ACEPCIONES Y CONCEPCIONES DE LA CONSTITUCIÓN.
Enviado por victorbautista • 10 de Septiembre de 2012 • 1.522 Palabras (7 Páginas) • 5.010 Visitas
ACEPCIONES Y CONCEPCIONES DE LA CONSTITUCIÓN.
En el presente trabajo, se pretende conocer la verdadera esencia de lo que es una Constitución, a través del conocimiento de sus diferentes acepciones y concepciones, enunciadas por distintos autores a través del tiempo, para con ello establecer un criterio propio y formular un concepto particular de lo que es una Constitución.
Bajo este esquema, es importante saber primeramente que la palabra Constitución, proviene del latín cum, con, y statuere, establecer.
Ahora bien, el concepto Constitución ha sido utilizado desde hace muchos siglos, situación que denota la necesidad del ser humano de organizarse normativamente a través de un Estado; dicho de otra manera, sin la existencia de una Constitución, el hombre carecería de los elementos necesarios para la supervivencia de una sociedad.
Para conocer las diversas concepciones de Constitución, podríamos comenzar por citar a Aristóteles, quien aporto la primera concepción que se tuvo de muchas definiciones políticas; en este sentido, aseguraba que Constitución es la organización regular de todas las magistraturas, principalmente de la magistratura que es dueña y soberana de todo. En sentido más amplio, mencionaba que como realidad, es la vida misma del Estado, es la existencia de la Polis, es un concepto físico, es lo que acontece en una comunidad. Como organización, estableció que la realidad, la vida, necesita conducirse en alguna forma y por esto se organiza el gobierno.
Aristóteles, al hacer el análisis de las tipologías políticas, llega a una conclusión: ni la monarquía, ni las oligarquías, ni las democracias son idóneas, sino que las mejores constituciones son aquellas que son mixtas, o sea aquellas que tienen combinados elementos aristocráticos, monárquicos y democráticos. En conclusión, Aristóteles consideraba que la Constitución es el gobierno mismo y es la organización de todas las magistraturas.
Ahora bien, Lassalle aseguraba que la Constitución de un país, es la suma de los factores reales de poder de una nación. De este modo, aseguraba que en todo país hay dos constituciones: una la real, la efectiva, la que es el resultado de la suma de los factores de poder, y la otra, la escrita, que es una hoja de papel.
Por su parte, Kelsen mencionaba que el vocablo Constitución tiene dos sentidos a saber: un sentido lógico-jurídico y un sentido jurídico-positivo.
Según Kelsen, la Constitución en su sentido lógico-jurídico, es la norma fundamental o hipótesis básica, que permite considerar al derecho como un conjunto, un sistema de normas válidas. Esta norma, no surge en base a un procedimiento jurídico y, por lo tanto, no es una norma positiva, debido a que nadie la ha regulado y a que no es producto de una estructura jurídica, sólo es un presupuesto básico. Es a partir de esa hipótesis que se logra conformar el orden jurídico, cuyo contenido está subordinado a la norma fundamental, sobre la cual radica la validez de las normas que constituyen el sistema jurídico.
Por lo que se refiere a la Constitución en el sentido jurídico-positivo, Kelsen asegura que esta se sustenta en el concepto lógico-jurídico, y que la Constitución es un supuesto que le otorga validez al sistema jurídico. En éste concepto, a diferencia del sentido lógico-jurídico, la Constitución ya no es un supuesto, es una concepción de otra naturaleza, es una norma puesta, no supuesta. La Constitución en este sentido nace como un grado inmediatamente inferior al de la Constitución en su sentido lógico-jurídico.
Según Kelsen la Constitución puede ser contemplada en dos sentidos: en un sentido material y en un sentido formal.
En su sentido material está constituida por los preceptos que regulan la creación de normas jurídicas generales y, especialmente, la creación de leyes. Además de la regulación de la norma que crea otras normas jurídicas, así como los procedimientos de creación del orden jurídico; también desde el punto de vista material, la Constitución contempla a los órganos superiores del Estado y sus competencias. Otro elemento que contiene dicho concepto material, son las relaciones de los hombres con el propio poder estatal y los derechos fundamentales del hombre. La Constitución en sentido material implica pues, el contenido de una Constitución.
La Constitución en su sentido material tiene tres contenidos:
1. El proceso de creación de las normas jurídicas generales.
2. Las normas referentes a los órganos superiores y sus competencias; y
3. Las relaciones de los hombres con el poder o control estatal.
En lo que respecta a la Constitución en sentido formal, Kelsen asegura que esta solo existe cuando hay una Constitución escrita; es decir, es cierto documento solemne, un conjunto de normas jurídicas que sólo pueden ser modificadas mediante la observancia de prescripciones especiales, cuyo objeto es dificultar la modificación de tales normas. La Constitución en sentido formal es el documento legal supremo.
Por su parte, Carl Schmitt asegura que existen
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