ADOLESCENTE
Enviado por • 19 de Mayo de 2015 • Síntesis • 933 Palabras (4 Páginas) • 207 Visitas
ADOLESCENTE
Es la secuencia del niño, y se es adolescente al adquirir 12 años hasta 17 años de edad. Es importante referir que según lo dispuesto en el artículo 18 del Código Civil de Venezuela, cuando la persona cumple 18 años de edad, es mayor de edad, lo cual ya es responsable, civil, disciplinaria y administrativamente.
Transporte Terrestre: Ese trabajo es efectuado por conductores que manipulan vehículos bien sean públicos o privados (urbano o interurbano), y estarán sujetos a las disposiciones reglamentarias establecidas en la norma
El trabajo en la navegación marítima, fluvial y lacustre de los miembros de una tripulación que presten servicio a bordo de un buque mercante en beneficio de un armador o fletador, deberá el patrono inscribirlos en el rol de tripulantes. Le serán aplicables las normas relativas a los tripulantes de un buque mercante; así como a cualquier otra clase de embarcación que transporte personas y cosas
Por su parte, los trabajadores motorizados que prestan servicios haciendo las veces de mensajeros, y estarán sujetos bajo las normas en materia laboral, a pesar de que sean propietarios del vehículo en el que realizan sus actividades
Finalmente, es considerado minusválidos aquellas personas cuyas posibilidades de aprendizaje y de obtener y conservar un empleo adecuado y de progresar en el mismo están substancialmente reducidas a causa de una deficiencia física o mental.
6) Obligaciones del trabajador frente al patrono y obligaciones del patrono frente al trabajador (LOT) Aclaratoria: se refiere a los trabajadores y patronos en general y a los mencionados en el punto (5) de este trabajo.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES.-
Obligación del Trabajador Frente al Patrono.-
Podemos concebir las obligaciones del trabajador según el derecho venezolano:
1) Prestación del Servicio Personal Convenido: Esta obligación tiene, entre otras manifestaciones, las siguientes:
a) Asistir regular y puntualmente al trabajo.
b) Cumplir las instrucciones del patrono sobre la manera de ejecutar las labores.
c) No poner sustituto en el puesto, sin el consentimiento del patrono.
d) No concurrir embriagado al trabajo y obedecer las disposiciones disciplinarias de la empresa, etc.
2) Probidad: Tiene esta obligación amplísimo alcance en todos los aspectos de la conducta del trabajador; los más comunes en que adquiere relieve son:
a) El manejo de los bienes del patrono que éste le confíe, ya se trate de dinero, de mercancías, de máquinas o equipos, de materias primas, etc. , Todos los cuales deben ser empleados con sujeción estricta a las ordenes del patrono, velando por sus intereses, sin defraudarlos en su provecho particular ni admitir que terceros lo hagan, sin causar daños intencionales ni por negligencia grave.
b) La responsabilidad en la ejecución de las labores para no comprometer el buen nombre de la empresa, por la producción de artículos de baja calidad y por causar perjuicios a los clientes del patrono o público en general;
c) La estricta reserva de los secretos de fabricación y de los procedimientos técnicos comerciales;
d) La Abstención de todo acto de competencia desleal y de cualquier otro acto
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