SUPLEMENTO REGISTRO OFICIAL 491, 12 DE DICIEMBRE DE 2008
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RESOLUCIÓN No. NAC-DGER2008-1467
PUBLICADO: SUPLEMENTO REGISTRO OFICIAL 491, 12 DE DICIEMBRE DE 2008
(SE MODIFICAN LOS VALORES DE LA TABLA VIGENTE PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2008, PARA LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO 2009)
EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que, de conformidad con el literal a) del Art. 36 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, los rangos de la tabla establecida -en el mismo literal- para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales y de las sucesiones indivisas serán actualizados conforme la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de Noviembre de cada año, ajuste que incluirá la modificación del impuesto sobre la fracción básica de cada rango. La tabla así actualizada tendrá vigencia para el año siguiente;
Que, de conformidad con el literal d) del Art. 36 ibídem, los rangos de la tabla establecida -en el mismo literal- para liquidar el impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones, serán actualizados conforme la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de cada año, ajuste que incluirá la modificación del impuesto sobre la fracción básica de cada rango. La tabla así actualizada tendrá vigencia para el año siguiente;
Que, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) es el organismo técnico que tiene a su cargo la preparación y difusión del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana;
Que, de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, el Director General del Servicio de Rentas Internas expedirá, mediante resoluciones, circulares o disposiciones de carácter general y obligatorio, necesarias para la aplicación de las normas legales y reglamentarias; y,
En uso de las facultades legales,
Resuelve:
Art. 1.- Para la liquidación del impuesto a la renta de las personas naturales y sucesiones indivisas correspondiente al ejercicio económico 2009, modifícanse los valores de la tabla vigente para el ejercicio económico 2008, conforme el Art. 36 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, en base a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre del 2008.
Art. 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, los rangos de la tabla prevista en el literal a) del Art. 36 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno serán los siguientes, mismos que regirán para los ingresos percibidos por personas naturales y sucesiones indivisas, a partir del 1 de enero del 2009:
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