ACUERDO REPARATORIO
Enviado por gabriela • 2 de Febrero de 2014 • 1.413 Palabras (6 Páginas) • 527 Visitas
ACUERDO REPARATORIO
Carboneras, Temascaltepec, México a 05 de septiembre 2011
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115,116,117,118,119 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México.
Comparecen las personas que responden al nombre de MANUEL MEJIA quien se identifica con su credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral con número de folio 4394047241198 quien dice ser originario y vecino de la comunidad de Ejido grande de Arriba, Temascaltepec, México, con domicilio conocido en el citado lugar, ser de 35 años de edad, con instrucción escolar secundaria terminada, estado civil casado, ocupación campesino; así mismo el C. ANTONIO AVILES quien se identifica con su credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral con numero de folio 433101547 quien dice ser originario y vecino de la localidad de Carboneras, Temascaltepec, México, con domicilio conocido en Carboneras barrio la Cruz, Temascaltepec, México, ser de 42 años de edad, con instrucción escolar preparatoria trunca, estado civil unión libre, ocupación comerciante, y protestados que fueron en términos de ley y en relación a su comparecencia es con la finalidad de suscribir los siguientes: antecedentes, declaraciones y clausulas.
ANTECEDENTES
En fecha 24 de junio del 2011 el señor MANUEL MEJIA y el señor ANTONIO AVILES tuvieron un encuentro desagradable en un predio propiedad del padre del ofendido que se localiza en el paraje de los ocotes de la localidad de Carboneras, Temascaltepec, en el cual discutieron y se agredieron y a consecuencia de esa discusión salió lesionado el señor MANUEL MEJIA por el señor ANTONIO AVILES motivo por el cual se inicio una carpeta de investigación con numero 3929906200 ante el ministerio publico de Temascaltepec por el delito de lesiones.
DECLARACIONES
El ofendido MANUEL MEJIA declara que tuvo problemas con el señor ANTONIO AVILES el cual en fecha 24 de junio del 2011 fue lesionado por el antes mencionado.
El inculpado ANTONIO AVILES menciona que efectivamente el día 24 de junio del 2011 tuvo una discusión con el señor MANUEL MEJIA y lo agredió provocándole una lesión mismo que acepta y pide una disculpa por su conducta y se hace responsable.
Motivo por el cual se han tenido platicas conciliatorias con el ofendido e inculpado para llegar a un acuerdo en relación al problema que tuvieron entre ambas partes.
De acuerdo a lo establecido a los artículos 236 y 237 fracción III del Código Penal en vigor en el Estado de México con relación a los artículos 115,116,117,118,119 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México en atención a la naturaleza del delito y su aplicación de la sanción se da la oportunidad de aplicar el mecanismo de solución de controversias en relación a las lesiones ocasionadas en la persona de MANUEL MEJIA quien tiene el deseo de conciliar con el inculpado ANTONIO AVILES bajo las siguientes clausulas:
CLAUSULAS
PRIMERA: Ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad
...