Psicologia
Enviado por pao50 • 27 de Noviembre de 2014 • 422 Palabras (2 Páginas) • 173 Visitas
CAPITULO IV
CASO DE ABANDONO Y DESAPARICION.
TEORIAS IUSRACIONALISTA Y POSITIVISTA
PAOLA ANDREA TRUJILLO DIAZ
ID: 324109
CONSTITUCION POLITICA
CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
PSICOLOGIA
BOGOTA ,05 DE NOVIEMBRE DEL 2014
1. CASO I: ABANDONO INFANTIL
Basada en nuestra constitución política en este caso se están vulnerando los siguientes derechos, en este caso es claro tener en cuenta que nuestros niños y adolescentes deben ser cuidados según lo establecido por la constitución ,pero en Colombia se ha convertido en un fenómeno social el abandono, maltrato, asesinato e incluso hasta el acceso carnal violento expresado más significativamente en contra de la población infantil, no solo se ven violentados los derechos a una familia, a una salud, a una vivienda digna sino también se ven vulnerados derechos tales como LA EDUCACION :
• Derechos de protección a niños y adolescentes estos derechos los encontramos en los artículos del 44 al 50 en nuestra constitución que precisamente son todos los derechos que hacen referencia a la protección total y parcial de los niños y adolescentes:
Artículo 42:
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad, por lo tanto cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme la ley.
Artículo 43:
La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozara de especial asistencia y protección del estado y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.
2. CASO II : DESAPARICION:
Según nuestra constitución política en este caso se vulneran los siguientes derechos y los relaciono directamente con el artículo que dentro de la máxima protectora de derechos de toda persona en Colombia los contiene:
Artículo 28: toda persona es libre ,nadie puede ser molestado en su persona o familia ,ni reducido a prisión o arresto ,ni detenido, ni su domicilio registrado sino en virtud del mandamiento
Artículo 30:
Quien este privado de su libertad y creyere estarlo ilegalmente tiene derecho a invocarlo ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por si o por interpuesta persona, el habeas corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis horas.
Cabe mencionar que este caso de desaparición no solo se vulnera la integridad sino también derechos como la falta de libertad individual, una vida digna, el derecho a la salud, a la educación, a la justicia, a la paz, a la igualdad entre otros
...