Código Identificación De Vivienda Sustentable
Enviado por gulfwind • 24 de Febrero de 2014 • 2.028 Palabras (9 Páginas) • 256 Visitas
SECCIÓN DESCRIPCIÓN
Consideraciones Generales Destinado al diseño sustentable de viviendas, sistemas y equipos eficientes.
Aplicado a la vivienda nueva y vivienda existente en reparación o ampliación.
Energía Se establecen los criterios para la elección de tecnología ahorradora, así como diseños arquitectónicos para lograr viviendas confortables y adecuadas al ambiente.
2702.2 Tecnología- especificaciones de acuerdo a la normatividad vigente.
2702.3 Iluminación- utilizar lámparas compactas fluorescentes. NOM-017-ENER-1997.
Valores de Densidad de Potencia Eléctrica para Alumbrado (DPEA)- se deben de respetar los valores siguientes:
ESPACIO DE LA VIVIENDA DPEA/W/M²
Sala 14
Comedor 14
Sala-comedor 16
Recamara 13
Estudio 16
Cocina 14
Pasillos 10
Escaleras 12
Patio interior 6
Alacena 12
Closet 12
Estacionamiento cerrado 3
Áreas exteriores a la vivienda 1.8
2702.4 Gas- equiparar la vivienda con calentador de agua de paso o instantáneo de acuerdo a la NOM-003-ENER-2000.
2702.4.2 Estufa- equipara la vivienda con estufa con encendido eléctrico.
2702.5 Electrodomésticos en general:
2702.5.1 Aire acondicionado- se debe cumplir con la normatividad para la eficiencia energética NOM-011-ENER-2002, además se deben seleccionar equipos que cumplan con la normatividad ambiental, NOM-021-ENER/SCFI/ECOL-2000.
2702.5.2 Lavadora- cumplir con la norma de eficiencia energética de lavadoras NOM-005-ENER-2000
2702.5.3Refrigeradores- cumplir con la norma de eficiencia energética de refrigeradores y congeladores NOM-015-ENER-2002, y cumplir con la normatividad ambiental NOM-022-ENER/SCFI/ECOL-2000
2702.6 Diseño de la envolvente de la vivienda:
2702.6.1 Aislamiento térmico- se debe cuidar la envolvente de techo, muros y ventanas, con aislamiento térmico. La envolvente de techos y muros para las diversas ciudades de México se presentan en la tabla 2702.3 del Código de Edificación de Vivienda (CEV).
2702.7 Diseño bioclimático- se indican las especificaciones de diseño bioclimático para cada tipo de bioclima en las tablas 2702.4 a la 2702.11.
Energías Renovables 2703.1 Derecho al sol y al viento en la vivienda- el derecho de acceso a la energía solar se constituye y estructura de acuerdo a la descripción presente en el CEV.
2703.2 Derecho al viento- se enfoca en la zona rural donde el viento puede ser aprovechado con fines de autoabastecimiento energético o producción independiente.
2703.3 Calentamiento de agua con energía solar- la capacidad mínima de operación del sistema de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar debe ser tal, que provea al menos 50% del Consumo Energético Anual (CEA) por utilización de agua caliente para cada vivienda. Las viviendas imposibilitadas físicamente para cumplir con el porcentaje especificado deben instalar un sistema de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar que cumpla con porcentajes menores.
Los colectores solares deben cumplir con la norma NMX-ES-001-NORMEX-2005.
2703.3.1 y 2703.3.2 Características del colector y del termotanque: en ambos casos se deben cumplir con las especificaciones que marca el CEV.
2703.3.3 Instalación del colector- se brindan recomendaciones para la instalación del sistema de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar, tales como: la instalación correcta, de modo que se tenga un fácil acceso para limpieza y mantenimiento; brindar seguridad estructural a la instalación y cumplir con las condiciones establecidas en el Reglamento de Construcciones de la localidad, Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo, así como con el resto de la normatividad que aplique.
2703.3.4 Operación del colector- se redactan observaciones que deben hacerse para la operación del sistema de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar.
2703.3.5 Seguridad- los sistemas de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar deben contar con un diseño tal, que resulte protector o seguro, o bien con dispositivos específicos que automáticamente lo protejan de riesgos.
2703.4 Generación de electricidad con energía solar- en caso de instalar celdas fotovoltaicas en la vivienda para generar electricidad, solo debe ser de hasta 10kW.
Agua 2704.2 Calidad y tratamiento del agua- es obligación de la autoridad correspondiente dotar de agua que cumpla con la norma NOM-127-SSA1-1994.
2704.2.1 Especificaciones y métodos de prueba que debe cumplir la toma domiciliaria para el abastecimiento de agua potable. Se divide en dos: Requerimientos de los elementos y Requerimientos de la instalación. Para más información ver el CEV.
2704.5 Red de distribución de agua potable- Especificaciones y métodos de prueba, que debe cumplirse para garantizar su hermeticidad y estanquidad, con el fin de preservar el recurso hidráulico y evitar su contaminación.
2704.5.1 Clasificación. Por el material, las tuberías se clasifican en:
• Fibrocemento (FC)
• Poli (cloruro de vinilo) (PVC)
• Polietileno de alta densidad (PEAD)
2704.5.2 Especificaciones.
2704.5.2.1 Diseño de la red- La presión máxima de diseño de la red de distribución está dada por la carga estática máxima admisible, la cual no debe ser mayor a 0,5 MPa (5 kg/cm2).
2704.5.2.2 Elementos. El conjunto de elementos que forman la red debe garantizar su estanquidad y hermeticidad, cumpliendo con las normas mexicanas de producto correspondientes y en caso de no existir, con las normas internacionales o extranjeras.
2704.5.2.2.1 Tuberías.
2704.5.2.2.1.1 Tubería de fibrocemento (FC)- corresponde lo indicado en las: NMX-C-012-1994-SCFI y la NMX-C- 041-ONNCCE-1999.
2704.5.2.2.1.2 Tuberías de policloruro de vinilo (PVC)- corresponde lo indicado en las normas NMXE- 143/1-SCFI-2002.
2704.5.2.2.1.3 Tuberías de Polietileno de alta densidad (PEAD)- corresponde lo indicado en las normas NMX-E-018-SCFI-2002, NMX-E- 144-1991 y la NMX-E-146-SCFI-2002.
2704.5.2.2.1.4 Anillos de hule- corresponde lo indicado en la NMX-T-021-SCFI-2002.
2704.5.2.2.1.5 Elementos para los que no exista norma mexicana de producto. En este caso, los elementos deberán cumplir con las normas internacionales o extranjeras bajo los cuales se fabriquen.
2704.5.2.2.1.6 Verificación y sus subíndices- El organismo responsable del servicio y/o responsable de la ejecución
...