ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Nutrición Publica


Enviado por   •  1 de Septiembre de 2014  •  1.941 Palabras (8 Páginas)  •  184 Visitas

Página 1 de 8

ANALISIS DEL CASO GÜRTEL

1. ¿Por qué el caso hace parte del derecho penal económico?

file:///C:/Users/Martha%20Vargas/Downloads/Dialnet-ElConceptoDeDerechoEconomicoDeDerechoPenalEconomic-2649428.pdf bibliografia

En el presente caso se observa como una red de empresas a cargo del señor Francisco Correa (Gürtel) inician una trama de corrupción en la cual se soborna a cargos del partido popular, un partido político español que gobierna ampliamente en las comunidades de Madrid y Valencia, con dineros, regalos, caprichos y diferentes dadivas para conseguir la adjudicación de contratos obteniendo beneficios tanto para si como para terceros.

Las conductas delictivas nombradas anteriormente, fueron acciones que se llevaron a cabo por los directivos y administradores de las empresas: Special Events, Pasadena Viajes, S.L, Easy Concept, Good and Better, S.L. y Orange Market, bajo la dirección del señor Francisco Correa, usando el andamiaje social de las mismas para ejecutar dichos contratos estatales y a su vez obteniendo beneficio económico.

Con base en TIEDEMANN el derecho penal económico comprende el derecho de empresas, esto es, resolver el problema de quien debe ser admitido como empresario y cuáles son las condiciones básicas del funcionamiento de estas, de la misma manera, comprende las regulaciones de las empresas entre sí, así como las formas de comportamiento en materia de competencia, adicionalmente este concepto se amplía cuando incluye las normas jurídicas concernientes en la regulación, producción , fabricación y reparto de bienes económicos, que se diferencian de los delitos del derecho penal patrimonial ya que exigen la protección de un bien jurídico supraindividual o colectivo.

Con base en lo anterior podemos decir frente al caso que estamos ante un criterio de criminalidad de empresa o “corporate crime”, dado que los directivos de estas empresas y el señor Fernando Correa, realizo a través del engranaje social de la mismas los sobornos, así como la ejecución de los contratos que obtuvieron de forma fraudulenta obteniendo lucro tanto para el como para los miembros de esta trama de corrupción vulnerando bienes jurídicos de carácter supraindividual, siendo este caso, un caso que pertenece al derecho penal económico y empresarial.

2. ¿En cuál de las teorías de la definición del criminal se puede encajar el caso?

Francisco Correa Sánchez (Gürtel), inicio su vida laboral desempeñándose como botones de un hotel, posteriormente se dedicó a trabajar en una agencia de viajes donde llego a ser director comercial, debido a su éxito en esta rama del comercio decidio establecerse de forma independiente, asi mismo su matrimonio María del Carmen Rodríguez Quijano le ayudo a mejorar su estatus dado que lo acerco al campo de la política, donde empezó a relacionarse con varios miembros del partido popular en España.

La teoría de criminalidad económica en la que podríamos encajar al señor Francisco Correa, sería la teoría del Criminal de Cuello Blanco, SUTHERLAND, manifiesta que “el delito de cuello blanco es el crimen cometido por una persona de respetabilidad y un estatus social alto en el curso de su ocupación.” Necesariamente la persona de status socio-económico que comete un crimen de esta naturaleza, tiene que desarrollarlo en áreas y ámbitos relacionados íntimamente con sus ocupaciones profesionales. Esto quiere decir, que una persona de status social bajo puede cometer un crimen de alta consideración económica distanciada de su actividad profesional; también, alguien de status socio-económico muy elevado puede cometer un delito común: estos no son crímenes de cuello blanco.”

Entre las características de este tipo de criminales encontramos la especial astucia y conocimientos por quienes comenten los delitos, la imagen de honorabilidad del Autor, normalmente debido a su posición social, estudios, profesión o situación económica o política, la cercanía estrecha al poder económico o político, la escasa visibilidad del delito y falta de estadísticas criminales; por otra parte entre los rasgos psicológicos de este tipo de delincuentes encontramos: que son personas materialistas dado que solo le dan valor a los bienes materiales , el valor que ellos dan a las demás cosas (intelecto, relaciones personales) es por su valor económico; son personas egocéntricas; Narcisas esto es soberbios, inestables; así mismo peligrosas ya que no valoran los límites éticos – el fin justifica los medios-.

En el caso de Gúrtel, observamos que el señor Francisco Correa es poliglota lo que le facilito ascender en el mercado de la industria turística, su segunda esposa, la señora Maria del Carmen pertenece a un alto estatus social y dado a que ella trabajó como jefa de gabinete del alcalde de Majadahonda, Guillermo Ortega le permitió a acercarse aún más a miembros de la política, específicamente a los militantes del partido popular, hasta lograr convertirse en el mayor organizador de eventos y actos públicos de este partido, así mismo este hombre según se observa en el caso, tenía un estilo de vida bastante lujoso, andando siempre vehículos de alta gama, siempre andaba con ropa costosa, era narciso, educado y déspota, sin nombrar que era un empresario reconocido y respetado tanto en su campo comercial como en la sociedad.

Por las razones antes nombradas podemos concluir que el perfil de esta persona se adecua a la teoría de la criminalidad de cuello blanco. http://elpais.com/diario/2009/10/18/domingo/1255837955_850215.html http://hoy.com.do/el-crimen-de-cuello-blanco-segun-sutherland/

3. ¿Responsabilidad Penal o Medidas Administrativas?

http://www.contraloriagen.gov.co/documents/10136/49245504/cartilla-estatuto-anticorrupcion.pdf/aa1f4544-3756-40be-9f3e-6cdbec1197ef

El presente caso no ha sido resuelto en sentencia aun, sin embargo debido al tipo de criminalidad que se está tratando no es mucho lo que medidas como la pena privativa de la libertad pueda hacer sin decir que no que sea aplicables para ellos sanciones de responsabilidad penal. Este tipos de delincuentes como Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez, no temen a la cárcel dada la complejidad de estos delitos en el escenario probatorios así como la facilidad económica que estos poseen, estas personas atesoran más que su libertad, sus cuentas bancarias y el dinero percibido en la comisión de delitos,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (13 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com