Audiencia a los interesados
Enviado por julianyavismay • 10 de Septiembre de 2014 • 319 Palabras (2 Páginas) • 250 Visitas
• Audiencia a los interesados. Es el trámite inmediatamente anterior a dictar la propuesta de resolución después de darse por finalizada totalmente la instrucción del expediente.
• Información pública. Si la administración lo considera necesario, puede anunciar en el boletín oficial correspondiente la iniciación del procedimiento administrativo.
Terminación
Los procedimientos administrativos pueden finalizar de las siguientes maneras:
• Resolución. Pone fin al procedimiento y en ella se debe dar expresa respuesta a todas las cuestiones planteadas por los interesados. Las resoluciones deberán ser motivadas.
• Desistimiento. Se produce cuando el interesado renuncia a continuar con el procedimiento. El desistimiento no implica la pérdida del derecho, ya que el interesado puede solicitar el reconocimiento de ese mismo derecho por otro procedimiento.
• Renuncia. Se produce cuando el interesado abandona su derecho. La renuncia implica que el interesado no podrá ejercitar ese mismo derecho en otro procedimiento
• Caducidad. Cuando se paraliza un procedimiento por culpa del interesado la administración da por finalizada la instrucción y archiva todas las actuaciones.
2. DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
a. Clasificación de los servidores públicos según la modalidad de vinculación a la administración publica
art 123 de Constitución Política de Colombia
Los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.
b. Definir empleados públicos
Un empleado público es una persona que brinda un servicio de utilidad social. Esto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas y no genera ganancias privadas (más allá del salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo).
c. Definir trabajadores oficiales
Tienen este carácter quienes prestan sus servicios en actividades de construcción y sostenimiento de obras públicas y su vinculación laboral se realiza mediante un contrato de trabajo.
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