ABSOLUCION DE OBSERVACIONES - LICITACION PUBLICA
Enviado por Becker Andia Santisteban • 13 de Febrero de 2016 • Tarea • 632 Palabras (3 Páginas) • 230 Visitas
ACTA DE ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-2014-MDLM/CE
En la Oficina de la unidad de Abastecimiento de la Municipalidad, Distrital de Los Morochucos, siendo las 17:00 horas del día Lunes Veintidós de Setiembre del año dos mil catorce, se reunieron los miembros titulares del proceso de selección: Licitación Pública Nº 02-2014-MDLM/CE, para la CONTRATACION PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA DEL PROYECTO: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN ASENTAMIENTOS PERIURBANOS DE LA LOCALIDAD DE PAMPA CANGALLO, DISTRITO DE LOS MOROCHUCOS – CANGALLO – AYACUCHO”, designados mediante Resolución de Alcaldía , presidido por el Sr. Juan Carlos Laura Capcha y los miembros titulares William Alfaro Alanya y Mauricio Miller Lara Figueroa, con la finalidad de absolver las observaciones al citado proceso de selección, interpuesto mediante la Carta enviada a la Municipalidad, conteniendo las observaciones a las bases, formuladas el 18-10-2014 por el postor CONTRATISTAS GENERALES CAMILOB E.I.R.L, representado por su Gerente General, Sr. CAMILO LAZO BURGA, identificado con DNI N° 19847608, viendo los Requerimientos Técnicos Mínimos objeto de observación; acto que se llevó a cabo con los siguientes resultados:
OBSERVACION N°01
OBSERVACIÓN N'01
SECCION ESPEFICIA
CAPITULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.7. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Página26
Los plazos establecidos en las bases no se ajustan a los plazos establecidos modificados en Reglamento de Contrataciones del Estado que debería ser 12 días hábiles posteriores Consentimiento de la buena pro.
ABSOLUCIÓN DE LA OBSERVACIÓN Nº 01
Conforme las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, el comité decide ACOGER DICHA OBERVACION y publicarlo en la integración de bases.
OBSERVACION N°02
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
F.- SOLUCION TECNICA
Página 39
El factor de calificación "solución técnica" refiere lo siguiente:
“Por medio de estos cronogramas se evaluara la planificación del desarrollo del proyecto que realice cada postor, para la primera etapa que comprende: estudios preliminares, anteproyecto, elaboración del expediente técnico a nivel de estudio definitivo y ejecución de obra, en la que en un plazo de cuatrocientos cinco (405) se debe terminar la obra. El postor propondrá para el desarrollo del expediente técnico la cantidad de entregables y su contenido optimo a fin de cumplir con los plazos
establecidos"
Al respecto encontramos contradicción entre el plazo de ejecución que indica 300 días, sin embargo, en el texto del factor de evaluación indica 40 días y a la vez exige cronograma que incluye
estudios preliminares hasta la elaboración de expediente técnico.
Solicitamos, suprimir el criterio de calificación y redistribuir el puntaje a los demás factores de
calificación, toda vez que no existe concordancia entre lo establecido en el plazo y las obligaciones.
Conforme las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, el comité decide ACOGER DICHA OBSERVACION y publicarlo en la integración de bases.
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