AQUÍ HAY ...TALENTO
Enviado por francyelena003 • 20 de Septiembre de 2014 • 5.325 Palabras (22 Páginas) • 183 Visitas
PROGRAMA DE JORNADA EXTENDIDA Y COMPLEMENTARIA
COORDINACION TALENTOS ESPECIALES Y EXCEPCIONALES
“AQUÍ SI HAY…TALENTO”
2013
PRESENTACION
REFLEXION: TODOS TENEMOS TALENTO
La madre de un niño que con seis años andaba con las manos alentó la aptitud natural de su hijo y lo inscribió en un gimnasio. Podía haberle dicho que dejara de hacer tonterías. Ese niño es Bart Conner, el atleta más laureado de la historia de la gimnasia masculina de EE UU.
Es falsa la idea de que el talento es propiedad exclusiva de un puñado de privilegiados. TODOS TENEMOS TALENTO. El punto de inflexión es cuando amas aquello que haces. El talento tiene que ver con descubrir aptitudes naturales y alentarlas activamente.
Se debe tener el convencimiento de que la mayoría de adultos no tienen ni idea de cuáles son sus talentos, que dedican sus vidas a trabajos que quizás les parecen interesantes, pero no sienten pasión.
Es necesario potenciar la diversidad para auto realizarnos porque la única forma de descubrir talentos es pensar de forma diferente.
La educación juega un papel fundamental, aunque no el único. Los niños de ahora harán trabajos que aún no están inventados. Para que las economías prosperen necesitamos niños que piensen de forma creativa y entiendan los valores culturales. La creatividad son ideas originales que tienen un valor.
Necesitamos profesores que no sólo sean capaces de enseñar cosas, sino que DEJEN A LOS NIÑOS ESPACIOS PARA CULTIVAR SU TALENTO. Cada persona aprende de forma diferente, por eso es importante la forma de enseñar.
INTRODUCCION
El Ministerio plantea a las Secretarías de Educación la urgencia de determinar la demanda real de estudiantes por tipo de necesidad educativa especial, con el fin de brindar oportunamente los apoyos pedagógicos requeridos para la organización de una oferta educativa que responda a sus particularidades: docentes y profesionales de apoyo, canasta educativa y asesoría técnico pedagógica, entre otros. De otro lado, los estudiantes con capacidades o talentos excepcionales integrados a la educación formal, constituyen otro tipo de reto para las instituciones y docentes, que invite a cualificar la práctica educativa.
Su situación también requiere ser identificada en forma temprana, con el objeto de brindar las condiciones pedagógicas, sociales y organizacionales que permitan potenciar sus capacidades e integrarse a la comunidad. Tanto quienes poseen capacidades excepcionales generales para el aprendizaje, como los que tienen talentos particulares -científicos, tecnológicos, artísticos, subjetivos- se benefician de propuestas educativas que consideran sus características, que sean abiertas, flexibles, variadas y motivadoras, y que les permita dedicarse a las tareas, ser creativos y producir ideas, objetos o procesos en las áreas de su interés. Si las capacidades de estas personas no son identificadas, ni se da una respuesta adecuada a sus necesidades, se pierde la posibilidad de que éstas se desarrollen oportunamente y pueden surgir dificultades de adaptación a la escuela. Por ello, para cualificar el proceso educativo de los estudiantes con discapacidad o con capacidades excepcionales, el Ministerio de Educación está produciendo orientaciones técnico-pedagógicas que permitan a instituciones y docentes mejorar la comprensión y las prácticas relacionadas con la educación de este grupo poblacional.
PRINCIPIOS
DECRETO 2082 DE 1996
(Noviembre 18)
Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades previstas en el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo dispuesto en el Capítulo 1 del Título III de la Ley 115 de 1994,
Ver la Resolución de la Secretaría de Educación 2565 de 2003
DECRETA:
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1º.- La educación de las personas con limitaciones ya sea de orden físico, sensorial, psíquico, cognoscitivo o emocional y para las personas con capacidades o talentos excepcionales, hace parte del servicio público educativo y se atenderá de acuerdo con la Ley 115 de 1994, las normas que la reglamentan, las reglas establecidas en el presente Decreto y las disposiciones que para el efecto dicten las entidades territoriales.
Artículo 2º.- La atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, será de carácter formal, no formal e informal.
Se impartirá a través de un proceso de formación en instituciones educativas estatales y privadas, de manera directa o mediante convenio, o de programas de la cultura, el ambiente y las necesidades particulares.
Para satisfacer las necesidades educativas y de integración académica, laboral y social de esta población, se hará uso de estrategias pedagógicas, de medios y lenguajes comunicativos apropiados, de experiencias y de apoyos didácticos, terapéuticos y tecnológicos, de una organización de los tiempos y espacios dedicados a la actividad pedagógica y de flexibilidad en los requerimientos de edad, que respondan a sus particulares.
Artículo 3º.- La atención educativa para las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, se fundamentan particularmente en los siguientes principios:
INTEGRACIÓN SOCIAL Y EDUCATIVA: Por el cual esta población se incorpora al servicio público educativo del país, para recibir la atención que requiere, dentro de los servicios que regularmente se ofrecen, brindando los apoyos especiales de carácter pedagógico, terapéutico y tecnológico que sean necesarios.
DESARROLLO HUMANO: Por el cual se reconoce que deben crearse condiciones de pedagogía para que las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, puedan desarrollar íntegramente sus potencialidades, satisfacer sus intereses y alcanzar el logro de valores humanos, éticos, intelectuales, culturales, ambientales y sociales.
OPORTUNIDAD Y EQUILIBRIO: Según el cual el servicio educativo se debe organizar y brindar de tal manera que se facilite el acceso, la permanencia y el adecuado cubrimiento de las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.
SOPORTE ESPECÍFICO: Por el cual esta población pueda recibir atención específica y en determinados casos, individual y calificada, dentro del
...