Obedientes Y Reveldes
Enviado por sandy996 • 11 de Mayo de 2013 • 516 Palabras (3 Páginas) • 286 Visitas
727.431+CERTIFICADO DE DEPÓSITO Y BONO DE PRENDA
- Los almacenes generales de depósito podrán expedir, como consecuencia del depósito de mercaderías, certificados de depósito y bonos de prenda.
Los certificados de depósito incorporan los derechos del depositante sobre las mercaderías depositadas y están destinados a servir como instrumento de enajenación, transfiriendo a su adquirente los mencionados derechos.
El bono de prenda incorpora un crédito prendario sobre las mercaderías amparadas por el certificado de depósito y confiere por sí mismo los derechos y privilegios de la prenda.
- El certificado y, en su caso, el formulario de bono, se entregarán por el almacén a requerimiento y costo del depositante.
Requisitos - Además de los requisitos generales, el certificado de depósito y el bono de prenda deberán contener:
1. La mención de ser "certificado de depósito" y "bono de prenda" respectivamente;
2. La designación del almacén, el lugar de depósito y la fecha de expedición del documento;
3. Una descripción pormenorizada de las mercancías depositadas, con todos los datos necesarios para su identificación, o la indicación, en su caso, de que se trata de mercancías genéricamente designadas;
4. La constancia de haberse constituido el depósito;
5. Las tarifas por concepto de almacenaje y demás prestaciones a que tenga derecho el almacén;
6. El importe del seguro y el nombre del asegurador;
7. El plazo del depósito, y
8. Los demás requisitos que exijan los reglamentos.
El certificado de depósito contendrá, además, la estimación del valor de las mercancías depositadas.
Otros requisitos-El bono de prenda contendrá, además:
1. El nombre del beneficiario, en su caso;
2. El importe y la fecha de vencimiento del crédito que en el bono de prenda se incorpora. Este dato se anotará en el certificado al ser emitido el bono;
3. La indicación de haberse hecho en el certificado la anotación de la emisión del bono, y
4. Las firmas del tenedor del certificado y del almacén que haya intervenido en la operación.
- El vencimiento del crédito prendario no podrá exceder al plazo del depósito.
- Si no se hiciere constar en el bono el interés pactado, se entenderá que su importe se ha descontado.
- Tanto el certificado como el bono podrán ser nominativos, a la orden o al portador.
- El certificado de depósito y el bono de prenda serán negociables conjunta o separadamente.
- El tenedor del certificado que haya constituido el crédito prendario, estará en la misma situación jurídica que el aceptante de una letra de cambio o el otorgante de un pagaré negociable.
El almacén general que firme el certificado de depósito y el bono de prenda garantiza la existencia de las mercaderías,
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