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Enviado por dydydy • 22 de Septiembre de 2014 • 6.076 Palabras (25 Páginas) • 210 Visitas
3. Sostiene la doctrina que, el fundamento que legitima la potestad del acreedor, de afectar el patrimonio del deudor, en caso de incumplimiento o inejecución, radica en lo que se conoce como "prenda común" o "garantía colectiva", esto es, que para hacerse pago, para cubrir su crédito, aquel está facultado para gravar cualquier bien integrante del patrimonio del deudor, no se trata de un bien individualizado o determinado específicamente sino de cualquiera de los que existan al momento de la ejecución.
CAPITULO II
Concepto y evolución histórica de la obligación
1. LUIS ROMERO ZAVALA en su libro DERECHO DE LAS OBLIGACIONES EEN EL PERÚ TOMO I, nos da a conocer: El derecho romano, mediante las INSTITUCIONES de JUSTINIANO( de quien se dice recogió la definición dada por FLORENTINO)definió la obligación en los siguientes términos: "obligatio est juris vinculum,quo necesítate adstringimur alicuius solvendaerei secumdum nostrae civitatis iura", que quiere decir: "la obligación es un vinculo jurídico que nos impone la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad". Otro texto se atribuye a PAULO del cual se deriva esta definición: "obligatio est juris vinculum, quo necesítate adstringimur ad aliquid dandum, vel faciendum vel praestandum".
En ambas definiciones, la obligación es un vinculo jurídico. Esto es lo característico del derecho romano y refleja claramente el sentido y la estructura de la obligación en esa época, que consiste en un estado de sujeción jurídica, sometimiento total en que se encuentra el deudor, al extremo de convertirse en esclavo del acreedor; y aún posteriormente cuando la obligación deja de ser un sometimiento personal sujeción absoluta aún subsiste.
2. Otro concepto; La obligación es un vinculo que nos obliga a cumplir un determinada conducta.
En términos semejantes se define en las instituciones de justiniano: " La obligación es un vinculo jurídico por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad".
Además, encontramos que : " la esencia de la obligación no consiste en que uno haga nuestra cosa o una servidumbre, si no en constreñir a otro para que nos dé, haga o indemnice algo".
Al igual que otros conceptos romanos, la obligación sufrió transformaciones a lo largo de su vida jurídica y por tanto se hace necesariosegui8r su evolución en las distintas etapas históricas.
Según el autor Italiano Bonfante, el concepto de obligación debió haber aparecido en el campo de los delitos, la responsabilidad penal implica el sometimiento del infractor quien quedaba obligatus; es decir, sometido a la victima. Tanto el ladrón como el que pedía prestado quedaban obligados con su propia persona; más que tener un significado patrimonial la obligación implica un sometimiento personal. Así, por ejemplo, al celebrarse un préstamo por medio del, nexum, se creaba un dependencia de carácter físico entre acreedor y deudor.
Este sometimiento fisco ocasionaba que en caso de incumplimiento el deudor pudiera perder la libertad e incluso la vida, situación por además primitiva e injusta que fue corregida en gran parte en le año 326 a.c., por la lex poetelia papiria que prohibió la venta y el derecho de dar muerte al deudor incumplido, estableciendo además la circunstancia de que una persona sólo respondía con sus bienes por aquella obligación que hubiera contraído, salvo que éstas provinieran de un delito.
Es a partir de este momento cuando aparece el concepto de obligación como un lazo o vinculo jurídico entre los sujetos de la misma, por el cual el acreedor tiene derecho a determinar conducta que el deudor debe realizar.
Refiriéndose al deudor podemos diferenciar dos aspectos distintos de la obligación : debitum o deuda; es decir, el deber de cumplir, y obligatio o responsabilidad, o sea, la sujeción en caso de incumplimiento.
Los tratadistas alemanes del siglo pasado al estudiar estos aspectos de la obligación, en alemán, schuld ( deuda) y haftung (responsabilidad) ,- que en el nexum recaían sobre dos personas distintas-, llegaron a la conclusión que el momento en que ambos se fusionaron para incidir en una sola persona_ el deudor- , nació el concepto unitario de obligación que actualmente conocemos.
II. ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN
La obligación esta constituida por distintos elementos, los cuales son indispensables para su configuración.
1. SUJETOS
El primer elemento de toda obligación son los sujetos: sujeto activo o acreedor (creditor), que tiene derecho a la conducta del sujeto pasivo o deudor(debitor), que tiene el deber jurídico de cumplir con ella.
Cualquiera de los sujetos de la obligación podrá estar integrado por una o varias personas, lo cual en nada altera su esencia.
Entre los sujetos activos y pasivos existe el vinculo jurídico, que constituye la obligación y que los une.
2. OBJETO
En segundo lugar tenemos al objeto, que es el otro elemento de la obligación, está constituido por la conducta o comportamiento que el deudor debe observar a favor del acreedor y puede consistir en un dare, facere, praestare, facere o pati.
El término dore se utiliza para referirse a la transmisión de dominio de alguna cosa; es decir, hacer al acreedor propietario de algo. En la permuta ejemplo, encontramos un dare, ya que los contratantes se obligan a transmitir la propiedad de una cosa.
El Término facere se refiere a toda conducta que consista en un acto, un hacer y que no implique la transmisión de dominio de alguna cosa, es decir, que no signifique un dare. Hay un facere en el contrato de prestación de servicios en el que una persona se obliga a realizar algún trabajo a favor de otro.
El término praestare se emplea para aludir al contenido de la obligación en general. De esta manera hablamos de la prestación, ya sea que ésta consista en un dare o en un facere; pero también se utiliza praestare para referirse a algún comportamiento distinto de los anteriores, como cuando una persona se obliga a garantizar una deuda ajena.
Por otro lado, la conducta negativa del deudor configurada por un non facere o un pati consiste en un abstenerse de algo; es decir, no hacer o tolerar. Un ejemplo sería el contrato de arrendamiento el cual el arrendador no debe obstaculizar al arrendatario el uso de la cosa arrendada.
La prestación, objeto de la obligación, debe reunir ciertos requisitos, hacerse posible tanto física como jurídicamente. Nos encontramos con la imposibilidad física, por ejemplo, cuando se vende una cosa que ya no existe; la imposibilidad jurídica surge si se vende algo que esté fuera del comercio.
La prestación
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