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Ley De Mensaje De Datos Y Firmas Electronicas


Enviado por   •  14 de Febrero de 2014  •  465 Palabras (2 Páginas)  •  303 Visitas

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La ley de mensaje de datos y firmas electrónicas tiene como fin primordial la validez de los mensajes de datos y firmas electrónicas esto quiere decir, entregarle una validez al igual que los otros documentos bien establecidos ya dentro de la jurisdicción venezolana. Bien lo expresa en su artículo 1 cuando dice “otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico” dándole de esa forma un carácter vinculante y análogo con cualquier instrumento electrónico capaz de reproducir información y aportar veracidad a su contenido transmitido de un sujeto a otro, pudiendo tratarse entre personas naturales, personas jurídicas y/o entre personas naturales y jurídicas. También podemos encontrar en la presente un listado de definiciones concernientes a la materia que ejerce valor dicha ley, entre los cuales destacan “mensaje de datos”, “emisor”, “certificado electrónico”, “signatario” “proveedor de servicios de certificación” entre otras importantes mas. Y como el Estado es el promulgador de dicha ley debe también ser el principal o primario usuario en manejar dicho sistema electrónico. Algo muy importante dentro de esta ley, es su basamento constitucional el cual se afirma sobre el derecho a la privacidad de las comunicaciones y de acceso a la información personal. Dentro del contexto de la ley, nos deja en claro los requerimientos para que los mensajes de datos puedan considerarse validos, entre ellos están que se puedan abrir con posterioridad a su envió, que se pueda conservar el formato primogénito en que se envió y por supuesto conservar siempre la misma información suministrada. Algo muy importante para resaltar es que no cualquier individuo puede calificarse de emisor, ya que para entrar dentro de esta categoría la ley otorga ciertos requisitos, para ser considerado valedero, normalmente este envía el mensaje de datos al receptor desde su domicilio legal. Ahora bien la firma electrónica atribuye la autoría, tiene la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa, obteniendo los beneficios de que garantiza la confidencialidad de los mensajes de datos, no altera la integridad de los mismos y ofrecer la seguridad de no ser falso el documento. Todo lo anteriormente mencionado es regulado por la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica favorecido por esta ley. Esta es la responsable de acreditar, supervisar y controlar a los signatarios de las firmas electrónicas con el fin de garantizar veracidad a los documentos de los mensajes de datos. Con esto el Estado ofrece un marco legal que garantiza seguridad dentro de las transacciones comerciales electrónicas, y de esta forma abre un camino a un abanico de posibilidades dentro del régimen electrónico el cual va adquiriendo mayor auge conforme avanza la tecnología. Finalmente quedan establecidas sanciones pecuniarias para los proveedores de servicios de certificación los cuales son sujetos responsables de los

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