ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

3er Cuatrimestre


Enviado por   •  6 de Agosto de 2012  •  6.231 Palabras (25 Páginas)  •  1.567 Visitas

Página 1 de 25

CUESTIONARIO

DERECHO PROCESAL PENAL

4to. CUATRIMESTRE

AUTOE VALUCION TEMA 1

1.-DEFINA QUE ES EL PROCESO PENAL

Para Carranca “el proceso penal es la serie de actos solemnes con los cuales ciertas personas, legítimamente autorizadas, observan cierto orden y formas determinadas por la ley, conocen de los delitos y sus autores a fin de que la pena se aparte de los inocentes y se infrinja a los culpables.”

Para Carnelutti •”el proceso penal es el que regula la realización del derecho penal objetivo y está constituido por el complejo en el cual se resuelve la punición del reo. Florian complementa: que es el instrumento indispensable para la aplicación de la ley penal en cada caso y lo integran el conjunto de actividades y formas mediante las cuales los órganos competentes preestablecidos en la ley, al observar ciertos requisitos, juzgan la aplicación de la ley penal.

Para García Ramírez “el proceso es una relación jurídica, autónoma y compleja, de naturaleza variable, que se desarrolla de situación en situación, mediante hechos y actos jurídicos conforme a determinadas reglas de procedimiento y que tienen como finalidad la resolución jurisdiccional del litigio, llevado ante el juzgador por una de las partes o atraído al conocimiento de aquel directamente por el propio juzgador”.

2.-EXPLIQUE EL DERECHO PROCESAL EN LA ANTIGUA GRECIA

Después de Pericles aparece La Eliae, Tribunal cuyos miembros se elegían democráticamente. No había acusador o actor y el procedimiento tenía dos fases: instructora,

3.-EXPLIQUE EL DERECHO PROCESAL EN LA ANTIGUA ROMA

Los comicios por centurias (representadas por el pueblo) eran las organizaciones encargadas de administrar justicia penal. Con el tiempo el rey se ocupó de los asuntos graves, pero podía delegar el conocimiento a ciertos funcionarios, para conocer (quaestio) creando así los “quastores” que conocían solo del caso que se les imponía.

Posteriormente se crearon “Los quastiones perpetuae” especie de leyes especializadas, para cada tipo de delito, de este modo, se creó un tribunal para cada delito, donde un magistrado conocía quastio y otro grupo de personas resolvía (jurado), para entonces ya se permitió a todo ciudadano acusar, sólo se le exigía el juramento de no acusar calumniosamente.

Este tipo de enjuiciamiento poseía dos fases, una fase in iure, donde el magistrado conocía o instruía en torno a los hechos que le eran denunciados y otra en la cual este magistrado sometía a la consideración del jurado el asunto para que lo resolviera (iudicium). Tratándose de delitos privados, se llegaba hasta la entrega de la formula y cuando se trataba de delitos públicos, el caso se turnaba a los quastores para que resolvieran.

4.-EXPLIQUE EL DERECHO CANONICO PENAL

La iglesia implantó los tribunales, era de su competencia conocer de asuntos espirituales y aquellos temporales.

Una de las grandes aportaciones del cristianismo y su legislación canónica fue “Las Clementinas”, consistió en la introducción del juicio sumario (aunque más enfocado hacia cuestiones civiles), para remediar los excesos de los juicios ordinarios que venían desde Roma.

La iglesia desarrollaba los “enjuiciamientos inquisitoriales”, para la defensa de la fe, que se conocía desde la antigua época romana.

5.-DEFINA LA FIGURA DE LOS FUEROS ESPAÑOLES

La fusión de los derechos visigodo y romano, dio lugar al Fuero Juzgo, que destacó algunos derechos humanos. Durante los siglos siguientes la regulación residió en las ciudades, cada una de las cuales tuvo su propio régimen de impartición de justicia. Los gobernantes le “reconocieron” sus derechos, mediante los documentos que recibieron el nombre de Fueros. (Fuero Viejo de Castilla, y Fuero de Leon). Las formas de solucionar los conflictos predomina la transacción obtenida gracias a un derecho procesal popular donde la oralidad imperante prácticamente desconoció a la escritura.

6.-COMO SE PRESENTÓ EL DERECHO PENAL EN LA EPOCA COLONIAL

Conforme a la cedula de Toledo (1529), la reina expidió las llamadas Ordenanzas sobre el buen tratamiento de los indios de la Nueva España, mismas que habían sido firmadas por Carlos I (1528), reiterando el principio de la simplificación procesal en pleitos donde intervinieran indios. Ante los numerosos litigios, la mayoría de poca monta, eran tramitados y resueltos con base en la costumbre y derechos ancestrales de los pueblos, de manera sumaria y oral, asi la generalidad de causas entre indios, no salían de la jurisdicción tradicional de los pueblos, por lo que el Tribunal General solo contaba con una jurisdicción concurrente, sin menoscabo de otras justicias.

El Juzgado General de Indios, en materia criminal, actuaba en dos sentidos: el primero de ellos atendía las causas relativas a los indios infractores que permanecían en las cárceles de los pueblos de naturales aledaños a la capital, ejerciendo una función revisora y sentenciadora, lo que ocurría semanalmente de acuerdo con la lista de detenidos que era presentada al juzgado por los propios gobernadores indios. En el segundo caso, en las audiencias que atendía el virrey, se recibían acusaciones contra indios, el proceso era incoado por el agraviado, o bien, de oficio en una faceta característica del proceso inquisitivo para la averiguación y castigo de los delitos.

7.-DEFINA EL DERECHO PROCESAL PENAL AZTECA

Se sabe que existieron jueces de elección popular “teuctli, que eran competentes para asuntos menores y duraban un año en el desempeño de sus funciones, y jueces vitalicios encargados de asuntos más importantes que eran nombrados por el “cihuacóatl”. El monarca tenia su tribunal, que conocía de la apelación y el cual solo se reunia cada 24 días. Había Tribunales especializados para sacerdotes, militares, etc.

En Texcoco, existían tres salas (civil, penal y militar) a cuyos juzgadores designaba el rey. En Tlaxcala los asuntos los decidía un consejo de ancianos, y en Michoacán había un tribunal supremo para asuntos penales, el rey conocía los mas graves,

8.-MENCIONE QUE FIGURAS PROCESALES EXISTIERON EN LA EPOCA INDEPENDIENTE

La Suprema Corte de Justicia, ésta carecía de disposiciones legales que le reglamentarán. En febrero de 1826 aparece el “Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia de España”. En realidad, leyes procesales penales propias y organizadas en México, no las hubo sino hasta fines del siglo XIX, bajo el gobierno del presidente Díaz.

La Procuraduría de Pobres (marzo de 1847), que luego sirvió de inspiración a la Defensoría de Oficio.

Ley de Juárez de Jurados Criminales (1869),

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (40 Kb)
Leer 24 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com