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Trabajo Grupal: Actividad de discusión en sub-grupos: Ética de la investigación psicológica


Enviado por   •  12 de Junio de 2017  •  Trabajo  •  508 Palabras (3 Páginas)  •  130 Visitas

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Trabajo Grupal: Actividad de discusión en sub-grupos: Ética de la investigación psicológica.

        En esta situación se viola principalmente el principio de Confidencialidad establecido por el Código de Ética de la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico. Se observa esta falta desde que comienza la situación cuando el psicólogo acuerda divulgar el informe de la evaluación con el director ejecutivo. Luego, otra falta se ve cuando el psicólogo no le brinda la orientación necesaria acerca de los asuntos de confidencialidad y no toma el consentimiento del paciente acerca de la divulgación de su evaluación con su administrador. ¿Por qué se consideran faltas? El Código de Ética establece que toda información del paciente es estrictamente confidencial y que debe guardar y respetar los secretos de la evaluación del paciente. Además, según el Código de Ética, el psicólogo debe informar y orientar al paciente acerca de las limitaciones del principio de confidencialidad y tomar el consentimiento de la persona por escrito antes de divulgar cualquier información del paciente. Dichos establecimientos fueron infringidos por el psicólogo. Una vez terminada la evaluación del paciente, el psicólogo informó al director ejecutivo acerca de los resultados y este despidió al empleado. En este momento se puede ver cómo el psicólogo no cumplió con su responsabilidad de promover el bienestar de su paciente y quebrantó otro de los establecimientos del Código de Ética que dice que el psicólogo no debe divulgar información sin primero conocer el propósito de quienes la reciben.

        Pudimos ver que todos los profesionales tuvieron un mal manejo de la situación. Para comenzar, el ejecutivo debió haberle informado a su empleado el propósito de las visitas al psicólogo debido a que tiene derecho a saber sobre su situación laboral y no llevarlo. El psicólogo involucrado en esta situación debió pedir evidencia escrita del propósito y uso que se le dará la información provista por el psicólogo para promover integrad, interés y bienestar del paciente. Además no debió acceder al entregarle información al administrador de la evaluación de su paciente sin antes tener un consentimiento firmado por el empleado el cual autorizara a la divulgación de su información y explicarle a su cliente las posibles consecuencias de tal divulgación. También debió haber orientado a su cliente acerca de procesos de confidencialidad y asegurarse de que su paciente estuviera informado acerca del propósito de las secciones. Por parte del empleado no debió asumir que lo que pasara en las sesiones era confidencial sino que debió preguntar para asegurarse que fuera totalmente confidencial.

        Según la situación expuesta en la situación #1 si se deberían tomar medidas o sanciones. Al ejecutivo se le debe haber sancionado o dado una advertencia por no seguir el protocolo adecuado al momento de evaluar a un empleado. Al psicólogo deberá ser multado y removido la licencia por un plazo de tiempo debido a incumplimiento del Código y haber causa daño a un cliente ocasionando el desempleo al cliente.

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