40 COSAS QUE DEBERIA PENSAR TODO JUEZ ANTES DE SENTENCIAR
Enviado por • 17 de Noviembre de 2013 • 1.409 Palabras (6 Páginas) • 311 Visitas
Cuarenta cosas que debería pensar todo juez antes de sentenciar Francisco Santana Núñez
Si nos asomásemos al interior de la cabeza del juez enfrascado en el examen de autos, expedientes o normas, posiblemente nos sorprenderían los prejuicios, talante o criterios que guían su brújula profesional.
Intentaré ofrecer un catálogo de las cosas que un juez sensato y sensible, debería tener presente a la hora de dictar una sentencia (endulzadas con castizos refranes).
1. No debo olvidar que soy humano. Ni soy Hércules ni un Quijote. Solo un empleado público en quien se deposita la confianza en un trabajo artesanal de identificar y aplicar la norma, y en su caso, verificar la realidad de unos hechos. (“Dime de lo que presumes y te diré de lo que careces”)
2. No debo esperar el aplauso ni temer la crítica. Me pagan por sentenciar, no por alimentar o proteger mi ego. Debo recordar que el que gana un pleito suele ser ingrato ( se gana por mérito propio: del abogado victorioso) y el que pierde siempre está descontento ( se pierde por culpa ajena: del juez). (“ Haz el bien, sin mirar a quién”).
3. No hay litigio insoluble (“ Quien busca, halla”).
4. No debo dejar de consultar y estudiar las normas y la jurisprudencia, mas allá de lo que las partes han expuesto en el pleito. (“ Libro cerrado, no saca letrado”).
5. No debo dar por cierto todo lo que se afirma por los abogados envuelto en citas, leyes y sentencias ( “Un abogado listo, te hará creer lo que nunca has visto”).
6.No debo escatimar razones para convencer ( “Lo que mas trabajo cuesta, más dulce se muestra”).
7. No debo refugiar las razones del fallo en vacíos sobreentendidos: “ Es notorio”, “ Va de suyo”, “ Se desestima por su propia lógica”, “ No hacen falta arabescos argumentales”, etc. ( “Meando claro y cagando recio, nadie te llamará necio”).
8. No debo precipitarme en sentenciar contrarreloj: el tiempo y esfuerzo de las partes requiere un mínimo de sosiego y reflexión. (“ Las prisas son malas consejeras”).
9. Tampoco debo dedicar todo mi tiempo y vida para elaborar cada sentencia, dando vueltas y revueltas sobre las posibles respuestas a cada cuestión, pues las sentencias como los melones, si maduran mucho, se pasan (“ Quien mucho abarca, poco aprieta”).
10. No debo utilizar calificativos denigrantes de la argumentación de los abogados (“disparate”, “absurdo”, “torpe”,etc), y menos adjetivarlos (“manifiesto”, “patente”,”ostensible”…). Los abogados hacen su trabajo y los planteamientos arriesgados de hoy quizás sean acogidos por las sentencias del Supremo del mañana. (“ Errar es humano, perdonar es de sabios”).
11.No debo perder de vista la realidad por encima de formas, palabrería y leyes: “sentencia” tiene la misma raíz que “sentimiento” (“Será buena la fruta, si el juez de la vida disfruta”).
12.No confundir extensión con calidad ( “Lo bueno si breve, dos veces bueno; y si malo, menos malo”).
13. No debo retrotraer las actuaciones si puedo resolver la cuestión de fondo y evitar pérdidas de tiempo, dinero e ilusiones (“ Para ese viaje no hacían falta alforjas”).
14.No debo frivolizar con la imposición de las costas ( nadie debe “ir por lana y volver trasquilado”).
15. No debo transcribir extensos fragmentos de sentencias de jurisprudencia hasta la náusea ( “ A buen entendedor, pocas palabras bastan”).
16. No debo dejar fallos judiciales abiertos que provoquen interminables incidentes de ejecución ( no avalar la maldición gitana de “pleitos tengas y los ganes”)
17. No debo intentar contentar a todas las partes: el Derecho da o quita la razón pero no la hace divisible ni elástica. ( “ No se puede servir a dos señores a un tiempo y tener a cada uno contento”).
18.No bajes la guardia de la atención con la sola lectura de demanda y contestación, pues prueba y conclusiones pueden variar las opiniones. ( “ Hasta el rabo, todo es toro”).
19.No debo descuidar las formas y la extensión de la sentencia (“Con orden y medida, pasarás bien la vida”).
20. No debo dejar sin releer la sentencia antes de dictarla pues las erratas
...