Unidad 1 Personas Sesión 2 Persona, personalidad y personería
Enviado por Ivette Olvera • 9 de Mayo de 2019 • Trabajo • 1.229 Palabras (5 Páginas) • 658 Visitas
[pic 1] [pic 2]
Licenciatura en Derecho
(DE-DEPFBS-1901-M3-009)
Ivette Olvera Sánchez
Matricula ES1911001154
Módulo 3 Persona, Familia, Bienes y Sucesiones
Unidad 1 Personas Sesión 2 Persona, personalidad y personería
Actividad 1 Las Personas
Distinción entre Persona y Personalidad
En sentido jurídico, persona es todo sujeto de derecho y bien el termino persona se atribuye al ser humano y en termino jurídico tiene un significado más amplio, la persona física es capaz de ser titular de Derechos y obligaciones mientras que la personalidad es la característica de cada individuo a ser capaz de razonar, cuestionar, actuar y resolver en resumen son rasgos y cualidades que distinguen a cada persona.
Definición de Personería
La personería se define como la aptitud a ser sujetos de derechos y obligaciones con la capacidad para poder ejercerlos, esta capacidad contiene dos especies:
Capacidad de Goce: Se hace uso de las prerrogativas o beneficios que la ley les concede tal como el derecho a la vida o a la salud.
Capacidad de ejercicio: Se trata de ejercer los derechos que la legislación otorga, asumiendo las posibles conductas exigidas para su cumplimiento en su carácter de deudor de obligaciones.
Definición de Legitimación
Sería la facultad o derecho de una persona a poder reclamar algo, la legitimación otorga a un sujeto poder adoptar una conducta determinada.
Tipos de representación
La representación puede ser:
- Voluntaria
- Legal
- Orgánica
También:
Directa | Indirecta |
Poder | Gestor de negocios |
Tutor | Mandato sin representación |
Padres en ejercicio de patria potestad | Prestación de servicios profesionales |
Administrador de sociedades |
Fuentes:
https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/M3_DEPFBS_2017_02/U1/S2/Descargables/DE_M3_U1_S2_TA.pdf (Texto de Apoyo UnadM)
https://www.upg.mx/wp-content/uploads/2015/10/LIBRO-12-Derecho_civil_I.pdf (Derecho Civil 1, 2019)
[pic 3] [pic 4]
Licenciatura en Derecho
(DE-DEPFBS-1901-M3-009)
Ivette Olvera Sánchez
Matricula ES1911001154
Módulo 3 Persona, familia, bienes y sucesiones
Unidad 1 Personas Sesión 2 Persona, personalidad y personería
Actividad 2 Atributos y la capacidad de las personas físicas y morales
Persona Física
Todo miembro de la especie humana es susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, tal como lo menciona el Código Civil Federal en su Título Primero de las personas físicas, Articulo 22 (Codigo Civil Federal Art 22, 2019)
Atributos
- Personalidad Jurídica, como lo mencionamos anteriormente
- Capacidad, aptitud del sujeto para ejercer derechos y obligaciones
- Nombre, es el atributo que tiene cada persona para distinguirse de otras y tener una propia entidad
- Domicilio, capacidad del sujeto a tener un hogar, un domicilio donde se le pueda localizar personalmente y jurídicamente
- Estado Civil, sería su situación jurídica dentro de su familia y su relación como se define con otras personas siendo familia política.
- Patrimonio, conjunto de bienes que definen su estado económico haciendo que adopte obligaciones
- Nacionalidad, atributo jurídico que hace señalar a un sujeto miembro de un pueblo, lugar, etc.
Persona Moral
Son un conjunto de personas o individuos que se unen para la realización de un fin colectivo. Código Civil del Distrito Federal, Titulo Segundo de las personas morales Art 33 (Codigo Civil del Distrito Federal Art 33, 2019)
Atributos
- Personalidad Jurídica, cada individuo se caracteriza por tener su propia personalidad, y su personalidad jurídica todos tienen el poder para ejercerla
- Capacidad, su capacidad de goce, de ser titulares de sus derechos y obligaciones al igual para ejercerlas
- Nombre, tener la capacidad de diferenciarse de cada individuo teniendo el nombre que le otorgaron por derecho sus padres
- Domicilio, como lo dice el Código Civil del Distrito Federal en su Título Tercero Articulo 33 “Las personas morales tiene su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración”
- Patrimonio, el atributo que se comparte con las personas físicas en el cual se desarrolla su objeto social
- Nacionalidad, desde la vista doctrinal, tiene 4 teorías: el lugar donde se encuentra o su sede, fundación o incorporación, control, donde hace sus actividades económicas.
Fuentes:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_090318.pdf (Codigo Civil Federal Art 22, 2019)
http://www.aldf.gob.mx/archivo-c9dc6843e50163a0d2628615e069b140.pdf (Codigo Civil del Distrito Federal Art 33, 2019)
[pic 5] [pic 6]
...