SECRETARIA DE ECONOMIA
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SECRETARIA DE ECONOMIA
NORMA Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2005, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de
gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los
artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40
fracción IV, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del
Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar
que los instrumentos de medición que se comercialicen en territorio nacional sean seguros y exactos, con el
propósito de que presten un servicio adecuado conforme a sus cualidades metrológicas, y aseguren la
exactitud de las mediciones que se realicen en las transacciones comerciales;
Que con fecha 15 de abril de 2004, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al
Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio aprobó la publicación del proyecto de norma oficial
mexicana PROY-NOM-005-SCFI-2004, “Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de
gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación”, lo cual se
realizó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2004, con objeto de que los interesados
presentaran sus comentarios;
Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto
de norma oficial mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que
dentro del mismo plazo, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron
analizados por el citado Comité Consultivo, realizándose las modificaciones procedentes;
Que con fecha 1 de septiembre de 2005, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al
Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio aprobó por unanimidad la norma referida;
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las Normas Oficiales Mexicanas se
constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, se expide la
siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2005, INSTRUMENTOS DE MEDICION-SISTEMA PARA
MEDICION Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LIQUIDOS-ESPECIFICACIONES,
METODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACION
México, D.F., a 2 de septiembre de 2005.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.-
Rúbrica.
PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e
instituciones:
- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
- ASOCIACION DE DISTRIBUIDORES DE GASOLINA Y LUBRICANTES, A.C.
- ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C. (ANCE)
- ASOCIACION MEXICANA DE PROVEEDORES DE ESTACIONES DE SERVICIO, A.C. (AMPES)
- ASOCIACION NACIONAL DE GASOLINEROS, A.C.
- ASOCIACION DE EMPRESARIOS GASOLINEROS DE QUERETARO, A.C.
Martes 27 de septiembre de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
- ASOCIACION NACIONAL DE GASOLINEROS DEL CENTRO, A.C.
- CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA
- CONSEJO EMPRESARIAL GASOLINERO VALLE DE MEXICO, A.C.
- DIEBOLD MEXICO (GILBARCO)
- DRESSER WAYNE
- ESFERA DE SERVICIOS PROFESIONALES INTERNACIONALES
- GASOLINERAS GRUPO MEXICANO, S.A. DE C.V.
- GRUPO PERC
- GRUPO RODOLI
- GRUPO SIMCA, S.A. DE C.V.
- INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL CENTRO DE INVESTIGACION EN COMPUTACION
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICA UNIDAD AZCAPOTZALCO
- INSTMECO-JACS INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.
- LUQROSS
- MEDICIONES AVANZADAS DE CALIDAD, S.A. DE C.V.
- METROLOGIA DIGITAL, S. DE R.L. DE C.V.
- ONEXPO MICHOACAN
- ONEXPO SINALOA
- ONEXPO NACIONAL, A.C.
- PEGASUS CONTROL, S.A. DE C.V.
- PEMEX-REFINACION
- PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
- RED DE GASOLINEROS DEL CENTRO HIDALGO
- SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- UNIDAD MEXICANA DE VERIFICACION, S.A. DE C.V.
- UNIDAD EXAMINADORA DE SERVICIOS, S.A. DE C.V.
- UNION DE GASOLINEROS DE JALISCO, COLIMA Y NAYARIT, A.C.
- UNION DE GASOLINEROS DE CHIAPAS, A.C.
- UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE INGENIERIA
- VERIFICACION DE INSTRUMENTOS, S.A. DE C.V.
- VERIFICACIONES INTEGRALES ZUR, S.A. DE C.V.
- VOLFLUX, S.A. DE C.V.
- VOLUMEX, S.A. DE C.V.
- WAYNE INTERNATIONAL
INDICE
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias
3. Definiciones
4. Clasificación
5. Especificaciones
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 27 de septiembre de 2005
6. Muestreo
7. Métodos de prueba
8. Información comercial
9. Verificación inicial, periódica y extraordinaria
10. Medidores de flujo alto
11. Evaluación de la conformidad
12. Vigilancia
13. Bibliografía
14. Concordancia con normas internacionales
Transitorios
1. Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones, métodos de prueba y de verificación
aplicables a los distintos sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos, que se
comercializan dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Referencias
Para la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, se deben aplicar las siguientes normas
oficiales mexicanas y normas mexicanas vigentes:
NOM-001-SCFI-1993 Aparatos electrónicos-Aparatos electrónicos de uso doméstico alimentados por
diferentes fuentes de energía eléctrica-Requisitos de seguridad y métodos de
prueba para la aprobación de tipo, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 13 de octubre de 1993.
NOM-001-SEDE-1999 Instalaciones eléctricas-Utilización, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el
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