ADENDA AL CONTRATO DE COMPRAVENTA
Enviado por MapiNoriega • 13 de Mayo de 2016 • Apuntes • 435 Palabras (2 Páginas) • 12.517 Visitas
ADENDA AL CONTRATO DE COMPRAVENTA
DE FECHA 19 DE FEBRERO DE 2009
Conste por el presente documento la Adenda al contrato de Compraventa de fecha 19 de Febrero de 2009, que celebran de una parte EDWIN ADMIR SANTOS HURTADO, identificado con D.N.I. N° 15287869, de estado civil casado con LUCIA PAULA ENCISO CASANA DE SANTOS, de identificada con D.N.I. 08555459, ambos con domicilio en Jiron Las Gardenias 120 Departamento 102 Valle Hermoso, Surco, a quienes en adelante se les denominara “LOS VENDEDORES”, y de la otra parte la señora VERSABE INVERSIONES S.A.C. con R.U.C N° 20512739408, con domicilio en la Avenida 28 de Julio N° 620, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, debidamente representada por su Gerente Comercial, El señor Jorge Javier Becerra Heraud, identificado con D.N.I 09871864 y su Gerente Administrativo, el Señor Luis Miguel Becerra de la Fuente, identificado con D.N.I. N° 07881619, según poderes debidamente inscritos en la partida electrónica N° 11865667 del Registro de Personas Jurídicas de Lim, a quien en adelante se le denominara “LA COMPRADORA”, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA:
Las partes con fecha 19 de Febrero de 2009 celebraron un contrato de compraventa, mediante el cual LOS VENDEDORES dio en venta real y enajenación perpetua a favor de LA COMPRADORA el siguiente bien inmueble: Estacionamiento N° 17, ubicado en Jiron Las Gardenias 120 Valle Hermoso de Monterrico, Distrito de Santiago de Surco, inscrito en la partida electrónica N° 12203620 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.
SEGUNDA:
Por la presente Adenda, ambas partes declaran que al momento de firmar la compraventa LA COMPRADORA tenía como razón social de la sociedad VERASABE INVERSIONES S.A.C. y tras haber sido absorbida tomo el nombre de VERTICE ARQUITECTOS S.A.C. según consta en asiento de inscripción B0002 de la Partida Registral N° 11180541 Del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao.
TERCERA:
Ambas partes reconocen el contenido de la presente Adenda como parte integrante de “El Contrato”, la misma que tiene plena validez y eficacia jurídica.
CUARTA:
Las partes ratifican en todos sus demás extremos “El Contrato” de fecha 19 de Febrero de 2016.
El presente documento se firma por duplicado en señal de conformidad de las partes, a los 09 días del mes Marzo de 2016.
LA VENDEDORA LA COMPRADORA
...