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La Norma Oficial Mexicana


Enviado por   •  1 de Marzo de 2013  •  2.583 Palabras (11 Páginas)  •  525 Visitas

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La Norma Oficial Mexicana.

ENSAYO.

El objetivo es muy claro ya que solo se desea tener en claro las consideración que sean mínimas y básicas para cualquier tipo de cultivo a demás es muy clara al presentar esta norma aplicable para todos los lugares sean laboratorios, industrias etc.

Se puede apreciar que la norma es basada en la "Guía para la redacción, estructuración y presentación de las Normas Oficiales Mexicanas". De la cual se puede tener una satisfactoria referencia.

La Normatividad Mexicana es una serie de normas cuyo objetivo es asegurar valores, cantidades y características mínimas o máximas en el diseño, producción o servicio de los bienes de consumo entre personas morales y/o físicas, sobre todo los de uso extenso y fácil adquisición por el público en general, poniendo atención en especial en el público no especializado en la materia, de estas normas existen dos tipos básicos en la legislación mexicana, las Normas Oficiales Mexicanas llamadas Normas NOM y las Normas Mexicanas llamadas Normas NMX, de las cuales solo las NOM son de uso obligatorio en su alcance y las segundas solo expresan una recomendación de parámetros o procedimientos, aunque si son mencionadas como parte de una NOM como de uso obligatorio su observancia es a su vez obligatoria

Dentro de la definición “Medio de cultivo es el material nutritivo en el que se pueden recuperar, multiplicar y aislar los microorganismos, así como efectuar pruebas de susceptibilidad”

Pienso que deja algo a la imaginación ya que es una definición muy breve de lo que es un medio de cultivo y puede ser pretenciosa y ocasionar conflictos en análisis posteriores.

Los define por su aspecto físico, los medios de cultivo preparados pueden ser: Líquidos, Semisólidos, Sólidos.

Los medios líquidos nos sirven para producir distintos tipos de metabolitos impide que algunos otros se multipliquen y otros más identifican microorganismos por pruebas bioquímicas

Los medios semisólidos se emplean para identificaciones bioquímicas saber si el microorganismo que tratamos es móvil y tienen una textura blanda.

Los medios sólidos.- “Son los más usados en microbiología”

Se clasifican en:

Medios selectivos. Impiden el desarrollo de cierto tipo de microorganismo para encontrar los de interés.

Medios selectivos de enriquecimiento. Multiplican un microorganismo determinado

Medios diferenciales. Se usan para detectar cambios en el medio y observar características de colonias.

Medios para cultivar gérmenes anaeróbicos. Se usan para microorganismos que necesitan condiciones anaerobias.

Medios de cultivo para medir la potencia de los antibióticos.

Medios de transporte. Tienen su uso para transportar de su sitio de origen hasta el laboratorio.

ESPECIFICACIONES.- Son los criterios que se deben de contemplar para el manejo de un medio de cultivo:

Humedad, composición, preparación, condiciones de presión y temperatura, si se esteriliza o no, desarrollo del microorganismo, conservación de dicho medio, resultados de las pruebas, PH y fuerza de gel.

ETIQUETADO.- Es comprensible y para mayor seguridad tener en cuenta los siguientes datos.

Nombre del producto, uso, “Leyenda”, caducidad, lote, registro SSA, domicilio y fórmula

CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES.- Es extraño saber que no concuerda con ninguna.

Desde mi punto de vista yo analizaría primero las personas que colaboraron con esta Norma que fuero: Dirección General de Control de Insumos para la Salud de la Secretaría de Salud, Instituto Mexicano del Seguro Social, Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica (CANIFARMA): Sección de Productos Auxiliares para la Salud, y las siguientes Empresas: Merck México, S.A., Becton Dickinson, S.A. de C.V., Anachem, S.A. de C.V., Alfonso Marx, S.A. de C.V., Dibico, S.A. de C.V. y de esta manera puedo opinar que no se salieron de un contexto y mantuvieron el margen de las personas que pueden tener conocimiento sobre estos estudios y que pueden colaborar con los puntos más importantes para el manejo de dichos medios de cultivos y todos sus tipos .

Por otra parte me parece que la fecha de anteproyecto, publicación y vigencia ya están un poco atrasado deben hacerse más investigaciones sobre el comportamiento de los microorganismos en dichos medios para tener la cautela de innovaciones y mejoras en la normatividad que se han presentado.

Cabe mencionar que la manera en la que se estructura dicha normatividad me parece adecuada ya que es muy clara y exacta aunque muy ligera pero esto da expectativa a la investigación sobre temas no conocidos y apertura a nuevas recomendaciones por parte de investigadores y personas familiarizadas con este medio.

De la misma manera opino que de manera muy acertada se contemplo la regulación y condiciones con las que debe contar un medio ya que siempre se pasa por alto detalles como la presentación y etiquetado que son parte muy importante en la seguridad para la utilización de un medio de cultivo, un dato que me pareció muy importante pero extraño es el porqué esta norma no concuerda con ninguna norma internacional me parece que para un mejor manejo de cultivos deben estar regulados por normas internacionales para facilitar la comprensión y manejo en cualquier lugar en donde nos encontremos.

En general me pareció una Normatividad muy acertada aunque ligera pero de la misma manera creo que es un método muy asertivo para recordar y siempre tener en mente las características, condiciones y teoría que se debe saber sobre rasgos generales en cuanto medio de cultivo y su manipulación.

NORMA Oficial Mexicana NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-197-SSA1-2000, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MINIMOS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE HOSPITALES Y CONSULTORIOS DE ATENCION MEDICA ESPECIALIZADA.

ENRIQUE RUELAS BARAJAS, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario de la Secretaría de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción I, 13, apartado A) fracción I, 45 y 46 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones VII y XI, 41, 43 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

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