 0 a 6 años, con la participación de la familia y la comunidad. Funciones: ampliación de la cobertura y mejoramiento de la calidad de atención a la población de 0 a 6 años. Atención y protección integral a la infancia a través del fortalecimiento de redes intersectoriales, interinstitucionales y comunitarias. Fortalecimiento de la familia como primera institución educativa del niño y la niña.

La Educación Básica debe promover la formación integral, que sirva de base para el aprendizaje y el desarrollo humano permanente de cada persona, incluidas las políticas de orientación pre-vocacional y de formación en, por y para el trabajo.

Es el segundo nivel de la educación obligatoria y comprende nueve años de estudio al cabo de los cuales se otorga la certificación correspondiente.

La Educación media diversificada y profesional está articulada curricular y administrativamente con la educación superior. La Educación Media tiene por finalidad profundizar los conocimientos científicos, humanísticos y tecnológicos de los estudiantes, así como continuar con su formación ética y ciudadana y particularmente, prepararlos para su incorporación digna y eficaz al mercado de trabajo y para proseguir sus estudios en educación superior, constituye el tercer nivel educativo, cuya duración es de 3 años. La culminación de los estudios de educación media conducirá a la obtención del Título de bachiller y quienes hayan aprobado todos los requisitos establecidos obtendrán el título de Técnico Profesional. Misión: La Dirección de Educación Media Diversificada y

Profesional es el organismo que garantiza a los estudiantes inscritos en el Nivel, su permanencia y egreso exitoso, mediante una formación integral científica, humanística y técnica que posibilite la incorporación al trabajo productivo y la prosecución de estudios superiores.

Educación especial: tiene como objetivo atender a aquellas personas cuyas características físicas, intelectuales o emocionales les impida adaptarse y progresar en los diferentes niveles del sistema educativo. Igualmente presta atención especializada a aquellas personas que posean aptitudes superiores a lo normal. La Educación Especial está enmarcada en el derecho a una educación de calidad para todos que dé respuesta a la diversidad. Las personas con necesidades educativas especiales no pueden ser discriminados ni excluidos de la escuela. Es una variante escolar del sistema educativo venezolano que se inscribe en los mismos principios y fines de la Educación, en general manteniendo una relación de interdependencia con el resto del Sistema. Representa la garantía del derecho a la educación para las Personas con Retardo Mental, Autismo, Deficiencias Visuales, Deficiencias Auditivas, Dificultad del Aprendizaje, Talento e impedimentos Físicos desde temprana edad hasta la adultez. La Dirección de Educación Especial del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes establece, como instancia nacional, la política educativa para garantizar a los niños jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales el acceso a la Educación Integral, el respeto a la diversidad en igualdad de condiciones y oportunidades, de manera que participen activa y responsablemente en los cambios requeridos en el desarrollo

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