PRINCIPALES RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR Y COSTOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
Enviado por eder07ea • 12 de Octubre de 2013 • 2.188 Palabras (9 Páginas) • 954 Visitas
TAREA UNIDAD 1 – FORMACION DE EMPRESAS – GRUPO_04
Desarrolle un cuadro con las principales responsabilidades, en el tema laboral, que debe realizar usted como empleador o dueño de una empresa, de tres trabajadores, dentro de un rubro económico determinado. Tener en cuenta los conceptos de la página 22 de la Guía del Participante respecto a obligaciones laborales, comente cada punto que coloque en su cuadro y busque información adicional que ayude a presentar un caso lo más cercano a la realidad.
En mi opinión las responsabilidades que yo tendría con mis trabajadores serian las siguientes, a continuación los detallo en un cuadro gracias.
PRINCIPALES RESPONSABILIDADES. OPINIÓN
Brindarle un área de trabajo. El área de trabajo debe contar con todas las facilidades para que realice sus labores.
Brindarle alimentación. El trabajador deberá recibir alimentación diaria, cada vez que asista al trabajo.
Cumplir con el pago de su sueldo Pagarle al día lo que le pertenece por su trabajo ya sea mensual o semanal.
Pagarle su seguro. Pagarle el seguro de accidentes para que este protegido.
Brindarle elementos de seguridad. Entregarle todos los elementos de protección personal para prevenir accidentes lamentables.
Señalar el área de trabajo. Informarle mediante la señalización de los peligros existentes en el área donde trabaja.
Entrega de herramientas. Brindarle herramientas en buen estado para que realice de la mejor manera sus trabajos y se sienta cómodo.
Poner a planillas A los trabajadores que tengan mas de tres meses de trabajo, integrar en las planillas para que reciba todos los beneficios.
RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR OPINIONES
Seguridad Social: El sistema de seguridad social comprende pensiones, salud y riesgos profesionales.
Pensiones: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por el Instituto de Seguros Sociales - ISS- que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones.
La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 15,5% del salario mensual del empleado, de las cuales tres cuartas partes están a cargo del empleador, y una cuarta parte le corresponde al trabajador.
Salud: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia que están establecidas en el programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud -POS- y la maternidad. El empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador.
Riesgos Profesionales: Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades.
La totalidad del aporte por este concepto está a cargo del empleador y su monto depende del grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7% del valor total de la nómina mensual de salarios.
Riesgos del Trabajo
El empleador está obligado por ley a contratar una aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o a auto asegurarse para cubrir a todos sus empleados en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
Licencias especiales
El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
• Nacimiento de hijo: 2 días corridos.
• Matrimonio: 10 días corridos.
• Fallecimiento de esposa, concubina, hijos y padres: 3 días corridos.
• Por fallecimiento de hermano: 1 día.
• Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria: 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
Seguro de vida obligatorio
La falta de contratación de la cobertura del seguro constituirá una infracción, y el empleador será directamente responsable, debiendo abonar el beneficio del seguro en caso de fallecimiento del trabajador.
Horario de Trabajo El empleador deberá dar a conocer por medio de carteles colocados en un sitio visible de su establecimiento o por cualquier otro medio adecuado, las horas en que se inicia y culmina la jornada de trabajo y si el trabajo se realiza por equipos, las horas en que comience y en que termine la jornada de cada equipo. Los horarios se fijaran de manera que no excedan los límites legales y no podrán modificarse sino en el modo o en la forma determinados por ley.
En la misma forma deberá darse a conocer el horario de los descansos concedidos durante la jornada de trabajo que no se consideren comprendidos en las horas de trabajo.
Reglamento Interno de Trabajo El empleador que ocupe mas de 100 trabajadores esta obligado a contar con un reglamento interno de trabajo, aprobado por la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Respetar el derecho a la intimidad, No puede obligar al trabajador a manifestar sus opiniones políticas, religiosas o sindicales.
Observar las normas legales sobre higiene y seguridad en el trabajo Toda empresa debe a tener al día e informado a todos sobre las normas establecidas.
Edad mínima de admisión al empleo
La Ley Nº 26.390 sobre Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente elevó, a partir del 25 de mayo del año 2010, la edad mínima de admisión al empleo a 16 años. La norma introduce cambios en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, que no contenía ninguna referencia concreta a la prohibición del trabajo infantil.
Registro de Control de Asistencia Los empleadores están obligados a llevar un registro de control de asistencia y salida de los trabajadores.
No existe la obligación de llevar un registro a :
- Trabajadores de dirección
- Los que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata
- Los que prestan servicios intermitentes durante el día.
El mencionado registro se deberá conservar por 5 años después de generados.
Prestar protección
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