ACUERDO TRANSACCIONAL.
Enviado por ive8124 • 13 de Mayo de 2015 • Síntesis • 826 Palabras (4 Páginas) • 273 Visitas
ACUERDO TRANSACCIONAL.
ENTRE: ANTILLES MANUFACTURING, S.A., debidamente representada por la señora Ivelisse Hernández en su calidad de Gerente de Personal, domiciliada y residente en esta ciudad de Santiago de Los Caballeros; quien en lo adelante y para los fines y consecuencias del presente documento se denominará “LA EMPRESA”, de una parte, y, -------------------------------------------------------------------------------------------------------
La señora RAFAELA FRANCIA CHECO GUZMAN, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral número 045-0006070-4, HERMANA DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO DOMINGO BIENVENIDO CHECO PEÑA, quien al momento de fallecer laboraba para LA EMPRESA, y quien era dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 121-0010747-8, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien en lo adelante y para los fines y consecuencias del presente documento se denominará “LA BENEFICIARIA DEL EX EMPLEADO”, de la otra parte.--------------------------------
LAS PARTES EXPONEN Y CONVIENEN LO QUE A CONTINUACION SE EXPRESA:
PRIMERO: Que “EL señor DOMINGO BIENVENIDO CHECO PEÑA” prestó servicios para “LA EMPRESA” desde el 12 de enero del 2015.----
SEGUNDO: Que en fecha 2 del mes de mayo del año 2015, terminó la referida relación contractual debido al fallecimiento del señor DOMINGO BIENVENIDO CHECO PEÑA . ------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO: Que el artículo 82 del Código de Trabajo en su inciso 2, establece la obligación que tiene el empleador de pagar una asistencia económica en caso de muerte del trabajador, la cual se pagará a la persona que el trabajador hubiere designado en declaración hecha ante el Departamento de Trabajo. A falta de esta declaración el derecho pertenecerá al cónyuge y a los hijos menores del trabajador fallecido; y a falta de ambos, a los ascendientes mayores de sesenta años o inválidos, y a falta de estos últimos a los herederos legales del trabajador.
CUARTO: Que el señor DOMINGO BIENVENIDO CHECO PEÑA, falleció siendo empleado de LA EMPRESA, y la única persona que ha presentado calidad de heredera hasta el momento es la señora RAFAELA FRANCIA CHECO GUZMAN, la cual afirma y declara ser la única hermana del fallecido y en consecuencia persona con calidad para recibir los valores que conforme a la ley corresponden a los herederos legales del señor CHECO PEÑA.
QUINTO: Ambas partes, vía el advenimiento directo, y consciente de que el vínculo contractual en este momento ya no existe, han llegado en esta misma fecha a un acuerdo transaccional mediante el cual “LA EMPRESA” le hace entrega al “LA BENEFICIARIA DEL EX EMPLEADO” en sus manos y a su entera satisfacción,
...