INFORMACIÓN SOBRE LA INSTALACIÓN DE DECODIFICADORES DE SAT-TDT
Enviado por carlucho • 3 de Marzo de 2013 • 837 Palabras (4 Páginas) • 448 Visitas
INFORMACIÓN SOBRE LA INSTALACIÓN DE DECODIFICADORES DE SAT-TDT
Los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que residan en
viviendas situadas en zonas de sombra de cobertura de la TDT y donde no esté prevista la
instalación de nuevos centros repetidores que puedan darle cobertura, pueden realizar ya la
solicitud para la instalación de un receptor SAT-TDT, que permitirá la recepción vía satélite de
los canales nacionales de la TDT.
• Los receptores SAT-TDT sólo podrán instalarse, según la Ley 7/2009, de 3 de julio,
de medidas urgentes en materia de telecomunicaciones (procedente del Real
Decreto-ley 1/2009, de 23 de febrero), en zonas de sombra de cobertura de la TDT
y donde no esté prevista la instalación de nuevos centros repetidores que puedan
darle cobertura.
• Dicha instalación sólo podrá ser realizada por un instalador autorizado por los
fabricantes de los receptores sat-tdt, que pueden ser consultados en el apartado de
Ciudadanos de la página web http://www.tdtrm.es.
• La CARM va a ceder receptores sat-tdt a los ciudadanos que residan en estas
zonas. Se realizará la cesión de un receptor por familia y únicamente para la
vivienda habitual, hasta agotar las existencias de receptores sat-tdt de que dispone
la CARM. El precio de la instalación será acordado entre el instalador y el usuario.
La CARM acordó con la Asociación Regional de Empresarios de
Telecomunicaciones de la Región de Murcia (ARETELMUR) que el precio final de
la instalación no podría superar los 350 € (IVA incluido).
• Las solicitudes se deberán realizar en el teléfono 968 102 775.
• Cuando un ciudadano llame a este número, deberá dar sus datos para que la
CARM compruebe que se encuentra en una zona de sombra de TDT y que va a
continuar estando en sombra, según los estudios de cobertura teóricos de que se
dispone, y de la información proporcionada por los Ayuntamientos sobre la
instalación de nuevos centros repetidores. En un plazo máximo de dos días
(laborables) la CARM pre-aprobará o desestimará la instalación, según el resultado
de dicha comprobación. Pasado este plazo, el solicitante podrá saber si su solicitud
ha sido pre-aprobada, llamando al mismo teléfono.
• Una vez validada la instalación, el ciudadano puede dirigirse a las empresas
instaladoras de telecomunicación que considere oportunas para solicitar la
instalación y acordar el presupuesto final de la misma, siempre y cuando estén
dadas de alta en el registro de instaladores homologados para este tipo de
instalaciones por Abertis y las empresas fabricantes. La CARM le podrá facilitar el
listado de estas empresas si así lo desea. Se deberá exigir que la empresa
instaladora esté inscrita en el Registro de Instaladores de Telecomunicación de la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad
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